¿Sufriste alguna perdida por los apagones? ¡Te la pueden pagar!

30-Jul-2019

FOTO: Internet.

La Paz, Baja California Sur (BCS). En recientes días, se han manifestado inconformidades por parte de los ciudadanos de La Paz y Los Cabos, por apagones en sus hogares, con lo que se puede ver afectada la propiedad de las personas causándose daño en aparatos eléctricos por la variación de energía.

Si esto sucede, los daños pueden ser cobrados a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), ya que el propio contrato de suministro de energía así lo marca.

¿Quién puede solicitar el trámite? El usuario del servicio público de energía eléctrica que tenga el contrato a su nombre.

¿En qué casos? Cuando por acto u omisión imputable a la CFE, se originen cambios súbitos en las características del suministro de energía eléctrica, excediéndose las tolerancias permisibles en tensión o frecuencia, y con ese motivo se causen desperfectos en instalaciones, equipos o aparatos eléctricos del usuario.

¿Cuál es el fundamento jurídico? Articulo 40 Párrafo Segundo del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

¿Cómo presentar el trámite? Mediante escrito libre en el que se especifique su número de contrato de suministro, su nombre o razón social, el domicilio en que se proporciona el servicio, la fecha y hora en que ocurrió el evento que generó el daño y la relación de los bienes dañados agregando su valor comercial. La solicitud se presentará en las oficinas de la propia CFE. En la ciudad de La Paz, se encuentran ubicadas en Calle Melchor Ocampo sin número, colonia Centro, CP. 23000.

¿Qué sucederá a continuación? La CFE enviará técnicos a su domicilio a verificar la falla reportada, y posteriormente emitirá un dictamen al respecto. De resultar procedente la reclamación, el usuario deberá acreditar la propiedad del bien dañado mediante factura o nota de compra.

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