Reforma Judicial: algunas implicaciones

FOTO: Archivo.

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Con el argumento no acreditado de que el poder judicial federal es corrupto y está al servicio de la cúpula del poder, se gesta una reforma constitucional que desarticula la estructura actual, tanto del del poder judicial federal como del poder judicial de cada entidad del país.

Analizando el contenido y alcance de la reforma, lejos de combatirse la corrupción, el nuevo esquema estructural y procedimiento de selección de jueces, magistrados y ministros, la hace más propicia, y en lugar de blindar al poder judicial de la probable influencia de grupos de poder, la facilita y la normaliza, pues el proceso de selección por voto popular implica necesariamente la realización de campañas promocionales, pues es verdad sabida que en el ánimo del electorado pesa más la popularidad que la preparación profesional.

También te podría interesar: Loreto, ¿cuál es la prisa?

El votante puede o no conocer a un candidato, pero difícilmente podrá evaluar su calidad profesional, aptitud, bonhomía e integridad, de ahí que la elección por voto popular, lejos de ser un procedimiento democráticamente eficaz, se convierte en una burda mascarada que facilitará a los grupos de poder, como oligarcas y organizaciones del crimen organizado, financiar e impulsar la campaña electoral de candidatos afines a sus intereses, quienes de resultar electos para ejercer como impartidores de justicia, estarán obligados a retribuir en su ejercicio público, el favor y el apoyo recibidos para alcanzar el escaño del juzgado, la magistratura o ministerio jurisdiccional.

Si bien, el poder legislativo, copado por una mayoría parlamentaria al servicio del Ejecutivo en turno ha aprobado aceleradamente la reforma judicial, con el respaldo de la mayoría de las legislaturas locales dominadas por la coalición política en el poder, aún falta que la Corte resuelva las múltiples acciones de inconstitucionalidad que habrán de interponerse, pero de quedar firme la reforma, entre las consecuencias que habremos de enfrentar, destacan las siguientes, en tratándose del Poder Judicial de la Federación.

  • Jueces, magistrados y ministros actuales serán removidos de su cargo por el simple hecho de tener, actualmente, ese encargo. Es decir, sin importar antigüedad, bagaje académico, grado de especialización. Sin consideración alguna, serán removidos de su encargo, lo cual se constituye en una flagrante violación de sus derechos humanos, como el debido proceso administrativo y todos los derechos laborales adquiridos. En su lugar, serán nombrados mediante voto popular quienes los sustituyan.
  • Se reduce de 11 a 9 el número de ministros integrantes del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuya presidencia se renovará cada 2 años. Los ministros durarán doce años en el cargo y no podrán ser reelegidos.
  • Desaparecen la 1ª y 2ª Sala de la SCJN, lo cual implica una pesada redistribución de la carga de trabajo, con el consecuente retraso en la administración de justicia.
  • Desaparece el actual Consejo de la Judicatura y se crean el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial, un auténtico tribunal de inquisición, que podrá remover a cualquier juez, magistrado o ministro, bajo parámetros de operación poco claros, y estará compuesto por cinco miembros que durarán 6 años sin opción a reelección. Evaluarán al personal del Poder Judicial al año en que asuman su cargo y si no es acorde a sus lineamientos, los podrán suspender, destituir e incluso dar vista al Ministerio Público de la Federación para fincarles un proceso penal.
  • Los poderes de la Unión postularán a los candidatos para jueces, magistrados y ministros, el Comité de Evaluación, seleccionará entre ellos, incluso por sorteo aleatorio, a quienes aparecerán en la boleta electoral.
  • El INE llevará a cabo el proceso de elección popular y declarará validez de la elección.
  • Habrá un proceso electoral extraordinario 2024-2025 y se elegirá al 100% de ministros de la SCJN, magistrados faltantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial, y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial. La mitad de todos los jueces y actualmente en funciones, será removida el primer domingo de junio de 2025.
  • El periodo de los ministros de la SCJN que resulten electos en la elección extraordinaria durará 8 y 11 años, por lo que vencerá el año 2033 y 2036 para cuatro y cinco de ellos, respectivamente. Los jueces y magistrados electos en 2025 concluirán sus nombramientos en 2033. Los actuales magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial podrán permanecer hasta 2027 y los que sean elegidos para cubrir las actuales vacantes, lo harán hasta 2033.

—–

AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.




Tribunal Superior de Justicia en BCS discrimina a personas con discapacidad

FOTOS: Arturo Rubio Ruiz.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Este fin de semana, causó una gran polémica en La Paz un evento en el que elementos de la Policía Preventiva le impidieron a una menor con discapacidad motriz disfrutar en compañía de dos familiares, de un juego mecánico acondicionado para ser utilizado por personas en silla de ruedas en el malecón paceño. Como los dos familiares no evidenciaban discapacidad motriz, el oficial policíaco los obligó a bajarse del juego. Disociar juego y convivencia familiar es absurdo, pero esa fue la absurda exigencia de los elementos del orden. La experiencia fue traumática y dolorosa para la menor.

