1

Legalizando la poligamia

FOTOS: Internet

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). En aras del llamado libre desarrollo de la personalidad, y la no discriminación, el contrato civil matrimonial pasó este siglo, de ser un acuerdo de voluntades que generaba derechos e imponía obligaciones entre dos personas de distinto sexo, a una simple declaración de voluntad entre dos adultos de sexo indistinto, que unilateralmente, sin causa probada y justificada, puede disolverse.

El débito sexual, la fidelidad, la procreación, la temporalidad limitada solo por la muerte, el orden de los apellidos en la línea de filiación conforme a las reglas de la genealogía, desaparecieron. Un enlace civil y un casamiento en la kermesse escolar, prácticamente, tienen el mismo valor.

También te podría interesar: Ley General contra el feminicidio

El último elemento esencial del matrimonio, la bilateralidad, ha empezado a taladrarse. Un juez de Distrito en el Estado de Puebla le abre la puerta a la poligamia, bajo el mismo estandarte del moderno hedonismo libertario.

El 23 de diciembre de 2021 se radicó en el Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla; una demanda, mediante la cual el quejoso solicitó el amparo de la justicia federal, por considerar que los artículos del código civil poblano que establecen que el matrimonio y el concubinato solo puede ser entre dos personas, violan lo dispuesto en los artículos 1, 4 y 133 de nuestra Constitución.

El 21 de mayo del año en curso, el Juez de la causa otorgó el amparo al quejoso, básicamente argumentando que las definiciones de matrimonio y concubinato que establece la legislación civil poblana, contienen una distinción basada en una categoría sospechosa que atenta contra la dignidad humana y anula o menoscaba los derechos y libertades de las personas, al limitar el matrimonio y el concubinato solamente entre dos personas, y que ese presupuesto normativo excluye a las llamadas relaciones poliamorosas de su regulación, y que limitar los alcances del matrimonio y el concubinato a la unión entre dos personas y no permitir celebrar tal contrato jurídico solemne por más de dos hombres o mujeres, carece de fundamento constitucional.

Considera el juez que la unión poliamorosa es una orientación sexual que encuentra sustento en la interpretación jurisprudencial del artículo 1º constitucional que establece que se protege a la familia como realidad, en todas las formas y manifestaciones de familia que existen en la sociedad. Sostiene que la institución jurídica del matrimonio se finca en los lazos afectivos, sexuales, de identidad, solidaridad y de compromiso mutuo de quienes desean tener una vida en común. Contra esta resolución de amparo, el gobierno poblano interpuso recurso de revisión, que se radicó en el Tribunal Colegiado en turno, mismo que por la trascendencia del asunto, en marzo del año en curso, solicitó a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ejerza la facultad de atracción para conocer y resolver el asunto.

De no revocarse este amparo, la Suprema Corte allanaría el camino a la legalización de la poligamia en México, y ello abriría las puertas a un laberinto de complicaciones, pues si bien es cierto que la procreación ya no es uno de los objetos del contrato civil matrimonial, también lo es que a partir del enlace matrimonial se establecen los lazos de vinculación y se generan obligaciones respecto a los hijos que nazcan dentro de un matrimonio. Siendo tres consortes, ¿Qué apellidos tendrán los hijos? ¿Cómo se asignarán las obligaciones alimentarias, los regímenes de visitas en caso de separación de uno o dos de los multi consortes? ¿podrá divorciarse uno de los polígamos de solo uno de los co-consortes y mantener el vínculo con el otro o los otros, si son más de tres?

Si actualmente los juzgados especializados en controversias familiares no se dan abasto atendiendo conflictos generados entre dos personas, relativos a cuestiones alimentarias, de filiación y convivencia, resulta impredecible el cúmulo que habrá de incrementarse cuando esos conflictos resulten entre tres, o probablemente más involucrados en el conflicto. Y algo que afectará a millones de mexicanos, será resuelto por mayoría entre cinco ministros, que, por su avanzada edad, en el devenir de los años, seguramente no verán las consecuencias de lo que finalmente resuelvan.

