Proponen legislación que regule calidad de obras de pavimentación en BCS

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La Paz, Baja California Sur (BCS). A fin de establecer una legislación que permita regular las obras de pavimentación que se realizan en Baja California Sur tanto por el Gobierno estatal como municipales, y garantizar a la ciudadanía que se realicen obras de calidad, la diputada Milena Paola Quiroga Romero propuso la creación de la Ley para la Construcción y Rehabilitación de Pavimentos del Estado de Baja California Sur, informó el Congreso de Baja California Sur.

Los sudcalifornianos podríamos tener la certeza que las obras futuras de pavimentación que se realicen por  parte del Gobierno del Estado o de los Ayuntamientos, estarían sujetas a estrictos controles de calidad, lo que aumentaría considerablemente su periodo de vida útil en buenas condiciones, expuso la iniciadora durante la Diputación Permanente de este 26 de enero.

La representante del Grupo Parlamentario de MORENA, recalcó que el objetivo es garantizar que cada obra de pavimentación o de rehabilitación cumplan con las características adecuadas en materia de calidad y rodamiento seguro, así como que se trata de eliminar cualquier posibilidad de construir obras de pavimentación de baja calidad, que en muchos de los casos resulten costosas pero que sus componentes sean de ínfima categoría.

El proyecto de ley está integrado por 118 Artículos organizados en seis capítulos. El primer capítulo establece las disposiciones generales, el objeto de la ley, creación de un consejo técnico y su marco de atribuciones, laboratorios acreditados, perfil de los profesionales responsables, así como lo correspondiente al procedimiento para la elaboración y modificación de las normas técnicas estatales que habrán de ser de cumplimiento obligatorio.

El capítulo segundo se refiere a la estructuración que deberán tener los pavimentos considerando diversos aspectos como el nivel de tráfico y el aforo de vehículos en sus distintos niveles.

El capítulo tercero se refiere a la textura y acabados de los pavimentos; el capítulo cuarto regula la calidad de los materiales y el control de calidad de las capas de pavimentos nuevos en áreas rurales y urbanas. En el capítulo quinto se establecen las disposiciones normativas relacionadas con la rehabilitación de pavimentos y en el capítulo sexto contempla infracciones y sanciones.

En los Artículos transitorios señala que en caso de aprobarse la propuesta de ley, entraría en vigor a los 90 días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, con la intención de conceder un espacio de tiempo para llevar a cabo las acciones necesarias que permitan una correcta implementación de la ley desde el primer día que inicie su vigencia. Por otra parte, se establece que las obras de pavimentación que a la fecha de entrada en vigor de la Ley se encuentren aprobadas o en ejecución, se concluirán en los términos que se hubieren autorizado.

La Secretaría de Planeación Urbana, Infraestructura y Movilidad del Gobierno del Estado de Baja California Sur contará con un plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de la Ley, para emitir las normas técnicas, en tanto que los Ayuntamientos ajustarán su reglamentación en la materia, en un plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de la Ley.




Vuelven a cerrar malecón, cines y gimnasios en La Paz; anuncia Ayuntamiento nuevas restricciones

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La Paz, Baja California Sur (BCS).  Dada la determinación del Comité Estatal de Seguridad en Salud respecto a que en el Sistema de Alerta Sanitaria de Baja California Sur (semáforo COVID), La Paz pasó al nivel 5 (estado crítico) por el aumento de casos positivos en la entidad, el XVI Ayuntamiento de La Paz anunció que a partir de hoy estarán restringidas las siguientes actividades económicas no esenciales:

