Violencia sexual, ahora bajo la perspectiva de género

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Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). La violencia es referente específico de la desigualdad y discriminación que sufren las mujeres en la sociedad mexicana, derivadas de estigma sociales, y culturales, que impactan directamente en el marco de desarrollo personal en el núcleo familiar, propiciadas por esquemas de desigualdad heredados, y fuertemente arraigados en los patrones de comportamiento que presuponen una superioridad masculina respecto del género femenino, manteniendo estructuras de poder y autoridad masculina, que sostienen y alimentan la violencia de género, con  graves repercusiones en la salud, la libertad, la seguridad, el patrimonio y la vida de niñas y mujeres.

Esta espiral de inequidad se reflejaba hasta hace poco, incluso en el marco legal. Hasta 1970, el estuprador libraba cualquier sanción penal, si se casaba con su víctima, lo que de facto se constituía en una cadena perpetua para su víctima, pues en ese entonces, el matrimonio duraba “hasta que la muerte los separaba”. De tutela penal sólo eran titulares las menores castas y honestas, y la carencia de uno de estos requisitos, excluía de delito al estuprador. El delito de aborto se sancionaba con pena atenuada, si la abortante había ocultado su embarazo y gozaba de buena reputación. Tanto en el delito del aborto como en del estupro, el honor y el buen nombre de la familia eran más importante que el libre desarrollo de la personalidad, la libertad y la vida. El concepto de honor, desde luego, se tejía en torno al buen nombre del patriarca familiar.

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Existía un código no escrito —prevalente en algunos medios actualmente—, en el que se presuponía un grado de responsabilidad a la víctima, a partir de presupuestos conductuales de moralidad exigible a las mujeres: Seguro se lo buscó por vestirse de esa manera, No son horas de andar en la calle para una señorita decente, Eso les pasa por no darse a respetar, por citar algunas frases de uso común para exculpar al agresor y atribuir responsabilidad a la víctima.

La violencia, discriminación y desigualdad apuntada llevó a México, como nación, a enfrentar en el primer decenio del siglo XXI, tres sentencias condenatorias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: El caso Campo Algodonero, por la desaparición y muerte de jóvenes mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua, y las sentencias de los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, por tortura y violación sexual en agravio de una mujer y una niña, ambas indígenas en el Estado de Guerrero.

La CIDH determinó en los tres casos, que las investigaciones por violencia sexual deben incluir una perspectiva de género, y partiendo de este postulado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la obligatoriedad de verificar si existe una situación de violencia o vulnerabilidad que, por cuestiones de género, impida el acceso a la justicia de manera completa e igualitaria para mujeres con relación a los hombres, en la investigación de los delitos de violencia sexual.

Por mandato constitucional, la investigación de los delitos se rige por los principios de objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad legalidad y respeto a los derechos humanos. Tratándose específicamente de los delitos de violencia contra las mujeres, deberá sujetarse la investigación a las siguientes reglas mínimas: (Artículos 127 a 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales):

  • Toda diligencia debe ser impulsada de oficio, sin imponer la carga de la iniciativa a la víctima y/o sus familiares.
  • Investigar con la sensibilidad requerida a las necesidades y condiciones de la víctima.
  • Sin interpretaciones formalistas en materia de violación.
  • Tener siempre en cuenta que la fuerza no es un elemento imprescindible para castigar una conducta sexual no consentida, basta con que haya elementos coercitivos derivados de las circunstancias.
  • Que la investigación de los actos sexuales no consentidos, en la práctica, se hace con base tanto en el tipo penal como en una valoración sensible al contexto de la evidencia del caso.

Garantías mínimas que debe proporcionar el Ministerio Público en la investigación de hechos con la apariencia de delito relacionados con la violencia sexual:

  • Toda entrevista a la víctima debe realizarse en un ambiente, privado, digno, cómodo y seguro que le brinde confianza y protección.
  • Registrar la declaración de la víctima de modo que se evite o limite la necesidad de su repetición.
  • Invariablemente, de manera inmediata otorgar atención médica, sanitaria y psicológica tanto de emergencia como continuada si así se requiere, para reducir las consecuencias de salud y postraumáticas derivadas del evento.
  • Se realice inmediatamente un examen médico y psicológico completo y detallado por personal capacitado, sensible, respetuoso, de su mismo sexo si la víctima así lo desea, ofreciéndole que sea acompañada por alguien de su confianza.