​Debemos alzar la voz y manifestarnos como sociedad ante este tema, analizando detenidamente todas las consecuencias que acarreará legalizar la poligamia, algo que sin duda  generará mas problemas que soluciones a la ya de por sí complicada interacción social en México.

__

AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, esto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.




Proponen adicionar impedimentos para contraer matrimonio

FOTO: Internet

La Paz, Baja California Sur (BCS). La diputada Maricela Pineda García del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa para reformar la fracción X del Artículo 164 del Código Civil para el Estado de Baja California  Sur, referente a los impedimentos que existen en nuestro estado para contraer matrimonio civil, así mismo elimina términos que atentan contra la integridad de las personas, informó el Congreso del Estado.

El artículo en referencia habla sobre los impedimentos que existen en nuestro estado para contraer matrimonio civil y la fracción que se propone adicionar agrega que los casos de salud mental debidamente certificados, que no permitan el goce y ejercicio libremente de los derechos de la persona que los padece será uno de los impedimentos.

La redacción de la adición al Artículo 163 quedaría como sigue: “son impedimentos para celebrar el matrimonio: los casos de salud mental debidamente certificados, que no permitan el goce y ejercicio libremente de los derechos de la persona que los padece”.

La iniciativa fue turnada para su análisis a la comisión permanente  de puntos constitucionales y de justicia.




El costo social de las reformas al vapor

FOTO: Internet.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). La encomienda a encarar por el Congreso local, era adecuar el marco de la legislación estatal al criterio inatacable sostenido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que reconstruye conceptualmente el contrato civil matrimonial, conforme a modernos paradigmas internacionales, de tal suerte que dicho enlace civil se entiende como la unión libre, monogámica, entre dos personas adultas, sin importar la preferencia sexual de los contrayentes.

La heterosexualidad,  la procreación, la fidelidad, el respeto mutuo, desaparecen como requisitos y lo que era un vínculo indisoluble de manera incausada, se convierte en un convenio de convivencia monogámica entre dos adultos, de temporalidad indefinida, unilateralmente disoluble, que solo genera obligaciones patrimoniales y alimentarias; ubicable un escalón arriba del concubinato –que solo impone obligaciones alimentarias- y dos arriba del amasiato, que no genera ninguna obligación.

También te podría interesar: Concepción legal de familia y matrimonio. ¿Qué debe hacer el Congreso de BCS?

El legislador local debió armonizar entonces todo el marco normativo aplicable al contrato civil matrimonial y sus repercusiones, y no limitarse, como lo hizo, a cambiar siete artículos del código civil.

 La adecuación normativa quedó inconclusa, debido en gran parte a la ignorancia, cerrazón e irresponsabilidad de nuestros diputados, que se empeñan en dictaminar y votar sin contar para ello con asesores parlamentarios profesionales, capacitados, de experiencia y experticia probada.

Así las cosas, el pasado 29 de junio entró en vigor la reforma que permite el enlace conyugal de personas del mismo sexo, pero se insertó la reforma a raja tabla, sin cumplir con los principios legislativos de congruencia e integralidad. Solo se modificó el concepto del enlace civil matrimonial, pero no se armonizó esa modificación conceptual con el resto del marco normativo, en aspectos torales como los relacionados con patrimonio, filiación, alimentos, sucesión.

Así las cosas, por legislar al vapor, el Código Civil en vigor para el Estado acusa graves contradicciones normativas. Por citar un ejemplo: no importa el sexo de los contrayentes, ambos son iguales ante la ley, de tal suerte que la representación de la sociedad corresponde al cónyuge que ambos determinen en las capitulaciones, pero… en caso de omisión se entenderá que el administrador es el marido. (Art. 192) Lo cual constituye una herencia patriarcal inadmisible conforme a los nuevos paradigmas sobre la materia.

