Usos y costumbres de los pueblos indígenas

FOTOS: Pao Laroid/Shutterstock | Foro Jurídico Mx.

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). En el ámbito jurídico mexicano, los usos y costumbres se entienden como el conjunto de normas, prácticas y formas de organización social que los pueblos y comunidades indígenas precolombinas han desarrollado históricamente y que regulan aspectos esenciales de su vida interna, como:

  • La elección de autoridades
  • La resolución de conflictos
  • El acceso y uso de la tierra
  • Las relaciones familiares y comunitarias

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A partir de la reforma constitucional, tales sistemas normativos fueron reconocidos expresamente en el Artículo 2º de la Constitución, como manifestación del derecho a la autodeterminación y autonomía indígena.

La Suprema Corte ha desarrollado una línea interpretativa sólida en torno a los sistemas normativos indígenas. Entre sus criterios más relevantes destacan:

  • Los usos y costumbres tienen validez jurídica, no son meras prácticas culturales, forman parte del pluralismo jurídico mexicano, coexistiendo con el sistema legal estatal, deben ser respetados por las autoridades, siempre que no vulneren derechos humanos, especialmente los de mujeres, niñas y grupos en situación de vulnerabilidad.
  • Los jueces están obligados a aplicar una perspectiva intercultural, lo que implica comprender el contexto cultural al resolver conflictos.
  • El reconocimiento de estos sistemas no es concesión del Estado, sino un derecho preexistente de los pueblos indígenas.

A nivel internacional, la Corte Interamericana ha fortalecido este reconocimiento dentro del marco de derechos humanos. Sus principales aportaciones incluyen:

◆ El derecho de los pueblos indígenas a conservar sus propias instituciones jurídicas y políticas.

◆ La protección de la identidad cultural como elemento esencial de la dignidad humana.

◆ El reconocimiento del derecho al territorio y a sus formas tradicionales de posesión y uso (casos como Awas Tingni vs. Nicaragua o Yakye Axa vs. Paraguay).

◆ La obligación de los Estados de garantizar la consulta previa, libre e informada.

En este contexto, los usos y costumbres no son vistos como excepciones, sino como expresiones legítimas de derechos colectivos.

México es una nación pluricultural sustentada en sus pueblos indígenas, que necesita superar una visión integracionista y avanzar hacia un modelo de reconocimiento y respeto a la diversidad que pueda garantizar autonomía, sin romper la unidad del Estado.

Lo anterior plantea la necesidad de armonizar el respeto a los sistemas normativos indígenas con el marco de derechos humanos, pues la crítica recurrente es que el reconocimiento plasmado en el marco constitucional es limitado y condicionado, dejando amplio margen a las legislaciones estatales.

A diferencia de otras entidades, Baja California Sur no cuenta con una ley estatal específica de reconocimiento y protección de los derechos de los pueblos indígenas, por razones históricas y demográficas:

No existen pueblos indígenas originarios con asentamientos históricos consolidados en el territorio estatal en términos comparables a otras regiones del país.

La población indígena en BCS es mayoritariamente migrante, proveniente preponderantemente de estados como Oaxaca, Guerrero y Chiapas.

Esto ha llevado a una percepción institucional de que no se requiere una legislación específica, lo cual es jurídicamente cuestionable.

Las comunidades indígenas migrantes en BCS pueden invocar usos y costumbres, pero deben acreditar plenamente su identidad cultural. No es válido escudarse en un indigenismo de oportunidad, para tratar de crear un estadio ficticio de supra normatividad.

En el supuesto de existir una comunidad radicada en la media península que invoque y acredite identidad plena, basada en usos y costumbres propios de etnias precolombinas, deberán cubrirse algunos matices importantes.

Fundamentación

◆ Derechos humanos universales

Los derechos de los pueblos indígenas no dependen del territorio originario, sino de su identidad cultural y colectiva.

◆ Constitución y estándares internacionales

El Artículo 2º constitucional y la jurisprudencia interamericana reconocen derechos a los pueblos indígenas sin limitar su ejercicio a su lugar de origen.

◆ Autodeterminación en contextos migrantes

Las comunidades indígenas pueden organizarse, preservar sus normas internas y prácticas culturales incluso fuera de su territorio ancestral.

Límites

Փ No pueden ejercer funciones que impliquen sustituir al Estado (por ejemplo, crear sistemas paralelos de justicia con efectos generales fuera de su ámbito comunitario).

Փ Sus usos y costumbres deben respetar derechos humanos y orden público.

Փ La falta de reconocimiento legal estatal puede dificultar su ejercicio efectivo.

Corolario

El reconocimiento de los usos y costumbres no es una concesión cultural, sino un imperativo constitucional y de derechos humanos. Incluso en entidades como Baja California Sur, donde las comunidades indígenas son mayoritariamente migrantes, el Estado tiene la obligación de garantizar su derecho a la identidad, autonomía y organización.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.




Sudcalifornia: 100% migrante

FOTO: Archivo

Agenda Comunitaria

Por Frank Aguirre

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Hace unos meses, camino de Mérida a Tihosuco, Quintana Roo, platicaba profundamente con un queridísimo compañero sobre el racismo, el clasismo y el exterminio que sufren las comunidades de los pueblos originarios; en esa conversación hablábamos específicamente de la comunidad maya. Pasamos desde La Conquista al Porfiriato y las órdenes explícitas del mismo don Porfirio Díaz fue de exterminar —literalmente— a los pueblos mayas en resistencia, quienes se oponía a que los expulsaran de sus casas, de sus terrenos, de sus tierras, de sus costumbres, de sus rituales, de su lengua.

