¿Quieres ganar entre 88 mil y 144 mil dólares al año? ¡El ICE está contratando!

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Colaboración Especial

Pablo Chiw

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). ¿Quieres ganar entre 88 mil y 144 mil dólares al año? ¡El ICE está contratando! Estos son los requisitos básicos:

  • Aprobar un examen toxicológico.
  • Tener ciudadanía estadounidense.
  • Portar y usar armas de fuego.
  • Tener licencia para conducir.
  • Capacidad de ejercer fuerza letal.
  • No contar con antecedentes penales.
  • Disponibilidad para viajar con poco aviso de anticipación.

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El atractivo salario (alrededor de 132 mil pesos mexicanos mensuales) contrasta con la profunda crisis estructural que atraviesa Estados Unidos. Su deuda nacional supera los 31.4 billones de dólares, cifra que, desglosada, luce así:

  • 31 billones (31,000,000,000,000).
  • 462 mil millones.
  • 154 millones.
  • 854 mil.
  • 903 unidades.

Aunque algunos economistas minimizan esta cifra, argumentando que «la deuda no importa mientras haya confianza», el verdadero problema emerge cuando bancos y gobiernos extranjeros dejan de comprar bonos del Tesoro. Según el periódico The Guardian, ya se percibe una retirada silenciosa de esos bonos por parte de varios países.

Para economistas como Richard Wolff y Michael Hudson, Estados Unidos enfrenta un ocaso irreversible. Mientras los BRICS ya representan el 35% del PIB global, el G7 apenas alcanza el 30%, y la tendencia es clara: los BRICS avanzan; el G7 se hunde. La hegemonía del dólar se tambalea.

¿Qué relación tiene el ICE con la bancarrota económica y moral de EE.UU.?

La última carta fuerte de Estados Unidos ha sido su poder militar. Sin embargo, según el coronel retirado Douglas McGregor, el ejército estadounidense atraviesa su peor crisis de reclutamiento en décadas. Cada vez menos ciudadanos quieren enlistarse.

En ese contexto, el ICE (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas) parece asumir un nuevo rol: un cuerpo paramilitar camuflado bajo la narrativa de la «seguridad fronteriza». La supuesta «invasión mexicana» no es más que un pretexto ideológico para movilizar a sectores radicalizados, especialmente simpatizantes de Trump, hacia una guerra interna contra migrantes.

El ICE se perfila así como una institución policial-militar con tintes autoritarios, funcional a un proyecto político de corte fascista, supremacista y profundamente antiinmigrante. Más que una agencia de seguridad, el ICE podría convertirse en la futura guardia imperial de un segundo mandato de Trump, al estilo de las policías secretas de regímenes totalitarios.

Conclusión

La oferta de empleo del ICE no puede entenderse solo como una salida laboral atractiva. Representa una puerta de entrada a un aparato de control cada vez más militarizado, en un país cuya estructura económica colapsa mientras se aferra a la represión como única forma de sostener su poder.

En ese sentido, el salario esconde las intenciones de militarizar la vida civil y la normalización de la polarización y el odio como política pública.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.




Extorsión en la línea: cómo una llamada puede destruir los comercios

FOTOS: Plaza Galerías La Paz | IA.

Tierra Incógnita

Sealtiel Enciso Pérez

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). El pasado 30 de julio de 2025, en La Paz, Baja California Sur, una llamada telefónica convirtió una jornada laboral ordinaria en una pérdida millonaria. Una empleada de una joyería local recibió la instrucción, supuestamente en nombre de la compañía, de entregar joyas a un mensajero. El tono de autoridad y la urgencia transmitida por la voz al otro lado de la línea fueron suficientes para anular cualquier sospecha. En cuestión de minutos, la trabajadora reunió piezas valuadas en 1.5 millones de pesos y las entregó sin resistencia. El engaño se consumó sin violencia física ni armas, pero con un impacto económico demoledor para el negocio. Este episodio, documentado por medios noticiosos de nuestro Estado, es solo un eslabón más en la cadena de extorsiones y fraudes telefónicos que se multiplican por todo México.

