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Se prepara una iniciativa de reforma electoral

FOTO: Congreso de BCS

La Paz, Baja California Sur (BCS). A través de un comunicado de prensa por parte del Congreso del Estado se informó que, para elaborar la iniciativa que reformará la Ley Electoral en Baja California Sur, este lunes 13 de marzo iniciaron los trabajos de “Análisis del Plan B para la Reforma Electoral”, trabajos presididos por la diputada Lorena Marbella González Díaz, presidenta de la Comisión Especial para la Reforma Electoral.

De acuerdo con el comunicado, asesores, diputados, doctores y maestros en derecho electoral, integran estas mesas de análisis que se desarrollarán en un lapso no mayor de un mes, para diseñar la iniciativa acorde a la realidad de Baja California Sur y las propuestas de la ciudadanía, vertidas en cada foro y mesa de trabajo que se ha realizado a lo largo y ancho del territorio estatal, preparando un “piso parejo”, rumbo a las elecciones del 2024, garantizando así la no discriminación y sí la inclusión.

Los trabajos serán en conciencia acorde la realidad de Baja California Sur, para incluir a todos los ciudadanos por y para todos y cada uno de ellos, dado la certeza de que para el 2024 tendrán piso parejo para las elecciones, precisó en entrevista la legisladora representante de Fuerza por México.

En adición, comentó que a estas mesas de análisis (que tienen como marco la sala de reuniones del tercer nivel de este Poder Legislativo), se han convocado a todos los y las integrantes de esta XVI legislatura donde convergen las fracciones del PAN, representada por el diputado Rigoberto Mares Aguilar; PT por Christian Agúndez Gómez; Morena, Guadalupe Vázquez Jacinto; PRD María Luisa Ojeda González; PRI Paz del Alma Ochoa Amador y Fuerza por México representada por Lorena Marbella González Díaz, concluyó el comunicado de prensa.




Prensa libre vs Dignidad humana

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS).  El pasado 28 de septiembre, en La Paz, Baja California Sur, una juez de Control vinculó a proceso a cuatro comunicadores, por el delito previsto en la ley electoral., al considerar que, en la carpeta de investigación respectiva, existen suficientes datos que establecen la posibilidad de que se ha cometido un hecho con apariencia de ese delito, y que existe la probabilidad de que los imputados lo cometieron o participaron en su comisión.

El tipo penal invocado por el Ministerio Público de la Federación, previsto en la fracción primera del artículo 20 bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, establece que: Comete el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género. quien por sí o interpósita persona: I. Ejerza cualquier tipo de violencia, en términos de ley, contra una mujer, que afecte el ejercicio de sus derechos políticos y electorales, o el desempeño de un cargo público.

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Esta determinación fue festejada por diferentes colectivos femeninos sudcalifornianos, pues en términos generales, la consideraron un triunfo en la lucha por la reivindicación de los derechos de las mujeres, y al mismo tiempo, se generó una polémica respecto a la prevalencia en la aparente pugna entre dos derechos humanos constitucional y convencionalmente tutelados: el derecho a la información, libertad de expresión, libertad de prensa, por un lado, y la dignidad de la mujer por el otro.

La premisa es falsa, pues en un esquema legal armónico, no es admisible la supresión de un derecho en aras de la consagración de otro. No puede y no debe considerarse un triunfo de la lucha feminista la aplicación de esta norma, pues es excluyente, selectiva y condicionante. No protege a todas las mujeres, no en todos los casos y no de manera amplia objetiva y funcional. El órgano persecutor del Estado solo invoca este precepto cuando la víctima se ve afectada en sus derechos político-electorales o desempeñe un cargo público, no se protege a la mujer de todo tipo de violencia, únicamente la violencia política, esto es, aquella que se genere en los procesos electorales.

Es una norma que violenta el principio constitucional de igualdad, pues solo sanciona la violencia política si se ejerce contra una mujer, excluyendo a los varones de la equivalente protección normativa que, conforme al marco constitucional y convencional, también tienen derecho.

El hecho -violencia- es sancionable, siempre y cuando se genere afectación político electoral, lo que significa que NO SANCIONA per se, la violencia contra las mujeres, pues ello resulta accesorio. De hecho, en su pretensión punitiva, al Ministerio Público de la Federación lo que le interesa, como representante social, es la no afectación de los procesos electorales, y encuentra en esta norma un mecanismo de afectación, limitación, control, condicionamiento o intimidación a los medios de comunicación.

La mujer, en el caso, siendo víctima directa, no es el objeto de tutela de la pretensión punitiva. Si no se acredita la afectación político electoral, por más grave que haya sido la violencia empleada contra la mujer, el hecho no se sanciona. En todo caso, a lo único que puede aspirar la víctima directa, es a una compensación económica, por regla general tasada en numerario.

