Extranjeros perniciosos, impunes ¿hasta cuándo?

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Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de nuestra Carta Magna, son extranjeras todas las personas que no cuenten con la nacionalidad mexicana.

Es considerado pernicioso todo extranjero que lleve a cabo actividades proscritas, que pongan en peligro la estabilidad política, la seguridad nacional y/o la paz pública.

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En principio, toda persona, nacional o extranjera, conforme al principio de igualdad, goza de los derechos humanos y garantías que reconoce la Constitución, con las salvedades que establece en su Artículo 11, para el caso de extranjeros residentes en el país, que están sujetos a las  limitaciones que imponen las leyes migratorias, lo que significa que, -previa audiencia-, los extranjeros perniciosos residentes en territorio mexicano, pueden ser expulsados del país.

Antes de la reforma constitucional del 2011, el Presidente de la República podía expulsar del país a los extranjeros perniciosos, sin juicio previo. Actualmente dicha expulsión debe condicionarse a un procedimiento administrativo. Si bien es cierto que antes de la reforma en cita las autoridades migratorias operaban con grandes márgenes de arbitrariedad, también lo es que existía un control que ahora no existe, respecto de la presencia de extranjeros perniciosos en territorio nacional.

Nuestras autoridades migratorias, en lugar de establecer protocolos de actuación que adecuaran sus procedimientos a la reforma constitucional, dejaron de dar seguimiento a los casos en los que era evidente la amenaza que representa la presencia de extranjeros perniciosos en territorio nacional.

Y es que la fracción IV del Artículo 144 de la Ley de Migración, reserva la deportación para casos de delitos considerados graves, lo que se ha convertido en abanico de posibilidades para delincuentes extranjeros, que bien organizados, han escalado en el nivel y gravedad de sus felonías.

Como consecuencia de lo anterior, en el último decenio se ha incrementado potencialmente la presencia de bandas delictivas procedentes del extranjero, dedicadas no sólo a delitos no graves, sino que han incursionado ampliamente en delitos como robo a casa habitación, secuestro, extorsión, fraude maquinado, delitos cibernéticos, trata de personas, y otros delitos de alto impacto.

En una nefasta combinación de factores, delincuentes extranjeros operan impunemente en México, gozando de la presunción de inocencia y la ausencia de un protocolo efectivo para expulsar del país a criminales extranjeros.

Con un sistema persecutor de puerta giratoria y la inoperatividad de la autoridad migratoria, nuestro país es el paraíso de la delincuencia importada.

Baja California Sur no escapa a la escalada de impunidad que impera en todo el país, y si bien no estamos bajo el asedio de bandas criminales violentas, lo cierto es que cada día hay más extranjeros que operan bajo el cobijo del marco de impunidad descrito.

Un humilde mexicano comete un delito de bagatela y puede permanecer años en prisión, pero si un extranjero comete fraudes millonarios y se burla de las leyes mexicanas, mediante corruptelas, puede seguir operando impunemente, al abrigo de una autoridad migratoria complaciente.

Un claro ejemplo de ello es el caso del canadiense Robert Jan Neijmeijer, quien enfrenta actualmente -en libertad- cuatro juicios del orden criminal, por homicidio imprudencial, vinculado a proceso ante el juez de Control; fraude específico, sujeto a un auto de formal prisión en el sistema tradicional; otro fraude específico, sujeto a vinculación a proceso en el sistema acusatorio, -los tres procesos en el fuero común-, y en el fuero federal enfrenta un proceso por  violación a la Ley de Amparo,  sujeto a un auto de vinculación.

Este extranjero pernicioso saltó a la fama como #LordLamborghini el 23 de noviembre de 2016, cuando tripulando alcoholizado y a exceso de velocidad un lujoso vehículo deportivo marca Lamborghini (cuya procedencia lícita nunca acreditó), se estrelló en el corredor turístico de San José del Cabo, privando de la vida en el evento a su acompañante femenina y dejando en orfandad a un menor

A consecuencia de ese evento, fue vinculado a proceso en la causa penal C051/2016, donde celebró un acuerdo reparatorio, cuyo cumplimiento no ha acreditado y por ello la causa se encuentra pendiente de resolución.

También enfrenta dos procesos penales por fraude específico, en el sistema tradicional el Proceso Penal 152/2017 Juzgado Penal en San José del Cabo y en el sistema acusatorio la  Causa Penal 78/2018 Juez de Control en la misma municipalidad. Estos diversos de fraude se relacionan con la empresa de Atlantis Prestige S. de R.L. de C.V., de la cual es propietario, y a través de la cual se compromete a construir casas y amueblarlas, sin cumplir con lo pactado, pese a cobrar para ello cantidades millonarias.

El cuarto proceso penal le fue fincado por la Fiscalía General de la República, atendiendo a una vista ordenada por el Tribunal Colegiado de Distrito, que detectó que este sujeto interpuso diversos juicios de amparo, contra idéntico acto reclamado, con el fin de obtener subsecuentes suspensiones y así evadir citaciones judiciales, retardando con ello la sana administración de justicia, y por ende, en perjuicio de las víctimas de sus fraudes, que vieron dilatado por más de un año, el inicio del juicio respectivo gracias a las argucias delictivas del multicitado extranjero pernicioso.

Pese a todos los antecedentes referidos, este sujeto circula libremente, y su empresa, instrumento de delito que utiliza para defraudar, opera con plena complacencia oficial.

¿Hasta cuándo, nuestras autoridades migratorias permitirán que este tipo de extranjeros perniciosos hagan del territorio nacional su campo de actividad delictiva?

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, esto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

Abogado por la UNAM. Nació en el Distrito Federal en 1956, pero es paceño por adopción. Tiene estudios de posgrado: dos maestrías y cursa actualmente un doctorado; fue docente en la UNAM en el Estado de México; también cuenta con diplomados en Barcelona y Madrid, en España, y en Buenos Aires, Argentina. Trabajó en la PGJDF, PGR y el Departamento de Justicia de Estados Unidos.

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