Va Diputada de BCS contra «monta choques» con una iniciativa de ley

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La Paz, Baja California Sur (BCS). Buscando dar mayor seguridad a los automovilistas de Baja California Sur, la diputada Karina Olivas Parra, propuso una iniciativa en materia de sanción de colisión vehicular simulada con fines de extorsión, que la ciudadanía ha denominado como “monta choques”.

En ese sentido, propone reconocer la figura del “accidente simulado con fines de extorsión”, como una modalidad criminal autónoma; incorporar como agravantes el ejercer violencia contra las víctimas, actuar en pandilla o cuando se perpetre en contra de personas en situación de vulnerabilidad; y prever el pago de la reparación del daño, no solo material, sino moral.

La legisladora de la bancada del PT, arguye que Baja California Sur, enfrenta una amenaza creciente, una de las más peligrosas y recurrentes en zonas urbanas, es la que la ciudadanía ha denominado como “monta choques”, la cual consiste en provocar o simular accidentes de tránsito para extorsionar a las víctimas con amenazas, presiones o engaños; es decir, se trata de una forma de criminalidad organizada que mezcla elementos de fraude, extorsión, coacción y violencia psicológica, todo bajo el disfraz de un “hecho de tránsito”.

Son los denominados “montachoques”, que operan generalmente en células o grupos organizados, los cuales incluso pueden llegar a simular ser agentes de tránsito, ajustadores de aseguradoras o servidores públicos. Incluso, han llegado a retener personas contra su voluntad para forzarlas a pagar o entregar documentos, si bien estos casos apenas empiezan en nuestra entidad, en el interior de la república es pan de cada día.

En la mayoría de los casos, las víctimas de esta conducta, son mujeres que viajan solas, adultos mayores, jóvenes y turistas, a quienes se perciben como blancos fáciles por su perfil vulnerable.

Operan bajo una mecánica premeditada, un vehículo colisiona o simula haber sido impactado por otro automóvil, de forma leve o incluso sin contacto físico;  los ocupantes del auto provocador increpan al conductor víctima, a quien acusan de provocar el accidente; después, aparecen supuestos testigos o cómplices disfrazados de ajustadores, quienes amenazan con llamar a la policía, “retener” el vehículo o levantar cargos judiciales y  en este contexto de presión, miedo e incertidumbre, la víctima accede a entregar dinero o firmar documentos sin comprender el alcance legal de sus actos.

La iniciativa, que fue turnada a la Comisión Puntos Constitucionales y de Justicia, implica adicionar que un artículo 352 Bis al Capítulo II denominado “Ataque a la Seguridad del Tránsito Vehicular”, que contempla delitos como el “ataque a la seguridad del tránsito vehicular y la conducción en estado de ebriedad”.




Aprueban Ley Melanie y Ley Monse en el Congreso de BCS

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La Paz, Baja California Sur (BCS). Diputadas y diputados de la XVII Legislatura de Baja California Sur aprobaron dos importantes iniciativas en materia de combate y erradicación de diferentes tipos de violencia contra la mujer; se trata de la “Ley Melanie” que previene y castiga la violencia en el noviazgo y de la “Ley Monse” que penaliza casos de encubrimiento de familiares o amigos de responsables de los delitos de feminicidio y homicidio.

La Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia coincidió con la promotora de ambas iniciativas de reformas al Código Penal estatal, la diputada Karina Olivas Parra.

La iniciativa de la “Ley Melanie” busca prevenir y castigar la violencia en el noviazgo como una modalidad de violencia contra la mujer. Fue equiparada al delito de violencia familiar, en su Artículo 202, evocando el postulado de que no hay provocación que justifique la violencia y que el amor, en ningún caso y bajo ninguna circunstancia debe de doler.

Este paso legislativo fortalece al marco jurídico estatal, ya que se suma a la armonización vigente de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su Artículo quinto, donde se reconoce como un tipo de violencia familiar.

En el caso de la “Ley Monse”, la comisión dictaminadora observó viable la propuesta que armoniza el Código Penal de BCS con la reforma que hizo la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión al Código Penal federal en octubre de 2022.

Se elimina de las excusas absolutorias en los casos de encubrimiento de un responsable de feminicidio u homicidio, es decir ni parejas, familiares, ni amigos u otra persona a fin, será eximido de responsabilidad penal como ocurría con la legislación anterior a la reforma penal.

“Estamos mandando un mensaje muy claro a la sociedad sudcaliforniana de que estamos ocupados en fortalecer el marco jurídico que permita a las mujeres su desarrollo pleno, y libre de violencia. Pero al mismo tiempo de que habrá un castigo”, estableció el dictamen.




Propone Diputada reformas a favor de personas en situación de calle en BCS

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La Paz, Baja California Sur (BCS). La diputada Karina Olivas Parra, integrante de la fracción del Partido del Trabajo en el Congreso del Estado, presentó iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social para el Estado, con el propósito de fortalecer la atención integral a personas en situación de calle.

La legisladora explicó que la ley estatal sólo contempla el término “indigente”, sin una definición clara ni mecanismos concretos de atención, por lo que propuso sustituirlo por “persona en situación de calle”, además de establecer una definición jurídica y detallar las condiciones que conforman esta situación.

