Cuestionemos al Procurador de Justicia de BCS

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Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Debido a la presión social generada a partir el incremento en la incidencia delictiva en BCS, y a las confusiones y decepciones que la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal ha generado en el ánimo de la ciudadanía, resulta urgente llamar a cuentas al Procurador de Justicia de BCS. Es imperativo que nos explique las causas que han ocasionado los pésimos resultados de su gestión, y sobre todo, es impostergable la decisión a cargo del Congreso local, respecto a la reiterada solicitud ciudadana de remover del encargo al actual titular de la procuración de justicia en el Estado.

La fecha de la comparecencia llegó y finalmente el Procurador habrá de comparecer ante nuestros diputados y tendrá que explicar el porqué de lo que él mismo denomina como “magros” resultados.

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La asistencia del citado funcionario ante los representantes populares, puede ser una farsa protocolaria, una simulación, un simple formulismo para cumplir un requisito procedimental, o bien puede ser una invaluable oportunidad para cuestionar al funcionario y exigirle una explicación precisa y sin cifras alegres, de la realidad que atraviesa la procuración de justicia en nuestro Estado.

Habría que solicitar entonces a nuestros diputados, que asuman con seriedad su responsabilidad de representación popular, y a nombre de la ciudadanía, cuestionen al compareciente, evitando las vaguedades y los términos generales, y se atiende en sus cuestionamientos a puntos específicos, precisando y acotando en sus interrogantes, tanto las causas como los efectos de cada uno de los planteamientos que se formulen.

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Inseguridad, impunidad, aumento de la criminalidad, abusos de autoridad, serían tópicos a priorizar. Bajo tales presupuestos, habrá que plantear entre otras, las siguientes cuestiones:

—Los largos periodos de espera en las unidades de atención inmediata, y la negativa sistemática a dar acceso a la carpeta de investigación tanto a defensores como víctimas. Se requiere cita previa, y sólo se permite consultar la carpeta si es en presencia del Agente del Ministerio Público. Eso se traduce en pérdida de tiempo para todos los involucrados, y para el Agente del MP que tiene que descuidar sus labores, cuando no es requisito legal que esté presente cuando los interesados consulten la carpeta de investigación.

—La falta de atención oportuna a las víctimas de delito, pues por regla general no se brinda atención adecuada, ni médica ni psicológica, lo que se traduce en re victimización y malestar para quienes sufren las incidencias delictivas.

—La falta de preparación y capacitación de los agentes de policía investigadora.

—La falta de un protocolo de entrevistas, que permitan a los policías de investigación realizar su labor con mayor eficacia y precisión.

—El reducido número de peritos en materias que resultan recurrentes en las investigaciones.

—La evidente falta de preparación y profesionalismo de los fiscales a su cargo.

—La reiterada práctica de delegar al poder judicial la toma de decisiones en asuntos de alto impacto.

—La falta de actos de investigación en la integración de las carpetas de investigación.

—La solicitud y obtención sistemática de ampliación de los plazos de investigación complementarios, con el único objeto de prolongar la prisión preventiva de los imputados en casos de encarcelamiento oficioso.

—La carencia de protocolos de investigación aplicables a los diversos tipos de delito.

—La falta de preparación de testigos, previo a su comparecencia a la audiencia de juicio.

—La falta de control y seguimiento de la agenda de citación de los testigos de cargo.

—La falta de preparación de las audiencias, lo que provoca una recurrente improvisación en el desarrollo de las mismas, con resultados negativos para los intereses de la sociedad.

—La falta de lineamientos generales necesarios para lograr la aplicación de los criterios de oportunidad. Esta carencia se traduce en un incremento de la carga de trabajo, en detrimento de la eficiencia en el servicio.

—La falta de unificación de criterios para determinar la libertad de los presentados en la etapa de investigación.

—La inadecuada aplicación de criterios de equidad en los procedimientos abreviados.

—Los cambios constantes de personal de investigaciones, que provoca enormes molestias y retrasos a los denunciantes, que cada vez que le cambian de fiscal en su caso, tiene que repetir prácticamente todo su planteamiento.

—Las quejas recurrentes del personal de la Procuraduría, respecto a los bajos sueldos, la falta de estímulos, los horarios y cambios de adscripción constantes e indiscriminados.

Estos temas, a groso modo, dan pie a una serie de cuestionamientos dirigidos a precisar las causas por las cuales no está funcionando el Nuevo Sistema de Justicia Penal, y sobre todo, llevar a los diputados a un ejercicio de responsabilidad en su representatividad, que les permita ratificar o remover al actual titular de la procuración de justicia en el Estado.

Si sólo van a oír cifras fantasiosas y alegres, seguidas de excusas y pretextos, entonces la comparecencia será una burla y una farsa. Si cuestionan al funcionario y le exigen explicaciones y sobre todo, soluciones, entonces valdrá la pena el ejercicio.