Una revisión somera al texto normativo civil nos arroja la existencia de al menos 25 disposiciones normativas vigentes, que siguen asignando obligaciones, roles, prerrogativas o cargas específicas, al marido y/o a la mujer, cuando se supone que el objeto de la reforma era abolir los presupuestos normativos que se basan en la anacrónica preconcepción del matrimonio como un enlace exclusivamente heterosexual.

 

Cada una de esas disposiciones resulta absurda, contradictoria, discriminatoria y/o inoperante, pero se encuentran en vigor, y de no subsanar tales incongruencias, el costo social de los conflictos que habrán de generarse en tribunales judiciales será muy elevado, y todo por la irresponsable manera en que nuestros diputados modificaron la legislación.

Mención aparte amerita la figura del concubinato. Todos somos iguales ante la ley, pero el concubinato mantiene la exclusión por motivo sexual. Solo existe el concubinato si la pareja se forma por un hombre y una mujer. (Art. 330) de tal suerte que se excluyen de los beneficios legales a las parejas homosexuales que de facto optan por vincularse bajo esta modalidad.

En síntesis, la reforma publicada permite el acto formal del enlace civil de dos adultos, ante un oficial del registro civil, pero deja inconclusa la tarea lógica, esencial y consecuente, de armonizar y adecuar de manera integral y funcional, todo el marco rector de los derechos y obligaciones que conlleva el contrato civil del matrimonio y el hecho jurídico del concubinato. Obligaciones, derechos, atribuciones, cargas, opciones, quedan en el limbo de la incongruencia, la incertidumbre y/o la absurda contradicción, cuando tenemos normas civiles en vigor que dan al traste con el sentido de la reforma impulsada a partir de la Jurisprudencia de la Suprema Corte.

 

¿QUE DEBE HACER EL CONGRESO?

 Con carácter de urgente, convocar a un foro de expresión ciudadana, donde todos los sectores de la sociedad se manifiesten sobre la conveniencia de adecuar o eliminar las normas que, estando vigentes, son contrarias al espíritu originalmente inspirador de la reforma.

Elaborar un proyecto de reforma, a partir de los aportes que se obtengan del foro referido y, antes de presentarlo al pleno para su eventual aprobación, someterlo a la opinión de expertos en las materias involucradas en la normatividad a reformar, para cumplir con el requisito de socializar las adecuaciones normativas, y escuchar a los profesionales en los campos de aplicación que cada norma involucre.

Una vez superados los filtros anteriores, someter el dictamen a su análisis, discusión y eventual aprobación en el seno parlamentario.

Enfatizamos nuestra insistencia en que se cumpla con el requisito de socializar el quehacer legislativo, y se escuche a la ciudadanía, pero encausando la participación ciudadana para que la misma se realice de manera funcional, respetuosa, organizada, en foro realizable en locales distintos al recinto parlamentario. Que todas las voces se escuchen, pero en el escenario propicio, no a gritos y sombrerazos en el recinto parlamentario durante las sesiones del cuerpo colegiado de legisladores.

Y es también urgente, establecer un protocolo de seguridad aplicable durante el procedimiento legislativo, en particular cuando se aborden temas controversiales. No esperemos a que se ahogue el niño para tapar el pozo.

__

AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, esto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.




Respeto al designio de un dios vs el matrimonio igualitario

FOTOS: Internet.

La Última Trinchera

Por Roberto E. Galindo Domínguez

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Ante la iniciativa de ley que plantea aprobar el matrimonio igualitario en Baja California Sur, las protestas de organizaciones y personas opositoras se han radicalizado. El argumento de algunos de ellos, se reduce al dicho de que el matrimonio es un designio de un dios, y que este debe celebrarse entre “un varón y una hembra”, según ellos por que eso preservará los valores de nuestra sociedad. Aducen los defensores de la que consideran la familia natural (integrada por un hombre y una mujer), que esta se organiza con el propósito de perpetuar la especie, y que el matrimonio igualitario, es decir entre personas del mismo sexo, nos llevaría a la ruina social.