Desde principios de la década de 2000, la extorsión telefónica ha pasado de ser un fraude dirigido principalmente a personas vulnerables —familiares de presos, adultos mayores— a un esquema cada vez más sofisticado contra comercios. Los delincuentes han perfeccionado técnicas de manipulación psicológica, suplantación de identidad y uso de datos personales obtenidos ilegalmente. Hoy, el blanco más frecuente son micro y pequeñas empresas con estructuras de seguridad limitadas, dependientes de la confianza interna y sin protocolos claros para manejar emergencias.

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Las cifras son contundentes. En 2023, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) calculó pérdidas anuales por extorsión y engaños telefónicos de 1,300 millones de dólares, de acuerdo con un reporte citado por AP News. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reveló que el 97% de estos delitos no se denuncian, lo que crea una “cifra negra” que oculta la magnitud real del problema. Según la Encuesta Nacional de Victimización de Empresas (ENVE) de 2023, se registraron 747,000 incidentes de extorsión en unidades económicas, siendo las más afectadas las micro y pequeñas empresas.

El impacto no se limita a las pérdidas directas: el miedo genera cambios en la forma de operar, obliga a inversiones adicionales en seguridad, y en algunos casos, lleva al cierre definitivo. La joyería afectada en La Paz probablemente tendrá que reducir personal, suspender compras de inventario y replantear sus operaciones diarias. Seguramente algunos negocios, alertados por el caso, implementarán capacitaciones para que empleados detecten señales de fraude, aunque esto implicará gastos adicionales que, en un mercado ya presionado por la inflación, pueden ser difíciles de absorber.

Expertos en criminología advierten que este tipo de delitos se alimenta de tres factores: la impunidad, la facilidad para obtener datos personales y la baja cultura de denuncia. Mientras los números de teléfono desde los que se realizan estas llamadas no sean bloqueados de inmediato y no haya investigaciones efectivas, los delincuentes seguirán operando con éxito. Incluso se han detectado operaciones desde centros penitenciarios, lo que agrava la percepción de que no existe un control real por parte de las autoridades.

En el plano económico, la extorsión y el fraude telefónico tienen efectos colaterales que se extienden a toda la comunidad. El costo de los bienes robados no es el único golpe: muchos comerciantes trasladan esas pérdidas a los precios, generando incrementos en productos y servicios. En el caso de sectores básicos, como el de alimentos, esto ha contribuido a aumentos de hasta el 20% en artículos de primera necesidad, de acuerdo con reportes de Banxico y Reuters. De esta forma, el delito impacta no solo a las víctimas directas, sino también a los consumidores y al poder adquisitivo de la población.

El problema se concentra en ciertos estados, como el Estado de México, Guanajuato, Nuevo León, Ciudad de México, Veracruz, Jalisco, Guerrero y Michoacán, que en conjunto acumulan el 66% de los casos de extorsión, según datos de SinEmbargo. A pesar de ello, como muestra el caso de La Paz, ninguna región está exenta. El modus operandi varía: en algunos casos, la amenaza es directa y violenta; en otros, como en la joyería sudcaliforniana, la estrategia se basa en engaños bien estructurados que explotan la obediencia y el miedo.

A pesar de la magnitud del problema, las respuestas institucionales siguen siendo insuficientes. En 2025, el gobierno federal anunció una estrategia nacional para combatir la extorsión, que incluye líneas de denuncia anónima, cancelación de números telefónicos vinculados al delito y la creación de fiscalías especializadas. La presidenta Claudia Sheinbaum y autoridades locales han insistido en que la denuncia es clave, pero la desconfianza ciudadana en la capacidad de las instituciones para actuar sigue siendo un obstáculo.

El caso de La Paz también plantea un debate sobre la responsabilidad compartida. Los empleadores deben establecer protocolos claros de verificación de instrucciones y manejo de llamadas, mientras que los empleados necesitan herramientas y capacitación para reconocer intentos de fraude. Sin una cultura preventiva arraigada, las medidas reactivas resultan siempre tardías.

El fraude telefónico y la extorsión son delitos que minan la base misma de la economía local: la confianza. Las llamadas sospechosas que obligan a un comerciante a colgar con el corazón acelerado erosiona el tejido social y económico. Las pérdidas millonarias que no se recupera desalienta la inversión y el emprendimiento. El silencio cómplice que surge del miedo permite que el ciclo se repita.