¿Por qué implementaron el Nuevo Sistema de Justicia Penal en BCS?

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¿Qué retos implica la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal en BCS? Foto: Internet.

Colaboración Especial

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). La exigencia universal de establecer sistemas de procuración y administración de justicia que permitan a los gobernados encontrar una solución pronta y efectiva a los conflictos que se plantean ante las instancias judiciales, ha llevado a la Organización de las Naciones Unidas a patrocinar reformas en los sistemas de justicia y seguridad pública en naciones como México, donde el hacinamiento y la sobrepoblación en centros penitenciarios, y los tardados procesos judiciales, hacen del acceso a la justicia una ilusión y una promesa incumplida.

Gracias al patrocinio externo y derivado de las presiones de organismos internacionales, México implementó en junio de 2008 una reforma constitucional histórica, en materia de justicia penal, seguridad pública y sistema penitenciario, que cambia —al menos nominalmente— de readaptación social a reinserción social.

Al concluir la implementación de la reforma, en Baja California Sur hemos migrado del sistema mixto de impartición de justicia, a un sistema predominantemente oral.

Las bondades que le atribuyen al nuevo sistema, incluyen una despresurización en los Ceresos de la entidad, periodos procesales abreviados, abolición del monopolio del ejercicio de la acción penal, la aplicación de mecanismos alternos de solución de conflictos que generen una importante disminución del elevado número de expedientes que actualmente se ventilan en los tribunales estatales de justicia, y la romántica propuesta de que con el nuevo sistema, se cerrará el paso a la corrupción y componendas, en la procuración y la administración de justicia.

El nuevo sistema se rige, atento a la reforma, bajo los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, que en términos coloquiales y a grandes rasgos, significa que los juicios se efectúan de manera pública, es decir, a puertas abiertas; las partes en contienda, el Ministerio Público por un lado, y el procesado y su defensa por el otro, cuentan con las mismas oportunidades y prerrogativas procesales; que los juicios se llevarán a cabo en una sola audiencia, sin interrupciones ni suspensiones, y que el Juez siempre estará presente en las audiencias.

El nuevo sistema incluye entre sus bondades, la utilización de la prisión preventiva como última opción, con lo que se pretende aliviar la elevada sobrepoblación que hoy presentan los centros de reclusión en el Estado.

En materia penitenciaria, la ejecución de las sentencias estará en manos de un juez, denominado “Juez de ejecución de sentencias”, con lo que se pretende eliminar las corruptelas que engordaron las carteras de muchos directores de prevención y reinserción social en el Estado.

La etapa de investigación de los delitos, exige una alta calificación técnica y la profesionalización de los cuerpos policiacos y de los servicios periciales, pues el éxito de las indagatorias, depende en gran medida del trabajo adecuado y eficiente de quienes enfrenten la tarea investigadora, a partir del momento mismo en que se tenga conocimiento de la perpetración de un evento delictivo.

Lo anterior exige que para el éxito de la reforma al sistema de justicia, nuestros agentes de policía, municipales, estatales y ministeriales, habrán de capacitarse como nunca lo han hecho, y nuestros servicios periciales tendrán que brincar de los métodos medievales que hoy utilizan, a la utilización de los recursos que la ciencia moderna hoy pone a su disposición.

El nuevo sistema oferta enormes bondades y beneficios, que infortunadamente no se han alcanzado, y difícilmente se alcanzarán, debido a la falta de capacitación  de los operadores del sistema, principalmente los encargados de atender la fase temprana de las investigaciones. En particular, ha sido deficiente y en muchos casos ilegal, la intervención del llamado primer respondiente, que es aquel elemento de alguna corporación de seguridad pública, que toma inicial conocimiento de un evento que puede resultar constitutivo de delito.

Difícil tarea se les ha impuesto a nuestros policías uniformados, que con sueldos miserables y nula o escasa preparación, deben enfrentar una enorme responsabilidad como primeros respondientes.

En entregas subsecuentes abordaremos el tema de los operadores del nuevo sistema de justicia penal, analizando su desempeño conforme al esquema de funciones y atribuciones que la nueva legislación procesal penal les asigna, desde el inicial interviniente, el primer respondiente, hasta el último partícipe procesal, el llamado juez de ejecución de sentencias, pasando por la policía ministerial, policía científica, policía procesal, agentes del Ministerio Público, peritos, asesores victimales, defensores públicos y particulares, jueces de control y de juicio oral, magistrados y responsables de los centros de internación.

Todos ellos tienen un rol específico, y del buen desempeño de cada uno de ellos depende el éxito del nuevo sistema.

Como ciudadanos, tenemos la necesidad de conocer la función de cada uno de estos operadores, y el derecho a exigir de cada uno de ellos, el cabal cumplimiento de sus obligaciones. Solamente así a través de la supervisión ciudadana, podremos evaluar el éxito o fracaso del llamado nuevo sistema de justicia penal.