Polvo de esperanza en el drama de la vivienda en Baja California Sur

FOTOS: Cortesía.

Vientos de Pueblo

José Luis Cortés M.

 

San José del Cabo, Baja California Sur (BCS). La península tiene poco de tierra cultivable, mucho de desierto y demasiado de promesas incumplidas. En ese espacio entre lo que se dice y lo que se vive, han ido apareciendo asentamientos irregulares, invasiones encubiertas, lotificaciones fantasmas. Son lugares donde el agua llega en pipas, la luz es improvisada y los techos son de lámina oxidada o cartón reciclado. Gentes que llegan buscando un lugar propio, aunque legalmente no sea suyo.

El fenómeno de las ocupaciones ilegales —conocidas como okupaciones — no es nuevo, pero sí ha crecido al ritmo de la desigualdad. Familias enteras, muchas veces provenientes de otros estados o de zonas rurales marginadas, ven en la toma de terrenos baldíos o abandonados una salida a la crisis habitacional. Algunas lo hacen por necesidad; otras, organizadas por líderes anónimos, lo convierten en negocio: cobran por el acceso, venden lotes que no poseen y prometen una regularización que jamás llega.

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Baja California Sur no escapa de esta realidad. Con un turismo que avanza imparable y una infraestructura urbana que no alcanza a cubrir la demanda, la presión sobre el suelo es feroz. Mientras en Los Cabos un departamento modesto puede costar más de 3 millones de pesos, en las afueras de La Paz, familias construyen sus casas sobre predios sin escriturar, sin servicios básicos, bajo el riesgo constante de un desalojo.

De acuerdo con el Artículo 395 del Código Penal Federal, tomar posesión de un inmueble ajeno sin autorización constituye el delito de despojo. Las penas van desde tres meses hasta cinco años de prisión, y pueden aumentar si hay violencia o si están involucradas más de cinco personas. Pero la ley, muchas veces, llega tarde o solo cuando el problema ya estalló.

Y es que detrás de cada lote invadido hay historias que no caben en un expediente judicial. Hay madres que buscan seguridad para sus hijos; jóvenes que no encuentran trabajo formal y menos aún un lugar donde vivir; ancianos que llevan décadas moviéndose de un lugar a otro, siempre al margen. Personas que, si tuvieran otra opción, no estarían ahí. Pero otra opción no tienen.

Este tipo de ocupaciones no surge en el vacío. Se alimenta de carencias estructurales: la falta de programas serios de vivienda, la especulación inmobiliaria, la concentración de la propiedad en manos de pocos y la ausencia de políticas públicas claras. Es fácil señalar con el dedo a quienes toman terrenos, pero más difícil es reconocer que el Estado ha fallado en garantizar uno de los derechos más básicos: tener un techo bajo el cual dormir.

En comunidades como San Bartolo, Santa Rosalía o Guerrero Negro, el fenómeno se repite con distintos matices. En algunos casos, se trata de familias que ocupan predios federales olvidados. En otros, son grupos coordinados que actúan durante la noche, colocan postes, alambres y pancartas que marcan “posesión popular”. Al día siguiente, ya están ahí. Ya duermen allá. Y ya empiezan a construir.

El gobierno responde con operativos de seguridad, con desalojos que suelen terminar en enfrentamientos o en promesas incumplidas. Pocas veces hay alternativas reales: no hay viviendas sociales disponibles, ni créditos accesibles, ni proyectos viables que ofrezcan soluciones a largo plazo. Así, el ciclo se repite. Otro predio invadido. Otra orden de desalojo. Más promesas rotas.

Según datos del INEGI, en 2023 más del 17% de las viviendas en zonas urbanas de Baja California Sur carecían de escrituras públicas o tenían posesión irregular . Ese porcentaje sube drásticamente en zonas periféricas y comunidades rurales. Y aunque no existe un censo específico sobre okupaciones ilegales, especialistas en ordenamiento territorial coinciden: el fenómeno crece al ritmo de la necesidad.

No todos los casos son iguales. No todos los okupas son criminales. Ni todos los propietarios, víctimas inocentes. Detrás de cada conflicto hay intereses económicos, redes de poder local, decisiones políticas y, muy frecuentemente, una población que sólo busca sobrevivir. Por eso, criminalizar sin entender no resuelve. Ni tampoco justificar sin exigir.

Lo cierto es que en una región donde el turismo mueve miles de millones de pesos al año, resulta inadmisible que familias enteras tengan que arriesgar su vida por un pedazo de tierra. Que niños jueguen entre cables eléctricos mal instalados. Que mujeres caminen kilómetros buscando agua potable. Que todo esto ocurra al margen de la vista oficial, como si fuera normal.

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Propone Diputado tipificar delitos contra el desarrollo urbano en Código Penal de BCS

FOTO: Archivo / Congreso de BCS.

La Paz, Baja California Sur (BCS). Para evitar malas prácticas y fraudes en la compra-venta de predios y viviendas, el diputado Eduardo Van Wormer Castro propuso tipificar en el Código Penal, delitos contra el desarrollo urbano, informa el Congreso del Estado a través de un comunicado oficial.

La propuesta del legislador incorpora un capitulo IV con la finalidad de fortalecer la acción punitiva del Estado cuando se cometan conductas ilícitas  por parte de diversos actores, quienes por intereses personales operan al margen de la ley ofreciendo falsas soluciones de suelo y vivienda, trayendo consigo todo tipo de conflictos legales, contando en muchos de los casos con la complicidad de funcionarios y servidores públicos.

También busca dar visibilidad de forma específica a este tipo de conductas, agrupando en un solo apartado diversas hipótesis normativas que atenten contra el desarrollo urbano.

Propone derogar el articulado relativo al fraude específico, para trasladarlo al nuevo capítulo, mejorando y ampliando incluso los alcances de la fracción XI a que se refiere al caso de cuando una persona fraccione o transfiera por sí o por un intermediario, la propiedad o la posesión sobre un terreno urbano o rústico, sin previo permiso de las autoridades competentes o sin haber cumplido los requisitos establecidos en las leyes de la materia para su autorización.

Por otra parte, en el Artículo 243 Bis se establece que cuando el objeto de la operación sean inmuebles ejidales o comunales se aplicará a los responsables la pena de 5 a 13 años de prisión. También se dispone que se impondrán de 1 a 3 años de prisión a quien a sabiendas ordene cualquier tipo de publicidad ofreciendo lotes sobre predios de un fraccionamiento no autorizado.

En el Artículo 243 Ter propone de 2 a 4 años de prisión; destitución del empleo, cargo o comisión, e inhabilitación de uno, y hasta por 3 años para desempeñar otro, y multa por el importe equivalente de mil a 3 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; a los servidores públicos que de manera dolosa, contraviniendo la zonificación primaria o índice de edificación contenida en los planes de desarrollo urbano, aprueben modificación de zonificación primaria, entre otras. La iniciativa se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia para su dictaminación, concluye el boletín de prensa del Congreso del Estado.