– Actividad peatonal del malecón (es decir, solo se permite la circulación vehicular)
– Actividades religiosa y de culto
– Paseos en lancha (restricción)
– Pesca deportiva (restricción)
– Cines, autocines y teatros
– Bibliotecas, museos y galería de arte
– Establecimientos de lavado de autos, muebles, etc.
– Agencia de actividades turísticas, ecoturísticas y campamentos
– Salones de Belleza
– Mueblerías, electrodomésticos, y similares
– Tiendas de electrónica
– Joyerías
– Comercio de artículos de perfumería y cosméticos
– Reparación de calzado
– Comercio al por menor de accesorios para celulares
– Gimnasios y centros deportivos
– Florería
– Tiendas de regalos
– Papelería
– Comercio al por menor de artículos de mercería y bonetería
– Talleres de impresión y similares
– Fabricación y venta de textiles
– Sastrería, talleres de costuras y similares
– Comercio al por menor de saldos nuevos, electrodomésticos, electrónica y enseres domésticos
– Comercio al por menor de artículos y aparatos deportivos
– Comercio al por menor de sombreros
– Comercio al por menor de artículos de pesca
– Librerías
– Café Internet
– Comercio al por menor de revistas y periódicos
– Venta de billetes de lotería, pronósticos deportivo y otros boletos de sorteo
– Comercio al por menor de instrumentos musicales
– Música instrumental (solo restaurantes, no para fiestas)
– Comercio al por menor de lencería y juguetes sexuales
– Estudio fotográfico y videograbación
– Casa de Empeño




Constitución estatal y leyes electorales conducirán proceso electoral en BCS: diputado Ruiz Flores

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La Paz, Baja California Sur (BCS). “Por novena vez en la historia reciente de Baja California Sur, la Constitución Política del Estado y las leyes secundarias en materia electoral conducirán un proceso de renovación de los poderes Ejecutivo y Legislativo así como de los ayuntamientos de la entidad, acciones que se deben de presentar en un marco de respeto y civilidad  entre quienes serán los contendientes en los comicios del próximo mes de junio”, puntualizó el diputado Ramiro Ruiz Flores con motivo del 46 Aniversario de la promulgación de la Carta Magna de Baja California Sur el cual se cumple este 15 de enero, informó el Congreso sudcaliforniano.

El legislador, al abordar el tema relacionado con Constitución, leyes electorales y proceso político de renovación constitucional indicó que fue precisamente el derecho negado a los sudcalifornianos durante mucho tiempo a elegir a sus gobernantes lo que llevó a los grupos locales del Frente de Unificación Sudcaliforniana en 1965 y Loreto 70 a impulsar la transformación política del entonces Territorio de Baja California Sur a Estado libre y Soberano, “y desde 1975 tenemos como sociedad la posibilidad de elegir a nuestro gobernador y a los diputados locales y desde 1971, a los presidentes municipales en Sudcalifornia; lo que como sociedad y como actores políticos debemos valorar en todo lo que vale, y por ello, es mi llamado a quienes participarán en este proceso electoral a conducirse en el marco de la Ley para honrar la lucha de nuestros antepasados, de mujeres y hombres que pugnaron por la libre autodeterminación del pueblo sudcaliforniano”.

Ramiro Ruiz dijo que a pesar de existir vacíos en la actual legislación electoral de la entidad, estos los suple la autoridad con acuerdos, “y queda claro que es un marco normativo que en otros procesos locales ha permitido transitar sin mayores problemas, por lo que está en los partidos, autoridades electorales  y ciudadanos de Baja California Sur acatar las normas que regirán la contienda electoral que recién ha iniciado para concluir con una jornada electoral sin mayores contratiempos dentro de unos meses”.

El representante popular reconoció el aporte de los legisladores constituyentes, Armando Aguilar, Armando Trasvina, Eligio Soto, María Luisa Salcedo, Manuel Davis, Fernando Cota Sandez y Armando Santisteban Cota, y a las 114 legislaturas anteriores de la entidad “que como constituyente permanente nos han dado en cada época de nuestro estado un marco legal en materia electoral que se ha ido transformando de acuerdo a la evolución política de nuestro país y de nuestro estado”.