El conflicto libre prensa versus dignidad de la mujer en este caso es una falsa ecuación. Ni la norma, ni la actuación del órgano oficial de acusación ni la maquinaria judicial, están interesados en proteger a la mujer. En realidad, utilizan esa condicionante, para tratar de controlar a los medios, con el pretexto de proteger los procesos político-electorales.

Consideramos que debe sancionarse TODO TIPO DE VIOLENCIA mediática, no solo la que denigra a la mujer, pero si se quiere hacer énfasis en la protección a la mujer, entonces que sea de manera genérica, no solo a las candidatas, no solo a aquellas que participan en procesos electorales, porque la dignidad humana, y en este caso la dignidad de la mujer debe protegerse de manera general, sin exclusiones ni condicionantes partidistas o electorales.

Toda la protección a todas las mujeres y no solo a las aspirantes a un cargo de elección popular, que cuentan con capacidad económica y capital político suficiente para recorrer todo el viacrucis que significó en el caso, llegar a un auto de vinculación, pues la víctima directa tuvo que enfrentar la maquinaria del INE, pasar por un proceso judicial ante el tribunal electoral, luego ante la Fiscalía General de la República y actualmente ante una juez de Control. Y todo solo para que se le reconozca como víctima directa, sin que quepa la certeza de que en sentencia se castigue a quienes afirma la violentaron, pues como establece el tipo, si no se acredita la afectación político electoral, no se concreta el tipo penal y por ende, los hoy vinculados a proceso serán absueltos.

FOTOS: Internet

Por otra parte, si una persona en el ejercicio de la libertad de expresión denigra, ofende o lesiona la dignidad de una mujer, sea o no sea candidata, debe ser severamente sancionada, pues la libertad de expresión no es sinónimo de impunidad. Todo acto que atente a la dignidad de la mujer debe ser sancionado, y sin que la víctima deba recorrer cinco instancias, como en la especie lo hizo la víctima denunciante, y en todos los casos, no solo en procesos electorales. Todos los casos de violencia de género deben sancionarse, pero en un procedimiento de persecución y sanción expedito, gratuito, dinámico, eficaz.

Proponemos a los colectivos interesados en el tema, que trabajemos en una iniciativa ciudadana de reforma a la ley penal sudcaliforniana, para proteger la dignidad de las personas, como bien jurídicamente tutelado, tipificado como delito la afectación lesiva a la dignidad humana, sancionando severamente en el código penal estatal, todo acto que atente al buen nombre, la reputación la dignidad de las personas, calificándolo cuando sea cometido a través de un medio de comunicación o red social. De esta manera, realmente se protegería a todas las mujeres, no solo a las candidatas, y se evitarían el viacrucis de peregrinar por tantas dependencias como tuvo que hacer la víctima directa.

Libertad de prensa y dignidad humana no están en conflicto. Podemos y debemos encontrar el mecanismo legal para sancionar cualquier agresión a la dignidad humana, sin menoscabar la libertad de expresión ni limitar su ejercicio en procesos electorales.

Solo tenemos que adecuar el tipo penal en el código penal del Estado, a través de una iniciativa ciudadana.

La dignidad humana, debe ser un bien jurídicamente tutelado en la ley penal. Sin distingos cromosomáticos o de autopercepción, todos los seres humanos, todas las personas merecen la protección del marco punitivo estatal, sin imponer como requisito que la afectación a la dignidad humana sea con fines electorales. En cualquier circunstancia debe sancionarse.

En Baja California Sur, si pateas a un perro callejero, puedes enfrentar hasta tres años de prisión (art 387 código penal BCS), pero si calumnias, humillas, ofendes, difamas, denostas, atentas contra la dignidad de una mujer mediante una publicación, no pasa nada.

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Inician los trabajos rumbo a la reforma electoral en BCS

FOTO: Congreso del Estado

La Paz, Baja California Sur (BCS). De acuerdo con un comunicado de prensa por parte del Congreso del Estado se informó que, para construir una Ley Electoral que de total certeza a las y los ciudadanos y fortalezca los procesos democráticos en Baja California Sur, hoy inician formalmente los trabajos de la Comisión Especial la para la Reforma Electoral de Baja California Sur que preside la diputada Lorena Marbella Díaz González.

En  rueda de prensa celebrada la mañana de este lunes 8 de agosto en la Sala de Comisiones Armando Aguilar Paniagua, de este recinto legislativo, la representante popular presentó la convocatoria, llamando a la sociedad civil, política y académica a que participen  activamente con propuestas para enriquecer un proceso que es de toda la ciudadanía no solamente de partidos  o grupos políticos, adujo en su intervención.