Por otro lado, los que están a favor del enlace amoroso y legal entre dos personas del mismo género, defienden su prerrogativa a elegir, además argumentan que el matrimonio es un derecho y, como tal, no debe ser sometido a consulta o ser negado por cuestiones religiosas, y más aún cuando se supone que vivimos en un Estado laico.

También te puede interesar: Armida Castro: ¿la menos morena de Morena?

En las últimas semanas, el Congreso del Estado ha sido escenario del conflicto entre los fervorosos por la familia natural, entre estos destaca el grupo del Frente Nacional por la Familia de BCS (FNFBCS), y la comunidad LGBT+, así como ciudadanos heterosexuales que han ido a respaldar la lucha de estos últimos por los derechos de todos. En estas trifulcas, hemos escuchado verdaderas cátedras de cerrazón y egoísmo por parte de personajes que pueden calificarse de fanáticos religiosos, por ejemplo: “Vean lo que ha sucedido en otros países. Vean las consecuencias del matrimonio igualitario, ahora se está aceptando la pedofilia, matrimonios múltiples, hasta relaciones con animales, por aquí se empieza…” , advirtió una mujer, a gritos, al presentarse la iniciativa para reformar el Código Civil de Baja California Sur y reconocer el matrimonio igualitario, como ya se hace en otras partes del país.

 Y no, la homosexualidad no es el parteaguas para llegar a la pedofilia, tampoco para tener varios esposos o esposas, o de ambos, y mucho menos es la antesala de la zoofilia. Me parece que a estas prácticas, criminales unas, comunitarias otras y animalescas las últimas, se puede llegar por otros caminos, que pueden ser tan perversos como religiosos y hasta divinos.

En junio otra mujer dio una declaración de odio e ignorancia que es una joya: “…ofenden a la ciudadanía, al buen vivir, a la familia sobre todo, es la institución creada desde un principio y debe haber respeto, respeto a la familia, porque todos somos, un día vamos a ser padres (sic) y queremos lo mejor para nuestros hijos, y la palabra de dios dice que varón y hembra nos hizo dios. El que quiera irse por otros lineamientos está en su derecho; nosotros no los juzgamos, porque de nada sirve nuestro juicio, el juicio viene de arriba no de aquí de abajo, pero el orden viene de las autoridades y de la Constitución. Las mayorías queremos el bien para Baja California Sur y toda nuestra nación. No queremos, no queremos remedos, ni parches de medio-hombres, medio-mujeres ni de libertinos que solamente promueven leyes injustas para vivir fuera de la verdadera libertad, porque pasan de la libertad al libertinaje, eso es lo que está pasando en toda nuestra nación…”.

Esta señora no entiende que formar una familia no te obliga a tener un hijo, que la sociedad familiar legal tiene diversos propósitos, entre estos, la seguridad de los contrayentes en los ámbitos jurídico y de protección social. Las personas van más allá de sus preferencias sexuales, la mente es más amplia que el cuerpo, pero alguien que enarbola un único y divino origen de todo, no va a entender esto. Ella dice que hay que seguir la palabra de dios. ¿Cuál de ellos?, dioses hay muchos; es más, la religión es más diversa que la sexualidad. ¿Cuántos diferentes grupos de creyentes se reparten el dominio del mismo dios con variantes de prácticas, normas, prohibiciones y/o permisiones?

