Contingencia judicial

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Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). La contingencia sanitaria se ha constituido en un excelente pretexto para que el Poder Judicial del Estado se tire a la hamaca y suspenda labores. Eso de no trabajar se les da con mucha facilidad. No conformes con tener tres meses de vacaciones al año —sindicalizados gozan de dos periodos anuales de hasta tres semanas cada uno. Al alternarse el personal, se generan tres meses de inactividad anual—, y una elevada proclividad a extender los puentes en días festivos, ahora se encuentran inmersos en absoluta inmovilidad, lo cual resulta nefasto, considerando que la administración de justicia en el Estado mantiene un rezago histórico en la atención y solución de las controversias y juicios que se plantean ante los tribunales locales.

A esta inactividad judicial, habrá que agregarle la enorme carga de trabajo por iniciar que se amontona, como bomba de tiempo, en el ámbito de la cotidianeidad, pues a lo largo de la pandemia, se están acumulando un cuantioso número de demandas que habrán de presentarse tan pronto se reanuden las labores.

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La carga estimable es abrumadora pues, a la expectativa normal de trabajo, se han de sumar todas las demandas derivadas de los conflictos generados por la cuarentena y la crisis económica secundaria a la pandemia, tales como las relacionadas de los incumplimientos de contrato, rentas y prestaciones no cubiertas, daños, perjuicios, etc. etc.; sin contar con la carga de trabajo que se genera en materia penal, y sin considerar la problemática suscitada en materia laboral, que por cuestión competencial no atiende actualmente el Tribunal de Justicia Estatal.

No es posible sostener el estadio de inactividad jurisdiccional. Es indispensable que quienes rigen la vida interior del Tribunal entiendan la enorme problemática que se avecina, y la atiendan. Bajo ninguna circunstancia es admisible que sostenga la política de inactividad judicial.

Que la sana distancia no se siga utilizando como pretexto para negar el acceso a la justicia en el Estado. Si una cajera de un centro comercial puede trabajar, nada impide que un oficial de partes atienda a quienes presentan promociones por escrito.

Al menos eso se puede hacer, ir recibiendo promociones, aunque no corran los plazos procesales, pero el que en estos días reciban escritos en la oficialía de partes, evitará que el día que se reanuden las labores, se atiborren los promoventes frente a las ventanillas. Tanto cuidarnos evitando las aglomeraciones, para que, el primer día que abran de nueva cuenta los juzgados, se forme una voluminosa andanada de personas queriendo presentar sus promociones.

Tenemos al alcance herramientas digitales subutilizadas en el ámbito de la administración de justicia estatal. Bien se podría solicitar y agendar digitalmente una cita para acudir ante la oficialía de partes y, en el horario fijado, atender al solicitante. Es cuestión de organización y buena voluntad, porque las herramientas existen y se encuentran disponibles.

Tal vez un poco más elaborado el procedimiento, pero igualmente viable, es el que se permita la presentación de promociones de manera virtual, en las modalidades procesales que ello sea permisible.

En materia penal, civil y mercantil, muchas audiencias podrían llevarse a cabo de manera virtual. Insisto, se cuenta con las herramientas para ello, pero las mismas están subutilizadas.

Tratándose de audiencias de apelación, en las que se argumenta por escrito, no hay impedimento alguno para avanzar en los procedimientos. Nada justifica la inactividad judicial en estos casos.

Deben implementarse en calidad de urgentes todas las medidas operacionales que resulten eficaces, para atenuar la problemática generada por la inactividad judicial. No hay pretextos. Solo es necesaria imaginación, creatividad, ingenio, disposición y buena voluntad de nuestros juzgadores.

A diferencia de otras áreas de la administración pública, los encargados de impartir justicia no pueden pretextar falta de recursos para implementar medidas extraordinarias para atender la problemática y prevenir el colapso que se vislumbra, pues el Tribunal tiene a su disposición una millonaria cuenta en el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia, en la que se acumulan recursos económicos cuya disponibilidad está prevista y reglamentada, precisamente, para casos como el que actualmente enfrentamos.

No hay pretextos, no hay excusas, no hay justificaciones que valgan. A la brevedad posible, la administración de justicia en el Estado debe activarse, o la inercia nos va a llevar a un escenario que se vislumbra caótico de no tomarse las medidas adecuadas, entre ellas, las que aquí se proponen.

La pandemia fue inevitable, el caos que puede generar la inactividad judicial derivada de la misma puede evitarse, e incluso, en el mundo ideal, aprovecharse para abatir el rezago acumulado en los tribunales.

El Tribunal Superior de Justicia estatal tiene la palabra.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, esto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.

 

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

Abogado por la UNAM. Nació en el Distrito Federal en 1956, pero es paceño por adopción. Tiene estudios de posgrado: dos maestrías y cursa actualmente un doctorado; fue docente en la UNAM en el Estado de México; también cuenta con diplomados en Barcelona y Madrid, en España, y en Buenos Aires, Argentina. Trabajó en la PGJDF, PGR y el Departamento de Justicia de Estados Unidos.

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