El Sistema Estatal Anticorrupción en BCS

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Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). La semana pasada se llevó a cabo un foro virtual convocado por el Sistema Estatal Anticorrupción, donde representantes de la sociedad civil se manifestaron en forma coincidente, sobre la necesidad de combatir la corrupción, tanto en el sector público como privado, y desde su perspectiva, cada uno en representación de la organización a la que pertenecen, aportó ideas y sugerencias que habrán de ser tomadas en cuenta por los organizadores del foro, al momento de elaborar la política estatal anticorrupción.

El Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), es un organismo de papel, que nace por decreto, en abril de 2017, pero hasta la fecha su existencia no se ha visto reflejada en acciones trascendentes, lo que explican -entre otras razones-, porque no contamos a la fecha con un fiscal anticorrupción, ente persecutor que conforme a la ley que crea el sistema, será el responsable de enderezar la pretensión punitiva en los casos de corrupción, y sin fiscal, el sistema es un tigre desdentado.

 

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Hay mucho de circo en torno a este sistema, lleno de buenas intenciones, pero ineficaz e inoperante. Se publicita como independiente y nutrido de la participación ciudadana, pero orgánicamente se estructura de forma tal, que siempre la última palabra la tienen aquellos a quienes, en principio, debiera hacerse objeto de escrutinio y rigurosa fiscalización en su desempeño oficial.

Consideramos que para que el sistema anticorrupción tenga credibilidad y, sobre todo, eficacia funcional, debe estar 100% “ciudadanizado”, dotado de plena autonomía orgánica, administrativa y presupuestal. De hecho, ni siquiera es necesario contar con un fiscal anticorrupción (como si existieran los fiscales “procorrupción”), basta con exigir al Ministerio Público que cumpla con su función, y coadyuvar en las investigaciones aportando los datos de prueba necesarios para que, en cada caso, se concrete el ejercicio de la acción penal.

Más que un fiscal especial, necesitamos un órgano ciudadano que exija el cumplimiento de la ley y acompañe todo el proceso, desde la investigación hasta la ejecución de las sanciones, en hechos sancionables penal o administrativamente, relacionados con actos de corrupción.

El SEA, nos dijeron, tiene como objeto establecer los principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos, para la coordinación entre todos los órganos de gobierno, para la prevención, detección y sanción de las faltas administrativas y hechos de corrupción, así como la fiscalización y control de recursos públicos. Tiene como finalidad establecer, articular y evaluar la política anticorrupción.

Lo anterior suena muy bien, pero es muy poco probable que el sistema funcione cuando las decisiones importantes las sigan tomando aquellos a quienes, se supone, se deben vigilar. El esfuerzo y dedicación que aporte el ciudadano se diluirá en el proceso, a partir de que finalmente será la propia autoridad la que tome las decisiones trascendentes cuando se trate de sancionar a los malos servidores públicos.

La cúpula del SEA está integrada por funcionarios del gobierno, la mayoría dependientes del ejecutivo, o dotados de independencia orgánica pero no presupuestal, vinculados todos entre sí por compromisos partidistas o ligas de amistad y/o intereses de grupo. La cúpula denominada “comité coordinador” se integra por:

  • El presidente del SEA
  • El titular de la Auditoría Superior del Estado
  • El Fiscal Anticorrupción
  • El titular de la Contraloría General del Estado
  • El presidente del Consejo de la Judicatura del Estado
  • El presidente del Tribunal de Justicia Administrativa
  • El Comisionado presidente del ITAIBCS

Este comité, integrado -con excepción del presidente- por empleados públicos de primer nivel, titulares designados por el gobernador en turno, o mediante procedimiento en el que el gobernador tiene mucha influencia, difícilmente podrá tener la objetividad, independencia, imparcialidad y honorabilidad que se requiere para realizar cabalmente la funciones de diseño, promoción y evaluación de las políticas públicas tendientes a la prevención, detección, combate y sanción a la corrupción.

¿Cómo vamos a creer en su probidad? Por ejemplo, el presidente del consejo de la judicatura, que es al mismo tiempo presidente del Tribunal Superior de Justicia en el Estado, lleva 9 años ininterrumpidos en el cargo, cuando la Constitución del Estado señala que solo debe durar en dicho cargo tres años (Art 95). Sabemos que el poder es adictivo, y, con tal de mantenerse en el mismo, violenta el marco constitucional, en flagrante acto de corrupción, ¿Cómo podemos creer que participará activamente en acciones de combate a la corrupción, cuando se beneficia de la misma?

Una presidencia de tres años que se convierte en perpetua o vitalicia, es una burla a la ley, un descarado acto de corrupción, que no tiene justificación alguna. Y es este personaje uno de los encargados de combatir la corrupción. Preside al mismo tiempo el consejo de la judicatura, órgano público que maneja con absoluta opacidad el fondo auxiliar para la administración de justicia, un fondo multimillonario que maneja con absoluta discrecionalidad y oscurantismo. Dicho fondo, nunca ha sido auditado, y solo beneficia a quien la cúpula judicial así lo determina. Un fondo público que debe estar sujeto a un severo y estricto control y escrutinio, bajo elevados parámetros de transparencia, se maneja como partida secreta del Tribunal de justicia estatal. Está claro entonces el motivo de su afán por perpetuarse en el poder.                                                               

Los demás servidores públicos integrantes del comité cupular del SEA, también son susceptibles de revisión de sus antecedentes, y no todos saldrían bien librados.

Si el SEA fuera totalmente ciudadano, podríamos creer en su viabilidad, pero mientras esté estructurado de tal modo que sean los propios funcionarios estatales los que tomen las decisiones trascendentes, difícilmente podrá dar resultados, y seguirá como hasta ahora, durmiendo en el sueño de las expectativas.

El SEA, en su estructura actual, cuenta con un comité de participación ciudadana, integrado por cinco ciudadanos elegidos por un comité elegido por el Congreso del Estado. Es decir, que la participación del gobernado, está, en principio, sujeta al filtro oficial del poder legislativo, donde impera más el interés partidista que la auténtica representación popular. Ya entonces de inicio, encontramos un proceso selectivo donde es el gobernante el que decide qué ciudadano lo va a supervisar.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, esto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

Abogado por la UNAM. Nació en el Distrito Federal en 1956, pero es paceño por adopción. Tiene estudios de posgrado: dos maestrías y cursa actualmente un doctorado; fue docente en la UNAM en el Estado de México; también cuenta con diplomados en Barcelona y Madrid, en España, y en Buenos Aires, Argentina. Trabajó en la PGJDF, PGR y el Departamento de Justicia de Estados Unidos.

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