Nuevo procedimiento civil y familiar

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). El pasado 07 de junio hogaño se publicó en el DOF el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que entrará en vigor paulatinamente, conforme los Tribunales estatales así lo vayan solicitando al Congreso local, en un perentorio inaplazable que culmina el 01 de abril de 2027.

Tenemos menos de cuatro años para implementar todas las novedades que incorpora el nuevo procedimiento civil y familiar, que incide de manera determinante en la carga de trabajo que enfrentan los tribunales locales, ya que representa el 70% del total de asuntos que se ventilan.

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Para darnos una idea de la magnitud de esta carga laboral, se estima a nivel nacional que cada año se inician en promedio millón y medio de casos ante los tribunales locales.

La entrada en vigor del nuevo ordenamiento nacional implica una erogación no presupuestada este año, de infraestructura material, equipamiento y mobiliario de las instalaciones judiciales, por lo que la Federación tendrá que aportar recursos a las entidades, para poder cubrir costos y ajustes presupuestales, pues necesariamente habrá que incrementar la plantilla laboral y enfrentar los costos que implica la capacitación y actualización del personal judicial y demás operadores del sistema, contemplar la organización de foros, conversatorios, programas de capacitación y certificación, así como programas de orientación y difusión dirigidos a la ciudadanía en general.

Este nuevo código unifica los procedimientos en todo el país, lo cual era una exigencia que se venía planteando desde el siglo pasado, y sienta las bases para lo que se espera una dinámica más funcional, a partir de la oralidad como eje rector.

El juez, -principal ente resolutor-, pasará de ser un el anodino personaje que en la privacidad de su despacho, y tras una montaña de expedientes, emite resoluciones en papel, para convertirse en un dinámico hetero componedor que enfrentará el reto de resolver las controversias que se le planteen, de frente a los demandantes, y dará razón de sus determinaciones, de viva voz, en un lenguaje sencillo y comprensible, directamente y en persona ante los particulares en pugna.

En gran medida, el éxito del nuevo esquema procedimental se recarga en la aplicación y eficacia de salidas alternas y mecanismos no controversiales de solución de conflictos, esquema de aplicación que requiere una adecuada selección de facilitadores, con el perfil adecuado y la capacitación necesaria.

De no contar con el personal adecuado en esta área en específico, la reforma que implica la implementación del nuevo procesal civil y familiar correrá con la misma suerte que hoy enfrenta el procedimiento penal, empantanado en un cuello de botella generado por la abrumadora carga de trabajo, debido principalmente a la inoperancia de las salidas alternas y de los mecanismos no controversiales de solución de conflictos.

Es importante cambiar el paradigma de profundo arraigo, que nos lleva a querer ganar toda controversia, cuando en la mayoría de los casos, los conflictos pueden solucionarse sin que una de las partes tenga que ganar la contienda. Con lo pesado, tardado y costoso de los procedimientos controversiales, lo cierto es que nadie gana, la sociedad pierde, los contribuyentes pagan, y en muchos casos, hablando de controversias familiares, los sempiternos perdedores son los hijos, convertidos en moneda de cambio, trofeo o instrumento de chantaje o venganza entre progenitores en conflicto.

El gobierno estatal deberá tomar muy en serio, la enorme responsabilidad de socializar las novedades procedimentales que este código nacional establece, para buscar un cambio de perspectiva ciudadana, que nos lleve a la convicción de que siempre es mejor una salida alterna donde todos salimos ganando, que un pleito donde nadie gana y todos perdemos, por los motivos sintetizados.

Entre las novedades, destaca la declaratoria de ausencia, una adecuación apremiante en un país donde la desaparición forzada se registra en cifras muy elevadas.

Entre los temas sensibles, sobresale el enfoque sobre guarda y custodia de menores, violencia familiar y en particular la violencia vicaria con una visión vanguardista, con sustento en los criterios jurisprudenciales y de derechos humanos actuales y progresivos.

​La tarea de convertir el nuevo procedimiento civil y familiar en la herramienta que dignifique y haga funcional la administración de justicia en dichos campos de aplicación, involucra a todos los sectores gubernamentales, académicos y de la sociedad civil, y todo arranca con la planeación y puesta en funcionamiento de los programas de difusión, capacitación, certificación y actualización de los operadores y la socialización de las ventajas que plantea este nuevo código, en particular, lo relacionado con la oralidad, las salidas alternas, sus ventajas y beneficios.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.

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Arturo Rubio Ruiz

 

 

Abogado por la UNAM. Nació en el Distrito Federal en 1956, pero es paceño por adopción. Tiene estudios de posgrado: dos maestrías y cursa actualmente un doctorado; fue docente en la UNAM en el Estado de México; también cuenta con diplomados en Barcelona y Madrid, en España, y en Buenos Aires, Argentina. Trabajó en la PGJDF, PGR y el Departamento de Justicia de Estados Unidos.

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