Es evidente que a los cuerpos de seguridad les falta capacitación, sensibilidad y sentido común, para conducirse en ese tipo de situaciones, sin embargo, tales carencias no son exclusivas de los cuerpos de Seguridad Pública. Para las personas con limitaciones motrices, sobre todo las que necesitan silla de ruedas o andadera para desplazarse, es un verdadero calvario asistir a una audiencia de apelación en las instalaciones del Poder Judicial de Baja California Sur, pues las oficinas donde se realizan las audiencias de apelación, se encuentran en la planta alta del edificio, y no se cuenta con elevadores eléctricos o mecánicos que les  permitan el acceso adecuado a las instalaciones.

También te podría interesar: Ciudadanos combatiendo la corrupción en BCS 

Se aprobó, hace tiempo, un presupuesto para adecuar las instalaciones, pero en lugar de hacer lo propio, se construyeron oficinas lujosas para el pleno y la Presidencia del Tribunal, y ¿qué creen? Si un gobernado quiere asistir a la oficina del Presidente, debe subir las escaleras, porque tampoco están habilitadas las instalaciones para que una persona con discapacidad motriz pueda desplazarse adecuadamente.

Las instalaciones del Tribunal en Cabo San Lucas, adolecen de la misma carencia, pues la Oficialía de Partes Común y el Juzgado Primero Civil, se ubican en la planta alta, así que si un promovente tiene discapacidad motriz, pasa las de Caín para acceder a las instalaciones.

Por su fuera poco, a los genios de la administración de las instalaciones sede del Poder Judicial en la capital del Estado, se les ocurrió convertir en salida de emergencia, la puerta originalmente diseñada como de acceso principal. En consecuencia, las personas con discapacidad que llegan en transporte público al tribunal, tienen que rodear todo el edificio para poder acceder al mismo. Ello es irrelevante y hasta saludable para quien goza de plena movilidad corporal, pero es un martirio para quien camina con andadera o se desplaza en silla de ruedas. Es discriminatorio y en algunos casos, resulta un acto de crueldad.

Leyes discapacitadas

La LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR tiene por objeto prevenir y eliminar toda forma de discriminación (Artículo 1º) e impone la obligación a al TSJE de adoptar las medidas necesarias para que toda persona ejerza y goce, sin discriminación alguna, de todos los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Tratados Internacionales de los que México sea parte, en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur, y en las demás leyes.(art 3º), y define como CONDUCTA DISCRIMINATORIA (Artículo 5º  fracción XXII) el limitar el acceso y libre desplazamiento en los espacios públicos.

La ley es clara, pero se convierte en letra muerta, cuando el órgano del poder público encargado de su aplicación, es omiso al respecto. ¿Quién va a sancionar a los titulares del monopolio de la aplicación de la ley en la impartición de justicia?

Si en el Estado existiera una comisión para prevenir y eliminar la discriminación, con plena autonomía presupuestal y orgánica, seguramente tomaría cartas en el asunto, pero como eso no ocurre, las personas con discapacidad motriz seguirán en el limbo de la invisibilidad judicial. Si tuviéramos una Comisión Estatal de Derechos Humanos, con sensibilidad sobre el tema, hace mucho que habrían hecho una recomendación al respecto, pero en BCS dicha Comisión no pasa de ser un ornato inútil y costoso.

Si en el Congreso del Estado los diputados que integran la Comisión Contra la Discriminación, en lugar de andar “futureando”, atendieran su encomienda, seguramente ya habrían llamado al Presidente del Tribunal para que, en comparecencia ante la asamblea de representantes populares, explicara lo absurdo de su proceder, pero eso no va a suceder. No saben que pueden hacerlo, o lo saben pero no es un tema que les interese.

Si al Gobernador del Estado le interesara el tema, ya hace mucho que hubiera exhortado al Poder Judicial para enmendar su dislate, pero como no es un tema en el que tenga un interés personal, ni los discapacitados motrices significan un número importante de votantes, tampoco moverá un dedo al respecto.

En síntesis, sólo nos queda a los gobernados llamar la atención sobre el tema, y ante una negativa manifiesta del Tribunal a subsanar su grave irresponsabilidad, promover un juicio de procedencia contra esos magistrados insensatos y discriminadores. En fin, mientras toman conciencia nuestros magistrados judiciales, las personas con discapacidad motriz seguirán sufriendo discriminación en su peregrinar por los pasillos judiciales.

__

AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, esto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.