En un país donde contestar el teléfono puede significar el inicio de una tragedia financiera, la prevención y la denuncia son herramientas importantísimas. La historia de la joyería en La Paz debería servir como advertencia y como catalizador para exigir respuestas más firmes, protocolos más sólidos y una cultura de seguridad compartida. Porque, mientras las llamadas que roban en silencio sigan encontrando víctimas desprevenidas, la economía de los comercios mexicanos seguirá pagando un precio demasiado alto.

Referencias:

BCS Noticias (30 de julio de 2025) – Empleada de joyería en La Paz cae en engaño telefónico; entrega 1.5 millones de pesos en mercancía.

AP News (11 de julio de 2025) – He closed his store after years of threats… why Mexico’s extortion problem is getting worse, con datos de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) sobre pérdidas anuales por extorsión.

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) – Encuesta Nacional de Victimización de Empresas (ENVE) 2023.

SinEmbargo.mx – Extorsión, el principal delito que ha ido al alza en México al amparo de la impunidad (2023), con estadísticas sobre entidades más afectadas.

Reuters (27 de agosto de 2024) – Reporte sobre impacto inflacionario derivado de extorsiones en productos básicos.

Banxico – Datos sobre la inflación y su relación con prácticas de cobro ilegal en cadenas de suministro.

Insight Crime – Artículos de análisis sobre evolución y sofisticación de las técnicas de extorsión telefónica en México.

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La libertad de expresión

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Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Es el derecho fundamental de toda persona a expresar ideas, opiniones e información sin temor a represalias, censura o castigo. Tiene una doble dimensión: individual: protege el derecho de cada persona a manifestar su pensamiento, y social: garantiza el acceso a información plural, esencial para la democracia.

Este derecho no es absoluto: puede limitarse para proteger otros derechos, como la honra, la seguridad nacional o el orden público. La libertad de expresión, como garante en la comunicación social, tiene raíces en:

  • Antigua Grecia:La parresía (libertad de hablar) era central en el ágora ateniense.
  • Revolución Francesa (1789): La Declaración de los Derechos del Hombre consagró la libre comunicación de ideas.
  • Primera Enmienda de EEUU (1791): Prohibió al Congreso restringir la libertad de prensa y expresión.
  • La Ilustración: Consolidó la idea de que el pensamiento libre es esencial para el progreso social.

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Marco constitucional

La Constitución Mexicana en el Artículo 6º protege la manifestación de ideas, el derecho de réplica y el acceso a la información, y en el Artículo 7º declara inviolable la libertad de difundir opiniones por cualquier medio; prohíbe la censura previa y restricciones indirectas.

La protección constitucional a la libertad de expresión consagrada en ambos artículos debe ser interpretada siempre, bajo el principio pro persona del Artículo 1º constitucional.

Tratados internacionales

México ha ratificado instrumentos clave que protegen este derecho:

Art. 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos consagra el Derecho a opinar y difundir sin fronteras.

Art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos prohíbe la censura previa y restricciones indirectas.

Jurisprudencia de la SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido criterios clave:

Amparo Directo en Revisión 1302/2009: Reconoce que particulares ejercen libertad de expresión a través de medios, y deben asumir responsabilidades.

Libertad de expresión vs. derecho al honor: La Corte ha delimitado el uso de expresiones vejatorias y maliciosas como límites válidos.

Protección del periodismo: Se ha consolidado el derecho al secreto profesional y la reserva de fuentes.

Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

“La Última Tentación de Cristo vs. Chile”: Censura previa incompatible con el artículo 13 CADH.

“Kimel vs. Argentina”: Condena penal por opinión vulnera la libertad de expresión.

“Herrera Ulloa vs. Costa Rica”: Reafirma la protección del periodismo crítico.

“Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México”: Reafirma el rol de la expresión en contextos de protesta y crítica al poder.

Legislación Secundaria

  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
  • Ley de Protección de Datos Personales
  • Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión

La libertad de expresión es indispensable para el ejercicio de otros derechos humanos, y se constituye en herramienta fundamental para mantener y desarrollar la democracia constitucional, pues es el derecho que permite a los gobernados formarse una opinión y participar en el debate de temas fundamentales en la vida pública del país.

En un mundo globalizado y en una sociedad que cuenta cada día con más y mejores herramientas de comunicación, la protección y respeto a la libertad de expresión cobra mayor vigencia y actualidad, gracias al amplio espectro de difusión masiva que la moderna tecnología brinda a los medios de comunicación masiva, destacando por su accesibilidad y bajo costo, los medios digitales en general y las redes sociales en particular.