Se documenten y coordinen los actos de investigación y se maneje diligentemente la prueba, tomando muestras suficientes, realizando estudios para determinar la posible autoría del hecho, asegurando otras pruebas como la ropa de la víctima, investigando de forma inmediata el lugar de los hechos y garantizando la correcta cadena de custodia, así como dar intervención a peritos en genética forense, para recabar indicios y/o evidencias que se encuentren en cualquier parte del cuerpo de la víctima.

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Propone Diputada local capacitar a servidores públicos en perspectiva de género

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La Paz, Baja California Sur (BCS). En sesión ordinaria del Congreso del Estado de BCS, la Diputada Sandra Moreno Vázquez propuso la creación de la Ley de Capacitación en Materia de Género, Prevención y Erradicación de las Violencias contra las Mujeres, a fin de que todos los servidores públicos, de los tres poderes, Ayuntamientos, así como de los organismos autónomos del Estado se capaciten en tal materia.

La iniciadora puntualizó que actualmente, muy pocos servidores públicos no cuentan con formación en materia de género y de combate a la violencia, por lo que afirmó que la ruta efectiva para lograrlo es la concientización en materia de género, para que, de esta manera, las políticas públicas, acciones o contacto con la ciudadanía en general cuenten con perspectiva de género, se informó a través de un boletín de prensa del Congreso de BCS.

La diputada presentó cifras alarmantes del incremento de delitos en contra de las mujeres, contra las libertades sexuales, la familia y los menores, sin que las autoridades, en ninguno de los órdenes de gobierno, encuentren una estrategia eficaz para combatirlo.

De acuerdo a la incidencia delictiva de 2015 a 2020, los delitos contra la libertad y la seguridad sexual, tuvieron un incremento del 115.3%, al registrarse 314 en 2015 y 676 en 2019, mientras que al 31 de julio del 2020 se han registrado 425. Los delitos contra la familia, tuvieron un incremento del 68.9%, de 2 mil 271 en 2015 a 3 mil 836 en 2019, mientras que, al 31 de julio del 2020 se han registrado mil 889.

El delito de violencia familiar tuvo un incremento del 54.5%, al pasar de mil 691 en 2015 a 2 mil 612 en 2019, mientras que, al 31 de julio del 2020 se han registrado mil 405 delitos. En tanto que el delito de violencia de género en todas sus modalidades registró un delito en 2016 y 14 delitos en 2019. Al 31 de julio del 2020 se han registrado 5 delitos.  La iniciativa fue turnada a la comisión de Igualdad de Género para análisis y dictaminación, concluye el boletín de prensa del Congreso del BCS.




¿Qué significa mirar con «lentes de género»?

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Sexo + psique

Por Andrea Elizabeth Martínez Murillo

La Paz, Baja California Sur (BCS).  Martha Leñero escribe el libro Tercera llamada: orientaciones de género para la vida cotidiana, en un gran esfuerzo de desmenuzar temas tan complejos y simples —dependiendo del enfoque— como el género, la identidad y la orientación sexual. Nos pregunta: ¿qué es mirar con enfoque/lentes o perspectiva de género? y, sobre todo, ¿para qué sería importante hacerse este cuestionamiento? En este artículo hago un pequeño acercamiento a su segundo capítulo: Mirar con lentes de género.

Metafóricamente, se dice que para tener una mirada de género es necesario mirar con lentes de género, o sea, uno no desarrolla sola la mirada de género, es necesario querer mirar aquello que siempre dimos cómo correcto y que no lo es. Esto quiere decir que es indispensable enfocar la mirada para descubrir los estereotipos de género y las desigualdades sociales que generan.

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Según la Asociación Mexicana para la Salud Sexual A.C, el género es la suma de valores, actitudes, papeles, prácticas o características culturales basadas en el sexo. De la manera que ha existido de histórica y transculturalmente, y en las sociedades contemporáneas, éste refleja y perpetúa las relaciones particulares de poder entre hombres y mujeres. Por lo tanto, cuando hablamos sobre mirar con lentes de género, hacemos referencia a observar estas estructuras de poder que han sido reproducidas socialmente por medio la normalización de los estereotipos de géneroEl rosa para las niñas, El azul para los niños, Las niñas se ven mejor calladas, Los niños se ven mejor siendo intrépidos, entre muchas otras.