Este marco legal en materia electoral, aseguró Ramiro Ruiz Flores,  ha permitido alternancias políticas, el nacimiento de partidos políticos estatales, la realización de plebiscitos, “pero, sobre todo, de 25 años a la fecha ha permitido procesos electorales totalmente transparentes, en donde la voluntad ciudadana ha sido respetada, todo ello, producto de la madurez política del pueblo de Baja California Sur”.




El veto imperial sudcaliforniano

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Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). El 10 de diciembre de 2020, el Congreso de Baja California Sur aprobó el paquete económico que incluye la Ley de Ingresos y el presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2021, y los remitió para su publicación al Ejecutivo del Estado.

El Gobernador, en lugar de publicar la ley y el presupuesto en comento, tal y como le mandata la Constitución local (Artículo 79 fracción III), emitió el 2 de enero de 2021 un comunicado en redes sociales, mediante el cual informa al pueblo sudcaliforniano, su decisión de “vetar” dichas leyes, confundiendo en su determinación, el veto constitucional sudcaliforniano —que consiste únicamente en formular observaciones—, en un plazo perentorio de diez días y que son superables por la opinión de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso local, con:

  1. El veto imperial romano ius exclusivæ, mediante el cual, el monarca podía dejar sin efecto determinaciones de otros poderes, o

  2. El veto consular romano, ius intercessionis, gracias al cual, un tribuno plebeyo podía dejar sin efecto una determinación de un tribuno patricio, o un magistrado superior respecto de un inferior; o peor aún, con

  3. El veto del consejo de seguridad de la ONU, mediante el cual, queda rechazada ipso facto cualquier propuesta, simplemente con el veto emitido por uno de los cinco miembros permanentes del consejo: Estados Unidos, China, Rusia, Francia y Reino Unido, sin que haya necesidad de explicar, fundar o motivar su veto.               

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El veto, en el derecho constitucional mexicano en general, y sudcaliforniano en particular, NO es un acto soberano de prohibir, como puede sugerir la interpretación etimológica del término veto, que es prohibir, dejar sin efecto, pues ello implicaría la superposición del Ejecutivo sobre el Legislativo. Es en realidad un acto de colaboración entre poderes, mediante el cual el Gobernador hace llegar a los diputados en calidad de sugerencia, diversos cuestionamientos, observaciones que tal vez pudieron no haberse tomado en cuenta en el momento de discutir la iniciativa durante el proceso legislativo, siempre con el objeto de mejorar la ley o superar contradicciones o cubrir totalmente sus requerimientos, pero siempre se trata de una aportación sin fuerza de imperio, que generan un análisis y evaluación por parte del Congreso, cuyos integrantes, con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán aceptar o rechazar las objeciones, sugerencias y cuestionamientos del Ejecutivo, pero nunca, y bajo ninguna circunstancia, el veto constitucional mexicano faculta al Gobernador para impedir la entrada en vigor, vía no publicación de las leyes y decretos que emanen del Congreso local.

En Baja California Sur, las autoridades y funcionarios del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les concede la Constitución local (Artículo 3), por lo tanto, todo acto de autoridad para el que no esté expresamente facultado en la ley, se constituye en abuso de autoridad, e incurre en responsabilidad administrativa, eventualmente penal, y será sometido a procedimiento sancionador, ante el Congreso local constituido en Jurado, cuando en el ejercicio de sus funciones incurra en actos y omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho (Art. 157 y 158).

El texto constitucional local otorga al Gobernador la facultad de veto (Artículo 60) respecto de los proyectos de ley o decretos que emita el Congreso local, entendiendo que dicha facultad, se limita a la posibilidad de formular observaciones que considere pertinentes, mismas que deberá hacer llegar al Congreso, en un plazo improrrogable de diez días hábiles. Las observaciones del Ejecutivo podrán realizarse respecto de todo el documento (veto total) o únicamente a una de sus partes (veto parcial).

