Qué es el derecho de vía y porqué se cobra impuestos a los anuncios espectaculares

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Explicaciones Constructivas

Por Noé Peralta Delgado

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Cuando vamos manejando nuestro vehículo por alguna carretera y nos vamos acercando a una ciudad, salen a nuestra vista anuncios espectaculares de publicidad, regularmente de hoteles y cuando se acercan los tiempos electorales se ven las fotos gigantescas de los que tal vez, serán nuestras próximas gobernantes. A veces, entra por nuestra mente y por curiosidad, saber que se ocupa para poner alguno anuncio propio, cuanto dinero se usa en pagar al poseedor de la estructura donde va el anuncio y que se ocupa para conocer bien la reglamentación sobre el derecho de vía del camino por donde se encuentra el anuncio.

Uno de los territorios, mas comunes y de los cuales la mayoría de las personas desconocen, son el llamado: Derecho de Vía o Servidumbre de Tránsito. Estos, son terrenos que anteriormente, al menos en la República Mexicana, se donaban por la construcción de algún camino por parte del gobierno federal o estatal; y según se ha investigado no había ningún impedimento para que en caso de haber algún propietario que interfiriera en la construcción del camino, se negara la construcción del camino proyectado. A lo más que se llegaba, era a una expropiación de manera simbólica o alguna negociación con el propietario afectado.

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Fue así como, en el ya lejano 1972, se inició con la construcción de la carretera federal No. 1, o mejor conocida como carretera transpeninsular Benito Juárez, que al irse construyendo iba devorando una franja de 40 kilómetros en toda su construcción. Se dice de manera literal, que se iba limpiando de maleza y cortando cerros (donde se podía), para crear el derecho de vía que diera la certeza jurídica al gobierno federal, de que toda propiedad sobre esa franja es exclusivamente adscrita a su poder. El derecho de vía bien contemplado en la ley federal de caminos y puentes, específicamente en el artículo 2, apartado 3, dice textualmente: Derecho de vía: Franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación, cuya anchura y dimensiones fija la Secretaría, la cual no podrá ser inferior a 20 metros a cada lado del eje del camino. Tratándose de carreteras de dos cuerpos, se medirá a partir del eje de cada uno de ellos.

Como se dice en la citada ley, que esto también pasa en la mayoría de las legislaciones de las carreteras estatales, que el derecho de vía es una línea imaginaria paralela al centro o eje del camino y que va a una distancia equidistante de 20 metros desde dicho eje hacia ambos lados del camino; es por esto que esa franja de terreno es exclusivamente propiedad de la dependencia gubernamental, que se aprovecha muchas veces, como paso de postería de CFE y por donde también se transmiten líneas telefónicas o de fibra óptica entre otros usos exclusivos o bien concesionado a empresas privadas.

Otra de las reglamentaciones que marca o regulan este derecho de vía, son todos los terrenos limítrofes con la propiedad federal, donde cualquier persona particular que tenga un anuncio comercial qué de directamente con el camino, tiene la obligación de pagar los impuestos como si se tratase de un local comercial. En la página de trámites y ficha de uso y aprovechamiento de vía para la instalación de anuncios, vienen todos los requisitos que se deben de cumplir para poder tener estos anuncios, así también, los cobros de derecho para hacer uso del camino para fines publicitarios. Con todos los permisos en regla, creemos que los propietarios los rentan a buen precio cuando hay gran flujo de automovilistas, así tenemos que a la salida del aeropuerto internacional de La Paz y Los Cabos estos anuncios espectaculares publicitarios inundan el panorama y dan una bienvenida a los turistas.

En el caso de los caminos estatales, donde la Junta Estatal de Caminos, a cargo del gobierno estatal de Baja California Sur, también tiene la reglamentación similar y marca la misma distancia del eje del camino; pero un caso especial se tiene con la carretera estatal, que comunica el poblado pesquero de Las Barrancas con San Juanico, donde al parecer se construyó el camino pavimentado sin negociar el derecho de vía, y es que en actualidad uno de los principales obstáculos para la realización de una vía de comunicación no es precisamente el aspecto económico, sino la regularización de los terrenos por donde pasará la vía de comunicación. En la actualidad salen dueños que ni el gobierno se imagina y que mediante demandas con buenos abogados, ganan los pleitos, convirtiendo un costo altísimo por declarar el derecho de vía. Ya se acabaron los tiempos, como se explicó al principio, donde las personas donaban o recibían de forma simbólica la expropiación de sus terrenos para que pasara el camino, por el bien social.

Uno de los principales promotores de bloquear la construcción de carreteras y trenes, son precisamente los terrenos ejidales que en su momento el gobierno federal obsequió a persona para cumplir con los postulados de la revolución mexicana; qué de manera irónica, actualmente piden grandes cantidades dinero al mismo gobierno para ceder esa tan necesaria franja llamada: Derecho de Vía.

En algún artículo futuro, nos encargaremos de estudiar el caso del derecho de vía del camino de Las Barrancas a San Juanico, donde la población de esta última localidad, pide a gritos la llegada del servicio de energía eléctrica, que CFE por obvias razones, no quiere tener demandas millonarias por hacer uso de un suelo que tiene dueño y muchas veces dueños ejidales.

Escríbenos a noeperalta1972@gmail.com

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, esto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.

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Explicaciones Constructivas

Noé Peralta Delgado

Ingeniero Civil egresado del Instituto Tecnológico de La Paz en 1995, con Maestría en Valuación Inmobiliaria, por la Universidad Autónoma de Durango. Oriundo de Ciudad Constitución, Baja California Sur, donde nació el 19 de agosto de 1972 y donde actualmente radica; se desempeña como constructor de obra civil y proyectos topográficos principalmente. Tiene en su historial haber fundado el Colegio de Ingenieros Civiles de BCS, sección Comondú, en el año 2005, y participar activamente en cursos y reuniones afines al quehacer de la ingeniera civil. En el trienio 2015-2018, se desempeñó como director de Catastro Municipal en Comondú, donde se especializó en temas relacionados con la tenencia de la tierra, a través del diplomado en catastro multifinalitario en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. 

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