La propuesta contempla reformar la fracción X del Artículo 12, a fin de agregar la obligación del Estado de incluir atención médica, psicológica y psiquiátrica, así como el tratamiento de salud mental y consumo de sustancias psicoactivas, todo ello con enfoque de derechos humanos.

Asimismo, se propone adicionar la fracción XXIII Bis del Artículo 28 para facultar al Sistema DIF estatal a crear e implementar un Programa Estatal Integral para la Atención de Personas en Situación de Calle, que contemple alojamiento temporal, atención en salud, gestión de identidad jurídica, acceso a educación, capacitación, vinculación laboral y reintegración comunitaria.

Se planteó además, adicionar el Artículo 29 Bis, el cual establece la obligación del DIF de crear y mantener actualizado un registro estatal de personas en situación de calle, con fines diagnósticos, de planeación y seguimiento de políticas públicas, que será revisado cada tres años.

Este registro deberá garantizar la confidencialidad de los datos y promover mecanismos de coordinación interinstitucional, líneas de acción claras y criterios de evaluación, fomentando además la participación activa de los gobiernos municipales, el sector salud, organismos educativos y organizaciones de la  sociedad civil.

Con esta iniciativa, la diputada Karina Olivas Parra busca avanzar hacia una legislación más humana, inclusiva y comprometida con la dignidad de quienes viven en condiciones de vulnerabilidad extrema.




Presenta diputada Karina Olivas la iniciativa “Ley Alina” para BCS

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La Paz, Baja California Sur (BCS). La diputada Karina Olivas Parra, del Partido del Trabajo, presentó ante el Congreso del Estado la iniciativa denominada “Ley Alina”, la cual tiene como propósito garantizar justicia para las mujeres que se defienden de la violencia, evitar su criminalización y reconocer la legítima defensa como una reacción humana ante un peligro real, y no como un delito.

La propuesta se inspira en el caso de Alina Narciso Tehuaxtle, una mujer policía que fue sentenciada a 45 años de prisión tras defenderse de su pareja agresor. Después de permanecer más de 3 años en prisión, fue liberada en 2023, al comprobarse que actuó en un contexto de violencia de género y en defensa de su vida.

La iniciativa plantea reformar el Código Penal del Estado con el objetivo de establecer que se presuma la legítima defensa, salvo prueba en contrario, cuando una mujer sea víctima de violencia física, sexual o feminicida, o se encuentre en riesgo de sufrirla.

Asimismo, se propone que no se considere exceso en la defensa si la mujer actúa en un estado de miedo, terror o confusión que afecte su capacidad de racionalizar la respuesta o los medios empleados. También se establece que las autoridades deberán juzgar estos casos con perspectiva de género y enfoque inter seccional, y que el mismo criterio se aplique cuando una persona actúe en defensa de una mujer en peligro.

Esta iniciativa ya ha sido aprobada en estados como Baja California y Tamaulipas, y presentada en entidades como Chihuahua, Estado de México y la Cámara de Diputados federal.

Con esta iniciativa, se busca contribuir al cierre de brechas de desigualdad, erradicar la violencia contra las mujeres y brindar herramientas jurídicas que protejan a quienes han sido víctimas y han actuado en defensa propia.




Proponen tipificar el acoso laboral y por razón de género en el Código Penal de BCS

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La Paz, Baja California Sur (BCS). La diputada Karina Olivas Parra, del Partido del Trabajo, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de Baja California Sur con el objetivo de reconocer y sancionar legalmente el acoso laboral y el acoso laboral por razón de género.

La propuesta busca que este tipo de conductas ya no queden impunes y tengan consecuencias legales claras, aun cuando no tengan connotación sexual.

La iniciativa se fundamenta en leyes nacionales e internacionales que promueven el derecho a un trabajo libre de violencia, especialmente para las mujeres. Además, se apoya en datos recientes que evidencian la magnitud del problema: casi el 44% de las personas profesionistas han sufrido acoso laboral, y muchas de ellas han tenido que renunciar por estas situaciones.

Actualmente, el Código Penal de BCS solo contempla sanciones para el acoso y hostigamiento de tipo sexual, pero deja fuera otras formas de violencia laboral como humillaciones, burlas, sobrecarga de trabajo, exclusión o discriminación por razón de género. Por ello, la diputada propone crear un nuevo capítulo que incluya dos artículos: el 196 Bis y el 196 Ter.

El artículo 196 Bis definiría el acoso laboral general y establecería sanciones de 2 a 5 años de prisión y multas de hasta 300 UMA. En tanto, el artículo 196 Ter abordaría el acoso laboral por razón de género, con penas de 3 a 6 años de cárcel y multas de hasta 500 UMA.

La iniciativa también contempla agravantes. Si la víctima es menor de edad, tiene alguna discapacidad, o si el agresor es un servidor público o candidato a un cargo de elección popular, las sanciones podrían aumentar a 3 a 8 años de prisión, además de multas mayores y la inhabilitación o retiro de candidatura.

La reforma aplicaría tanto en el sector público como en el privado, y en trabajos formales e informales. Entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.