Si las observaciones emitidas por el Ejecutivo son desechadas por al menos las dos terceras partes de los miembros del Congreso, el Proyecto de Ley o Decreto se remitirá de nueva cuenta al Gobernador del Estado para su promulgación y publicación; si dichas observaciones son aprobadas por la misma proporción de diputados, se incorporarán al proyecto de ley o decreto, tratándose de veto parcial, y se remitirá de nueva cuenta al Gobernador del Estado para su promulgación y publicación; o tratándose de un veto total, el Proyecto de Ley o Decreto quedará sin efecto, debiendo publicarse esta decisión en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

Atendiendo a procedimiento constitucional, el presupuesto de egresos y la Ley de Ingresos, cuya elaboración y aprobación es facultad exclusiva del Congreso (Art. 64), la obligación ineludible del ejecutivo es publicarlas o realizar observaciones en los términos planteados en el apartado precedente, pero en modo alguno, puede abstenerse de publicar dichos ordenamientos, con el pretexto de ejercer un derecho de veto, pues, como hemos apuntado, el veto constitucional sudcaliforniano solo faculta al Gobernador para realizar observaciones. Al no hacer la publicación, incurre por omisión en responsabilidad y debe enfrentar un procedimiento de juicio político.

Anuncia el Gobernador en redes sociales la inconstitucional decisión de no publicar la Ley de Ingresos y presupuesto de egresos 2021, pese a que fueron aprobadas por el Congreso, pretendiendo justificar su actuación con el pretexto de que son contrarios a los intereses de los sudcalifornianos.

En su comunicado, el Gobernador afirma que el presupuesto aprobado implica disminuir a la administración pública estatal 400 millones de pesos que limitarían, entre otros, la prestación de servicios en materia de salud, mantenimiento de la seguridad pública y el sostenimiento de la educación, y que impide continuar con la atención de la salud para las familias, borra la posibilidad de apoyar la economía familiar y pone en riesgo la seguridad pública.

De ser cierto lo afirmado por el Gobernador en su comunicado, lo correcto era regresar los proyectos aprobados por los diputados, al Congreso, dentro del plazo legal, con dichos argumentos en vía de observaciones, tal y como marca el texto constitucional. En lugar de eso, dejó correr el plazo de diez días que le brinda la Constitución para ello, y anunció su determinación de no publicar la ley, incurriendo así en responsabilidad oficial, dejando con ello en estado de indefensión a los contribuyentes del Estado, sobre todo a los cautivos, pues no existe marco legal regulatorio del ejercicio recaudatorio estatal, ni presupuesto aplicable, siendo ilegal pretender imponer la ley de la materia vigente en el 2020, pues eso sólo es posible, únicamente (Art. 64 fracción XXXI), en el caso de que el presupuesto 2021 no fuera aprobado, y eso sí ocurrió.

La incertidumbre legal y el vacío normativo en que se encuentra la Entidad, tendrá graves consecuencias en detrimento del servicio público y en agravio patrimonial de los causantes cautivos.

Con su negativa a publicar las leyes en comento, el Gobernador actuó como un auténtico emperador, pues ejecutó la facultad de veto como un acto potestativo de imperio, dictatorial y arbitrario, inadmisible en un Estado democrático moderno.

Es inaudito el abuso de poder en que incurre el Ejecutivo, pero es aterrador e indignante constatar la pasiva inacción en que se encuentra paralizado el Congreso. Simplemente, no saben qué hacer, y ello debido en gran parte, no sólo a la ignorancia de nuestros diputados, sino a la carencia de un cuerpo de asesores parlamentarios certificados y calificados. La pobreza intelectual y carencia de asesoría parlamentaria de nuestros diputados locales, es la garantía de impunidad que le permite al Gobernador ejercer abusivamente el poder en la entidad.

El permitir que cada diputado local nombre como “asesor” a su compadre, primo, sobrino, amasio, ahijado, en lugar de que dicho encargo de tan alta responsabilidad sea reservado a profesionales de carrera, con conocimientos y experiencia en el encargo, ha hundido al Congreso local en un consecutivo de yerros, pifias y desaciertos que han generado conflictos y confusiones, con un alto costo social y material, de los cuales, en un descarado abuso de poder, el Gobernador saca ventaja cobijado en la impunidad que le brinda la ignorancia y apatía de nuestros diputados locales.

