Cuenta BCS con Nueva Ley de Atención Prehospitalaria

12-Dic-2019

FOTO: Archivo

La Paz, Baja California Sur (BCS). Baja California Sur cuenta con una nueva Ley de Atención Prehospitalaria, con la que se ordenará y coordinarán los servicios de ambulancias que prestan las instituciones médicas públicas y privadas, se armonizan con la  norma oficial mexicana NOM-034-SSA3-2014; paralelamente se aprobó una propuesta ciudadana de reforma a la Ley de Salud estatal para incluir este servicio como una obligación del Estado, informó el Congreso del Estado.

La noche del martes, los integrantes del Congreso del Estado de Baja California Sur aprobaron por unanimidad esta nueva ley propuesta por el presidente de la Comisión Permanente de Salud, diputado Humberto Arce Cordero y la propuesta del ciudadano Gaudencio González Cota.

La nueva Ley de Atención Prehospitalaria para el estado determina las competencias para la coordinación de los servicios, la vigilancia y en su caso sanciones en caso de incumplimiento de servicios de atención prestado por ambulancias a las que se sujetan, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la Cruz Roja Mexicana, el Heroico Cuerpo de Bomberos, entre otras, ya que no existía un sistema de urgencias responsable de coordinar las acciones interinstitucionales que se deben llevar a cabo en situaciones de emergencias, contingencias y desastres.

En la legislación se crea el Centro Regulatorio de Servicios de Urgencias, Emergencias y Atención Médica Pre-hospitalaria (CRUM), como la instancia técnico-médico-administrativa responsable de la Secretaría de Salud Estatal, que establecerá la secuencia de las actividades específicas para la atención médica pre-hospitalaria, en el sitio del evento crítico, el traslado y la recepción en el establecimiento para la atención médica, designado con la finalidad de brindar atención médica oportuna y especializada las 24 horas del día, los 365 días del año.

Crea el Sistema Estatal de Servicios de Urgencias y Emergencias Médicas para el Estado, como un organismo público descentralizado de la administración pública estatal, siendo la Secretaria de Salud la coordinadora del mismo, con participación ciudadana, dotado de autonomía de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyos objetivos pretenden la regulación y profesionalización de la atención prehospitalaria de urgencias y emergencias.

Para el decreto de la nueva ley, el poder legislativo contempló un impacto presupuestal anual de 15 millones 742 mil 922.51 pesos para servicios personales, gasto corriente e inversión inicial en mobiliario, ya previsto en el presupuesto estatal del ejercicio 2020.

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