Todos los medios de comunicación masiva tienen el compromiso social y deber constitucional de propiciar y permitir una mayor discusión de los temas de interés público y de propiciar expresiones con distintos puntos de vista que nutran el debate y la deliberación pública.

En contexto, cobra especial relevancia también el derecho de réplica, herramienta que garantiza que todas las personas tengan el mismo acceso a difundir información sobre un hecho en que se les aluda, para alcanzar con ello un equilibrio en la información plural disponible.

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Estrategia Nacional contra la Extorsión

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Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). La Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia busca modernizar y coordinar las instituciones de seguridad en México, utilizando tecnología avanzada y promoviendo la colaboración interinstitucional para combatir el crimen de manera más efectiva.

Derivado de la implementación de esta normatividad, que permite robustecer las investigaciones, además de ampliar las capacidades para desmantelar redes criminales y detener extorsionadores, el pasado 5 de julio del año en curso se presentó la Estrategia Nacional contra la Extorsión para prevenir y proteger a la población de este delito, misma que se basa en cinco ejes:

  • Generar detenciones mediante investigación e inteligencia.
  • Fomentar la creación de Unidades Antiextorsión locales.
  • Aplicar el protocolo de atención a víctimas.
  • Capacitación permanente a operadores del 089 en manejo de crisis y negociación.
  • Implementar una campaña de prevención nacional.

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Actualmente el 66% de las extorsiones se concentran en Guanajuato, EdoMex, Nuevo León, CDMX, Veracruz, Jalisco, Guerrero y Michoacán, donde se opera de manera prioritaria con equipos especializados.

Para garantizar el éxito de la estrategia, resulta indispensable la participación de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para el congelamiento de cuentas bancarias donde se depositan los cobros de las extorsiones, además se solicitarán mandamientos judiciales para bloquear líneas telefónicas vinculadas a este delito, y se desarrollarán operativos sorpresa en centros penitenciarios para el aseguramiento de equipos telefónicos que son utilizados para cometer este ilícito.

La línea telefónica 089 será exclusiva a nivel nacional para atender denuncias y orientar a la población sobre este delito, y ya se cuenta con operadores especializados en el tema, además cuentan con un protocolo ante denuncias de extorsión directa o indirecta.

Resulta prioritario proteger en todo el procedimiento, la identidad de la víctima, por ello, las denuncias serán anónimas y la extorsión se perseguirá de oficio, lo que facilitará la integración de las carpetas de investigación que permitirán a las autoridades dar seguimiento a estos delitos y detener a los generadores de violencia.

Se brindará capacitación a cajeros de tiendas de conveniencia e instituciones bancarias para evitar depósitos a extorsionadores, así como a recepcionistas de hoteles del país para identificar y evitar casos de secuestro virtual.

Iniciará en breve una campaña preventiva, de actualización permanente, para que toda la población pueda estar informada y protegida de este delito.

Participación ciudadana

La participación ciudadana es fundamental. Aunque la estrategia está liderada por instituciones del Estado, se han incorporado mecanismos para que la sociedad civil contribuya activamente en la prevención, denuncia y seguimiento de este delito.

Formas de participación ciudadana

  • Denuncias anónimas al 089: Se habilitó una línea nacional con operadores capacitados para recibir reportes de extorsión, garantizando la protección de la identidad del denunciante.
  • Observatorio de Seguridad Ciudadana: Presente en 20 estados, canaliza reportes ciudadanos sobre extorsión y secuestro, lo que ha permitido salvar vidas y proteger familias.
  • Campañas de prevención: Se difundirán materiales informativos para que la población identifique riesgos y sepa cómo actuar ante intentos de extorsión.
  • Capacitación a sectores clave: Ciudadanos que trabajan como cajeros, recepcionistas de hoteles o empleados bancarios reciben formación para detectar y evitar extorsiones o secuestros virtuales.
  • Colaboración con organizaciones civiles: La participación de ONGs y colectivos locales es primordial en la difusión de información y acompañamiento a víctimas.