Los integrantes de esta Comisión Especial que hoy inicia su recorrido por toda la geografía estatal son sus homólogos: Lupita Vázquez Jacinto, Paz del Alma Ochoa Amador, María Luisa Ojeda González, y los compañeros Christian Agúndez Gómez y Rigoberto Mares Aguilar, quienes en un lapso de seis meses se enfocarán a construir una nueva Ley Electoral, acorde a las necesidades de la población sudcaliforniana.

Según versa la convocatoria la Comisión Especial, irá al encuentro de la ciudadanía de Mulegé, Loreto, Comondú,  La Paz, y Los Cabos para escuchar de viva voz,  la opinión de académicos especialista en el tema electoral y de participación social, de organizaciones de la solidad civil,  partidos políticos, sindicatos, estudiantes, profesionistas, y de  todo aquel interesado en el tema de la participación político-electoral, para que entregue sus propuestas, sus ideas, sus comentarios, porque el propósito es fortalecer y legitimizar una ley electoral que cuente con la amplia y comprometida participación de la ciudadanía.

Finalmente, en este encuentro se contó con la presencia del diputado José María Avilés Castro, presidente de la Junta DE Gobierno y Coordinación Política, la magistrada Sara Flores de la Peña, presidenta del Tribunal Estatal Electoral; Carlos Omar Arnaut Avilés, vocal del Registro Federal de Electores, Marina Garmendia Gómez, vocal Ejecutiva del INE, concluyó el comunicado de prensa.




Recibe Congreso reforma ciudadana sobre candidaturas independientes

FOTO: Archivo

La Paz, Baja California Sur (BCS). La diputación permanente del Congreso del Estado recibió iniciativa ciudadana de reformas a la Ley Electoral para que los candidatos independientes, además del financiamiento público puedan recibir financiamiento privado, informó el Congreso de Baja California Sur.

La iniciativa firmada por el ciudadano Ramón Alejo Parra Ojeda propone una serie de reformas a más de dieciocho Artículos de la Ley Electoral de Baja California Sur en materia de candidaturas independientes, financiamientos a partidos políticos, financiamiento a candidatos independientes, así como adiciones diversas.

Dicho topes de aportaciones ciudadanas serían fijados y normados por el Instituto Estatal Electoral así como lo realiza con los topes de campaña a los partidos políticos.

Propone el uso de aplicaciones móviles digitales para la obtención de apoyo ciudadano a favor de los candidatos independientes y las cuales serían reguladas por el Instituto Estatal Electoral.

Propone hacer uso de esa misma plataforma para presentar cédulas de respaldo en las candidaturas independientes a diferentes cargos de elección popular.

La iniciativa fue turnada a la comisión de asuntos políticos para su análisis y dictaminación.




Presentan propuestas para Reforma Electoral en BCS

FOTO: Archivo

La Paz, Baja California Sur (BCS). Con la finalidad de clarificar diversos aspectos en materia electoral y al mismo tiempo fortalecer este tipo de procesos en la entidad,  los diputados Ramiro Ruiz Flores, Héctor Ortega Pillado, Carlos José Van Wormer Ruiz y la  diputada Sandra Guadalupe Moreno Vázquez, presentaron iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley Electoral del Estado  con miras a las elecciones del año 2021, informó el Congreso de Baja California Sur.

En la sesión ordinaria virtual de este jueves, en el documento presentado, los legisladores destacan reformas a diversos artículos de la normatividad electoral así como a la Constitución Política del Estado.

El diputado Ramiro Ruiz Flores manifestó que, para cumplir con el principio de igualdad entre mujeres y hombres en las contiendas electorales y, al mismo, tiempo darle certeza legal a las elecciones, “y que no quede nada a interpretaciones de la autoridad en la materia, es que hemos propuesto incorporar en la Ley Electoral que, cada proceso local, las listas de diputadas y diputados por el principio de representación proporcional al Congreso del Estado, serán encabezadas alternadamente por mujeres y hombres cada periodo electivo; es decir, en un proceso el listado será encabezada por una mujer, y en forma alternada la plantilla será cubierta por el resto de candidatas y candidatos, y a la siguiente elección la lista tendrá en primer lugar a un hombre e igualmente en forma alternada completará a las y los cinco integrantes”, explicó el representante popular.

Con respecto a la elección de ayuntamientos en el estado se reforma el Artículo 96 de la Ley Electoral, en el que se establece que para un periodo “los partidos políticos propondrán tres mujeres como candidatas y dos hombres y para el siguiente proceso electoral, la distribución será de tres hombres y dos mujeres”, subrayando que se cumplirá con el principio de igualdad sustantiva, es decir, que cuando corresponda nominar a tres mujeres no se les haga candidatas en municipios con poca densidad poblacional y desarrollo económico, “en todo momento queremos privilegiar la igualdad y que sean los partidos políticos quienes definan los procesos de nominación de sus candidatos y candidatas en cada proceso electoral”.