Esta supuesta normalidad dejaría de serlo, cuando al observarla con los lentes de género descubramos que tanto las niñas como los niños pueden jugar lo que sea y los colores como la ropa no tienen género. Sin embargo, como ocurre en la realidad, no todas las personas miran con estos lentes, por lo que se dice que no se ha adoptado la perspectiva de género. Con la palabra perspectiva, se refiere al punto de vista desde el cual se considera o se analiza un asunto. De este modo, plantear la correspondencia entre perspectiva y lentes es útil para señalar que las realidades en las que vivimos, pueden analizarse o verse desde diferentes puntos de vista. Es así como las conclusiones a las que llegamos dependen de una perspectiva, es decir, de los lentes utilizados.

Por lo tanto, la perspectiva de género brinda una forma distinta de ver y analizar situaciones diversas, revelando desigualdades sociales-culturales entre mujeres y hombres, que, de otra forma —cómo históricamente se ha hecho—, pasan inadvertidas, ya que se seguirían viendo como normales y naturales, a esta perspectiva se le conoce también como: enfoque de género.

Es importante no confundirse con ideología de género. Según Animal Político, este término significa: Un concepto que surgió en 1995 como una estrategia discursiva de El Vaticano durante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing. El Consejo Pontificio para la familia afirmó entonces que “la ideología de género era una idea feminista” con la que se buscaba argumentar que la heterosexualidad no es obligatoria. En 2016, el papa Francisco dijo que la ideología de género se relacionaba con “procesos de enseñanza para que los niños puedan elegir su género”. Es en este momento cuando el concepto se popularizó fue retomado por diferentes iglesias.

A raíz de lo anterior, grupos Provida han realizado campañas para desinformar a la población con datos no científicos y basados en suposiciones y creencias. Es por esto que se vuelve de suma importancia ejercer la perspectiva de género, que podríamos definir como una forma de análisis usada para indicar y mostrar que las diferencias entre mujeres y hombres están en sus cuerpos biológicos, pero sobre todo, en las distinciones culturales asignadas a los seres humanos, las cuales han generado desigualdades de trato, acceso y oportunidades.

Martha Lamas, antropóloga y catedrática de Ciencia Política del Instituto Tecnológico Autónomo de México, dice que “al utilizar esta perspectiva, se llegan a comprender las condiciones relacionales y culturales que se juegan en la aparición de ciertas conductas, características y expresiones humanas”, esto quiere decir que, cuando utilizo la perspectiva de género, tengo la posibilidad de identificar, analizar, entender, explicar y cuestionar situaciones donde se presenta la desigualdad y una vez que se ven, las puedes transpolar a casi todas las situaciones de la vida cotidiana.

Lo importante a subrayar es que, cuando se mira desde una perspectiva de género, siempre se pregunta el por qué, continuamente se cuestionan los datos y se examinan las relaciones de poder entre hombres y mujeres. Por ejemplo, en el área de la salud, implicaría considerar que los hombres y mujeres están expuestos de manera distinta, a riesgos de enfermedad y muerte, no sólo por razones biológicas y motivos del ciclo vital, sino porque enfrentan las situaciones de forma completamente diferente, es común encontrar en los hombres conductas evasivas hacia las dolencias o enfermedades, como no ir al médico o no seguir el tratamiento, hacerse el fuerte ante los dolores o simplemente negar la enfermedad como si no la tuviera.

En el ámbito educativo, la perspectiva de género ha revelado que la escuela transmite y perpetua estereotipos de género cómo preguntarle a los alumnos hombres sobre ciencias exactas o matemáticas y a las mujeres sobre literatura y artes. Un ejemplo particular en los hombres, ha sido la prohibición a la ternura y a experimentar sus emociones, existe la frase —usada cada vez menos— que los hombres debían ser feos, fuertes y formales, encasillándolos a vivir y experimentar su masculinidad solo de una forma, cuando en la realidad hay muchas maneras de vivir tanto la masculinidad como la feminidad.

Bibliografía

  • Asociación Mexicana de Salud Sexual A.C. Definiciones básicas. Amssac.Org
  • Ávila, Y. (2019). «Ideología de género, un término para desinformar sobre derechos de las mujeres y personas LGBTI+». Animal Político. Recuperado de: AnimalPolitico.Com
  • Leñero, M. (2010). Tercera llamada: orientaciones de género para la vida cotidiana. UNAM.

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