Delitos informáticos al alza

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Por delitos informáticos entendemos las conductas ilícitas realizadas mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC), dañando o amenazando la seguridad de sistemas, datos, redes, dispositivos o personas en el entorno digital. Su tipificación varía según la legislación nacional, pero en términos generales, se agrupan en las siguientes categorías:

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1.- Delitos contra la integridad, confidencialidad y/o disponibilidad de datos y sistemas:

  • Acceso no autorizado a sistemas informáticos.
  • Intercepción ilícita de comunicaciones electrónicas.
  • Alteración, destrucción o supresión de datos digitales.
  • Ataques de denegación de servicio (DoS/DDoS).

2.- Delitos informáticos contra las personas:

  • Ciberacoso, sextorsión, grooming.
  • Difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
  • Suplantación de identidad digital.
  • Manipulación psicológica mediante algoritmos o bots.

3.- Delitos patrimoniales digitales:

  • Fraude electrónico (phishing, pharming, ransomware).
  • Clonación de tarjetas y robo de datos bancarios.
  • Criptoestafas y manipulación de activos digitales.

4.- Delitos contra la seguridad pública o el orden jurídico:

  • Distribución de pornografía infantil en línea.
  • Apología del delito o incitación a la violencia mediante redes.
  • Ciberterrorismo o sabotaje digital a infraestructuras críticas.

Aunque México ha avanzado en la tipificación de algunos delitos informáticos, aún existen vacíos normativos. El Código Penal Federal contempla ciertos delitos relacionados con sistemas y datos, pero no abarca integralmente fenómenos como el acoso algorítmico, el uso malicioso de inteligencia artificial o la protección de la identidad digital.

La Ley Olimpia, por ejemplo, ha sido un avance importante en la protección contra la violencia digital, pero se requiere una reforma penal más amplia y técnica que incorpore estándares internacionales como los del Convenio de Budapest.

Además, para enfrentar eficazmente los delitos informáticos, México requiere una reforma penal integral, protección efectiva a víctimas digitales, cooperación internacional robusta y fortalecimiento probatorio digital.

Desde la trinchera ciudadana, como sociedad debemos:

  • Fomentar la cultura de la ciberseguridad desde la educación básica hasta la profesional, incluyendo campañas públicas sobre prevención de fraudes, sextorsión, phishing y robo de identidad.
  • Impulsar reformas legislativas que actualicen el Código Penal Federal y los códigos procesales, incorporando delitos emergentes como manipulación algorítmica, deepfakes, y explotación de datos biométricos.
  • Fortalecer capacidades institucionales: fiscalías especializadas, unidades de policía cibernética, y peritos en informática forense deben contar con recursos, formación continua y autonomía técnica.
  • Promover la denuncia ciudadana mediante canales accesibles, seguros y confiables, especialmente para víctimas vulnerables como menores y adultos mayores.

México enfrenta actualmente, los siguientes Vacíos legales:

Tipificación insuficiente: El Código Penal aún no contempla con claridad delitos como el doxing, el acoso algorítmico, o la suplantación digital con fines políticos o económicos.

Jurisdicción difusa: Las conductas transnacionales dificultan la persecución penal cuando el servidor, el autor y la víctima están en distintos países.

Protección procesal débil: Las víctimas digitales carecen de medidas cautelares eficaces, como la eliminación inmediata de contenido íntimo o difamatorio.

Derechos vulnerados:

  • Derecho a la intimidad, identidad digital, honra y reputación.
  • Reparación integral del daño, que incluya restitución, indemnización, rehabilitación y garantías de no repetición.
  • Derecho a la protección judicial efectiva, que exige fiscalías capacitadas y jueces con formación en tecnología.

México participa actualmente en foros internacionales, como:

  • Convenio de Budapest sobre ciberdelincuencia, aunque aún no lo ha ratificado formalmente, lo cual limita el acceso a mecanismos de cooperación técnica y jurídica.
  • Redes de INTERPOL y OEA, donde se intercambia inteligencia sobre ciberataques, ransomware y redes de explotación infantil.
  • Acuerdos bilaterales con países como EE. UU., España y Colombia para compartir evidencia digital, extraditar ciberdelincuentes y capacitar personal.

Sin embargo, se requiere:

  • Ratificación urgente del Convenio de Budapest.
  • Creación de una Unidad Nacional de Enlace Internacional en delitos informáticos.
  • Protocolos homologados para la conservación y transferencia de evidencia digital transfronteriza.
  • Protocolo de atención integral a víctimas digitales

Aspectos relevantes de la prueba digital en procesos penales

  • Cadena de custodia digital: Debe garantizar la integridad, autenticidad y trazabilidad de archivos, metadatos y registros de actividad.
  • Admisibilidad probatoria: La jurisprudencia exige que la prueba digital sea obtenida legalmente, sin violar derechos fundamentales como la privacidad o el debido proceso.
  • Peritajes especializados: Es indispensable contar con peritos certificados en informática forense, criptografía, análisis de redes y recuperación de datos.
  • Conservación de evidencia: Deben aplicarse técnicas como el hash criptográfico, copias espejo y registros de auditoría para evitar alteraciones.
  • Valoración judicial: Los jueces deben estar capacitados para interpretar pruebas digitales, ponderar su fiabilidad y resolver conflictos de autenticidad.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.

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Arturo Rubio Ruiz

Abogado por la UNAM. Nació en el Distrito Federal en 1956, pero es paceño por adopción. Tiene dos Maestrías: en Criminología y Proceso Penal, y un Doctorado en Derecho Penal; fue docente en la UNAM en el Estado de México; también cuenta con diplomados en Barcelona y Madrid, en España, y en Buenos Aires, Argentina. Trabajó en la PGJDF, PGR y en el Departamento de Justicia de Estados Unidos.

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