Se equivoca la mujer, sí juzgan, y lo hacen en la tierra, y ese es el juicio que importa, pues es el que coarta la convivencia de las personas, estigmatizando a los que tienen preferencias distintas. El juicio de arriba, ese no es relevante, por que polvo fuimos y polvo seremos. Así que lo que importa es el aquí y el ahora, no lo relacionado con “el más allá” o “el reino de los cielos”, del que no tenemos ninguna certeza. Las personas medio-inteligentes no tienen la capacidad de entender las diferencias, esa es la calidad de algunos de los que se oponen al matrimonio igualitario.

Y aunque el FNF se ha deslindado de esos personajes, lo que sostienen es también una máxima incivilizada y autoritaria, pues aseveran que el matrimonio no es un derecho humano, y que el matrimonio igualitario es una ficción jurídica; eso ha señalado Alan Loubet, dirigente de la asociación, aduciendo que el matrimonio debe ser entre un hombre y una mujer, acogiéndose igual que los fanáticos religiosos a las supuestas máximas de su dios. Tal cerrazón, egoísmo e ignorancia, pervive en un sector importante de nuestra sociedad, a pesar de que desde 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación calificó, mediante una jurisprudencia, que las leyes que suscriban al matrimonio como un enlace entre personas de diferente género y con la intención de procrear hijos, son inconstitucionales y violatorias de los derechos humanos.

¿Quiénes son estas personas para decidir qué es lo correcto y lo incorrecto con base en la religión? También en la religión hay diversidad, en México y en el mundo no sólo se adora a su dios, y hay muchos que ni siquiera reconocen a alguna deidad; y si de perversión hablamos, deberían de empezar a limpiar la casa de Dios, ahí están los cientos de miles de crímenes de pedofilia cometidos por ministros eclesiásticos, y no necesariamente esos depredadores son homosexuales, pero sí son criminales. Los opositores al matrimonio igualitario viven apuntalando una fe que ha perpetrado atroces crímenes sexuales de toda índole, y están espantados por el amor entre dos personas adultas del mismo sexo.




Hijos no, mascotas sí. Sobre el aborto y que los ‘perrijos’ puedan heredar

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). En el nombre de Dios —a lo largo de la historia—, la humanidad ha cometido crímenes atroces. El nombre de la divinidad ha ido cambiando durante el proceso evolutivo, pero no el tamaño de las atrocidades. En el mundo globalizado, plástico y sintético del siglo XXI, la deidad dominante se llama Libertad; en su nombre, naciones enteras han sido aniquiladas; en su nombre, los grandes imperios industriales invaden y someten regiones ricas en materias primas.

El culto doméstico a esta dominante deidad, es el hedonismo. El propósito de la existencia se centra en un estilo de vida donde el placer inmediato, el confort y la ausencia de complicaciones constituyen el modelo a seguir. Se privilegia el beneficio individual sobre el bienestar colectivo.

También te podría interesar: Vientres en alquiler, ¿Explotación femenina o derecho laboral?

En este nuevo modelo de orden social, en el nombre de la libertad, de la autonomía, del libre desarrollo de la personalidad, se busca reestructurar la familia como célula fundamental de la sociedad. Ya no es requisito adquirir un compromiso de vida a largo plazo. El matrimonio pasa de ser una institución sólida y duradera, a  una simple instancia de convivencia, de la que puedes librarte con la simple expresión de voluntad, a través de la gestión exprés de un divorcio incausado.

Para librarte de la pesada carga de compromisos que implica el matrimonio, no es requisito el consentimiento de ambos cónyuges, ni siquiera es necesario acreditar causa justa y concreta para pedirlo y obtenerlo. Eso era antes, cuando había compromiso. Ahora, en aras de la divina libertad, bajo el culto del hedonismo, y en el nombre del libre desarrollo de la personalidad, sólo basta expresar unilateralmente el deseo de divorciarse.

La procreación y con ella las responsabilidades que conlleva, han sido ahora superadas en el nombre de la libertad. Actualmente, en la capital de la República se permite asesinar a los hijos en proceso de gestación, por el simple hecho de representarnos un estorbo. Mi cuerpo, mi decisión, ha sido el grito de batalla que ha convertido en “derecho” un acto que en principio atenta contra una regla elemental de la naturaleza, creada para garantizar la perpetuación de la especie: la procreación.