Retos y oportunidades

  • Más del 96% de los casos de extorsión no se denuncian, lo que refleja una profunda desconfianza hacia las autoridades.
  • Se ha señalado la necesidad de inutilizar números telefónicos usados para extorsión, ya que muchos siguen activos incluso después de ser reportados.
  • Los centros penitenciarios siguen siendo el principal cunero de las extorsiones, y su desmantelación es improbable mientras existan las redes de complicidad institucional.
  • La estrategia aún no contempla acciones específicas para proteger a poblaciones migrantes, quienes son especialmente vulnerables a este delito.

La participación ciudadana no solo fortalece la estrategia, sino que también legitima la acción institucional y permite construir redes de protección comunitaria.

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El derecho humano al agua

FOTO: Archivo.

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Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). El derecho humano al agua se fundamenta en la garantía de que toda persona pueda disponer de agua en cantidad suficiente, de calidad adecuada y en condiciones que permitan satisfacer las necesidades básicas de la vida. Esto incluye el agua para beber, cocinar, el aseo personal y otros usos domésticos esenciales.

En síntesis, este derecho reconoce que sin acceso a un recurso vital como el agua es imposible ejercer otros derechos fundamentales, como el derecho a la salud, la alimentación, la vivienda o el medio ambiente sano.

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El derecho humano al agua implica que este recurso debe ser administrado de forma equitativa, sostenible y accesible. Esto no solo significa que el agua debe estar disponible, sino también que su costo y distancia no representen una barrera para las personas, garantizando que el acceso no sea el privilegio de unos pocos, sino un bien público destinado a mejorar la calidad de vida y a promover el desarrollo sostenible. Para ello, el Estado tiene la obligación de implementar políticas y leyes que regulen su distribución, preservación y uso racional, evitando la privatización o sobreexplotación que pudiera afectar a comunidades vulnerables.

Resoluciones relevantes de la SCJN

Amparo en Revisión 269/2013

El acceso al agua potable forma parte del contenido esencial del derecho a una vida digna. Este precedente establece que el Estado tiene la obligación de garantizar un mínimo vital de agua, incluso en contextos de pobreza o marginación.

Acción de Inconstitucionalidad 49/2014

La SCJN determinó que el corte del suministro sin notificación previa vulnera derechos fundamentales, como el debido proceso y el acceso al agua.

Amparo Directo en Revisión 4441/2020

La Corte reafirmó que el servicio de agua potable, aun cuando sea prestado por particulares, debe respetar los estándares del derecho humano al agua. Se resolvió que los usuarios tienen derecho a ser informados antes de cualquier suspensión del servicio, salvo en casos de falta reiterada de pago.

Tesis Aisladas y Jurisprudencia

La SCJN ha emitido en múltiples tesis que el agua es un bien público y que su acceso debe ser equitativo, suficiente, salubre y asequible. Estas tesis también han abordado la relación del derecho al agua con otros derechos, como el medio ambiente sano y la salud.

Resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Por expreso sometimiento del Estado mexicano a la jurisdicción de la CIDH, las siguientes resoluciones son vinculantes, y, por tanto, es obligatorio su cumplimiento para México, aunque nuestra nación no haya sido parte en la controversia generadora de la causa.

Comunidad Indígena Yakye Axa vs. Paraguay (2005)

La falta de acceso al agua potable y alimentos adecuados vulnera el derecho a la vida digna de la comunidad indígena. Este caso marcó un hito al vincular el derecho al agua con el derecho a la vida en condiciones de dignidad.

Comunidad Indígena Sawhoyamaxa vs. Paraguay (2006)

Se reiteró que el Estado tiene la obligación de garantizar condiciones mínimas de subsistencia, incluyendo el acceso al agua, especialmente para comunidades en situación de vulnerabilidad.

Comunidad Indígena Xákmok Kásek vs. Paraguay (2010)

La Corte reafirmó que la falta de acceso al agua potable y servicios básicos constituye una violación del derecho a la vida y a la integridad personal.

Caso Pacheco Teruel y otros vs. Honduras (2012)

En el contexto de personas privadas de libertad, la Corte señaló que las condiciones de detención, -incluyendo el acceso al agua-, deben respetar la dignidad humana.

La jurisprudencia de la CIDH establece que el derecho al agua es indispensable para garantizar otros derechos humanos. Aunque no esté expresamente consagrado en la Convención Americana, su protección se deriva de una interpretación evolutiva y pro persona del sistema interamericano.

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