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Pruebas, valemadrismo sudcaliforniano y más pruebas

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La Última Trinchera

Por Roberto E. Galindo Domínguez

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). El gobernador de Baja California Sur, Carlos Mendoza Davis, y el secretario de salud estatal, Víctor George Flores, nos han dicho desde mediados de año que ellos sí se preocupaban por la salud de los ciudadanos, que sí atendían a la ciencia y que, en consecuencia, aplicaban un gran número de pruebas para la detección del coronavirus. Hablaron de más de treinta y cinco mil de estas —las que para una población de ochocientas mil personas parecen insuficientes— que aplicaron estratégicamente para detectar a enfermos y asintomáticos para así localizar e interrumpir las cadenas de transmisión del letal virus. Lo que, según ellos, les permitía mantener una mayor reapertura económica, turística y en general social que en el resto del país.

El gobernador alardeó en su informe anual del enorme logro en la contención del virus, el gobierno pagó promocionales en radio que repitieron incansablemente que en BCS moría la mitad de los contagiados a diferencia del resto del país; hacía referencia a la tasa de letalidad, que es el número de muertes en relación al de los infectados. Al hacer pruebas se detectaron más casos y se redujo la tasa de letalidad; no así la de la mortalidad, que para octubre era más alta que la de la media nacional, y que para mediados de diciembre ha sobrepasado los noventa fallecidos por cada cien mil habitantes, ubicando a Sudcalifornia entre las 15 entidades con más defunciones en relación a su población total.

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El punto más alto de contagios lo tuvimos el 27 de julio con 168. En adelante, la contención del coronavirus pareció ser efectiva hasta finales de septiembre, el día 27 de ese mes se registraron 19 contagios. Hasta entonces, se observó un descenso en la cantidad de personas infectadas. Durante octubre, con todo y un ligero incremento en la transmisión del virus, que después disminuyó, la tasa de contagios se mantuvo en un nivel bajo, que promedió por día alrededor de 15 nuevos casos. Eso le permitió al gobierno estatal exponer en su informe anual que se había logrado contener al coronavirus. Pero antes de la llegada del invierno, apenas al inicio de noviembre, cuando el clima caluroso cambió a templado, comenzó de nuevo el incremento de los contagios.

Ahora, con la llegada del invierno, el gobierno estatal no puede hablar de su buen manejo de la crisis sanitaria. El error de Carlos Mendoza y su equipo de científicos de la salud es que generaron un semáforo de seis colores con dos tonalidades en el nivel amarillo y dos en el naranja, además del color verde y el rojo, alterno al de la federación que es de cuatro. Con el que, a pesar de que el Gobierno Federal nos ha ubicado en color naranja en dos ocasiones tras la etapa de confinamiento, ellos nos mantuvieron hasta el 18 de diciembre en color amarillo, con una holgada relajación de los protocolos de seguridad sanitaria y eliminando en muchos rubros la sana distancia.

Hoy, que el gobierno estatal reconoce el semáforo naranja, aunque en su nivel más relajado, parece ya demasiado tarde para contener el acelerado incremento de contagios y muertes que estamos viviendo en la entidad. Es previsible que conforme se incremente el frío y continúe el valemadrismo social de las reuniones, comidas y fiestas decembrinas, subamos al siguiente nivel de color naranja y para enero debamos regresar al confinamiento del color rojo.

La estrategia científica y depurada de las pruebas y más pruebas fue efectiva para la contención del virus lo que duró el verano. Al discurso del gobernador ya no lo apoya la temperatura, se fue el calor, llegó el frío y falló la contención.

 

Polilla política

Primero ellos no siguen las normas federales y relajan los protocolos de seguridad. Después, decretan multas de 8600 pesos y hasta pena de cárcel por no usar cubrebocas.

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