En nombre de la libre determinación de las gestantes sobre su cuerpo, se promueve ante el legislativo federal mexicano la legalización en toda la República, del asesinato del ser humano en gestación, como método de control natal, acto definible desde el derecho penal como aborto incausado. En aras claro, de la libertad de la gestante.

El proyecto va más allá de la despenalización del aborto incausado. El objetivo es reconocerlo como derecho humano a la salud, y con ello, obligar al contribuyente cautivo, a financiarlo a través de los servicios de salud pública. Se busca hacer del aborto, una práctica segura y gratuita, lo cual es absurdo, porque no existe el aborto seguro, pues el nonato muere y la gestante pone en peligro su vida durante el proceso, y nunca es gratuito, pues el costo operatorio y la logística que implica, se paga con recursos públicos que se obtienen de los impuestos que el Estado cobra a los contribuyentes. Será entonces “libre”, pero nunca seguro, y mucho menos gratuito.

Se modifica la Norma Oficial Mexicana y se permite el aborto en casos de violación, sin necesidad de denunciar al violador. En el nombre de la libertad de decisión de la gestante, se garantiza la impunidad del violador; sin denuncia, no hay persecución legal ni castigo judicial. Si de por sí es alta la incidencia delictiva escudada en la inactividad persecutora del Ministerio Público, con estas medidas lo que se garantiza al violador es la absoluta impunidad.

En nombre de la libertad se garantiza el aborto incausado a la gestante, y con ello se libera al gestante de la obligación legalmente ineludible de pagar alimentos. Se premia con el aborto incausado al padre irresponsable.

Mascotas con herencia

El proceso de transformación de la estructura social no se detiene ahí. Se busca llenar el vacío que deja la ausencia de hijos para quienes buscan realizarse como padres, pero sin el compromiso de concebirlos, criarlos, alimentarlos y educarlos. Las mascotas, para el caso, representan el sustitutivo ideal. Son fáciles de conseguir, desechables, dóciles, obedientes, manejables y bonitas.

El mecanismo intelectual mediante el cual pretende racionalizarse la posibilidad de otorgar derechos tradicionalmente reservados a los humanos, es el hecho de que las mascotas sienten. Esa premisa es la espina dorsal de toda la estrategia desplegada por la ideología hedonista. Es a partir de que los seres humanos en proceso de gestación –así lo afirman— no sienten antes de las 12 semanas, los podemos asesinar impunemente, y como las mascotas sienten, las podemos adoptar, convertirlas en nuestros hijos supletorios y por tanto, sujetos con derecho a heredar.

A partir del presupuesto que reconoce a las mascotas como seres sintientes, se pretende legalizar el procedimiento para hacerlas titulares del derecho a heredar, prerrogativa reservada inveteradamente a las personas –físicas o jurídicas— vinculadas afectivamente con el testador.

En el nombre de la libertad, la deidad dominante en este siglo, la cultura hedonista nos libera de la carga que impone el matrimonio, nos libera la carga que imponen los hijos, y nos brinda como plástico y artificial sustituto la adopción de hijos mascota, perrijos, gatijos, porcijos, o como se denominen, dependiendo de la raza y especie del animal que como mascota se adquiera.

El ser humano es gregario, y desde los primeros grupos humanos, se vinculó con las mascotas, pero como complemento, como acompañamiento, nunca como sustituto del espacio que la naturaleza ha reservado exclusivamente para los hijos. Una sociedad que permite matar a los hijos en gestación y pretende sustituirlos por mascotas, gravita hacia un modelo de familia donde los valores fundamentales no tienen cabida. Debemos preguntarnos si ese es el modelo de sociedad en la que queremos formar a nuestros hijos.

AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.