Durante esos años, a los soldados que lograban asesinar a los indígenas, se les daba una medalla con la insignia «Mérito al exterminio maya», así podía leerse a espaldas de dicha condecoración; cuando escuché esto no pude evitar pensar inmediatamente en Adolf Hitler y El Holocausto, el genocidio que a mitad del siglo pasado acabó con millones de personas que no eran afines al fascismo y el nazismo.

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Manifestación de pueblos originarios contra Monsanto (2015). FOTO: RT.

Continuando con la reflexión sobre el clasismo actual hacia los mayas en las urbes, y el racismo interiorizado de quienes buscan a toda costa negar sus raíces, los que cambian sus apellidos de origen maya y olvidan su lengua, los que no vuelven nunca al lugar donde nacieron, los que buscan “mezclarse” entre lo común, entre los “locales”; pensemos en que la idea del localismo, del regionalismo, o del patriotismo, a veces ésta se encuentra tan arraigada en nuestra mente que olvidamos reflexionar de dónde venimos. Después de platicar horas con Poot —mi compa maya— acerca de la xenofobia y diversos tópicos alrededor de la discriminación, no pude dejar de pensar cuántos de estos casos existen en Baja California Sur.

Querido Lector, Querida Lectora, ¿alguna vez te han preguntado?: «¿Tú no eres de por aquí verdad?, ¿eres chilango?». Lo más irónico es cuando quién te lo pregunta ni siquiera habla costeño, pero se siente muy “patasalada”. Existe ésta idea romántica del “sudcaliforniano de abolengo”, «el paceño de cepa”, «el descendiente 100% sudcaliforniano«. También están los apellidos de renombre, con historias de éxito, de empresarios que hicieron su fortuna en la nada, en el desierto, en la oportunidad que generaba la ausencia de competencia en un mercado vacío.

Asimismo, nos encontramos ante la creencia de que existe un «sudcaliforniano puro«, el que viene de El Triunfo, Miraflores, San José, Santa Rosalía, etcétera. Dicha idea es más falsa que unas pestañas postizas; tan sólo hace falta echarse un clavado en el Archivo Histórico «Pablo L. Martínez» para darnos cuenta de que estas familias de generaciones y generaciones de crianza y crecimiento en Baja California Sur, siempre tienen una ascendencia foránea, como la mía: los Palacios Avilés, familias conocidas y de varias generaciones atrás, asentadas en San José del Cabo, en la que si uno le rasca a la historia, resulta que un español se quedó atrapado en la península, tal como muchos foráneos, después de un trabajo encomendado —en este caso, en El Faro Viejo de Cabo Falso—.

FOTO: El Vigía

En estos apellidos reconocidos y populares en el estado, siempre podremos encontrar que la línea genealógica los lleva fuera de aquí: Francia, Japón, Inglaterra, Estados Unidos, China, Alemania, España, entre otros. Entonces, ¿qué es ser sudcaliforniano? Es imposible pensar en nuestra memoria histórica, en nuestro regionalismo, sin incluir nuestro pasado foráneo. Lo mismo sucede con quienes ya son “muy sudcalifornianos” porque la abuela llegó hace 80 años, ¿y de donde vino la abuela? Seguro llegó de Oaxaca, Veracruz, Ciudad de México, Durango, Guanajuato, Jalisco, Guerrero, Baja California, o más recientemente de Sonora o Sinaloa, más específicamente, de Hermosillo, Culiacán o Mazatlán.

¿A dónde voy con esto? Creo que después de 40 años de que Baja California Sur se conformara como Estado, es hora de comenzar a ampliar la discusión sobre qué es ser sudcaliforniano; principalmente en torno a nuestra memoria histórica y teniendo en consideración que somos de los estados con mayor migración al año.

No hace mucho tiempo escuché a alguien criticar el arte de un reconocido muralista local, dicha persona decía con desprecio «¡es que no usa los colores sudcalifornianos!». Pero, «¿cuáles son los colores sudcalifornianos?», me pregunté, ya que Sudcalifornia está llena de testimonios diversos, de personas con largas raíces, incluso de diversas etnias y pueblos originarios: zapotecos, yaquis, tojolabales, mixtecos, triquis, etcétera. Es mezquino no reconocer  a nuestros antepasados para hablar de una identidad en constante construcción como la de Baja California Sur.

La mayoría de los jornaleros que trabajan en BCS, son migrantes provenientes de otros estados del país. FOTO: Milenio

Es importante dialogar alrededor de nuestra construcción identitaria como sudcalifornianos, porque cuando no reconocemos que somos una comunidad diversa, estamos negando nuestra historia y la humanidad de quienes tenemos enfrente. Reflexionar sobre la sudcalifornieidad es relevante hoy en día porque vivimos entre una comunidad chovinista, polarizada y que a veces raya en la xenofobia.

No tiene nada de malo que los «chilangos» tomen puestos de toma de decisión en las instituciones —siempre y cuando estén capacitados para el puesto—; tampoco está mal que aumente cada vez más el porcentaje de residentes de la comunidad norteamericana —siempre y cuando no clausuren accesos a playas o especulen con los usos de suelo en las urbes—; al mismo tiempo la comunidad mexicana se está duplicando cada año en Phoenix, Los Ángeles o Houston; tampoco resulta más o menos paceño si no se habla como costeño, o si alguien tiene más de 30 años que vino a vivir a La Paz, o tiene toda su vida aquí.

Según la realidad que me he construido alrededor de “abolengos” y “chilangos”, de documentos, libros y datos duros, ser sudcaliforniano es ser migrante, porque no hay nada más sudcaliforniano que el amor por esta tierra. Y esta tierra se edificó y se sostiene a base de migrantes.

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