Patria potestad y registro de nacimiento

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). El 5 de julio hogaño, se publicó la reforma al Código Civil para Baja California Sur (CC BCS) que permite que un infante, sin importar su edad, voluntariamente cambie su nombre y sustituya en su acta de nacimiento el registro de su sexo biológico, por la anotación de un género diverso, y podrá hacerlo aún sin el consenso de quienes detenten su patria potestad (Art. 144 Ter Párrafo Séptimo CC BCS). La reforma pone a disposición del menor toda la fuerza del Estado a través de la Procuraduría de la Defensa del Menor, dependiente del Ejecutivo, para enfrentar a sus padres en la contienda judicial que eventualmente se genere.

Independientemente del riesgo a la certeza y seguridad jurídica que implica el cambiar en el registro natal datos ciertos, científicamente corroborables, como lo es el sexo biológico, por un dato veleidoso, subjetivo, incierto, variable y confuso, denominado “identidad de género” o la forma en que cada persona se define a partir de su autopercepción, la reforma atenta contra la institución base de la sociedad sudcaliforniana, constituida por la familia (Art. 9º CP BCS) al supeditar la patria potestad a la voluntad del menor, y al superponer la representatividad del mismo, por un órgano de gobierno dependiente del Ejecutivo, sin capacidad legal, ni constitucional, ni convencional, ni normativa, para sustituir a los padres en el ejercicio de la patria potestad.

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Esta reforma, en lo tocante a la ilícita suplantación de la representación del menor, es un claro referente de la verdadera intención de la legislatura local, en cuyos afanes llegan a extremos como el que aquí se comenta, de atentar contra la estructura fundamental de la familia con tal de fomentar lo que nuestros locuaces diputados progresistas llaman “la diversidad sexual”.

Acorde a la definición que plasma el mismo código que se trastoca con la reforma en comento, la patria potestad, es la relación de derechos y obligaciones que, recíprocamente, tienen, por una parte, el padre y la madre o los abuelos en su caso y, por otra, los hijos menores no emancipados, cuyo objeto es la custodia de la persona y bienes de esos menores, entendida ésta en función del amparo de los hijos (Art. 474 CC BCS). La patria potestad se ejerce sobre la persona y bienes de los hijos sujetos a ella. Su ejercicio tiene por objeto la protección integral del menor en sus aspectos físico, mental, moral y social e implica el deber de su guarda y educación (Art. 478 CC BCS).

Se trata de la más alta responsabilidad que adquiere un progenitor respecto de sus hijos menores de edad, pues a su cargo se encuentra todo lo relacionado con el sano crecimiento y desarrollo del menor; es una potestad irrenunciable, que nace de la vinculación paterno filial, que garantiza que todos los aspectos relativos a la formación del menor, su educación en principios y valores, sean supervisados y avalados por sus padres.

La titularidad de la patria potestad corresponde, invariablemente, a los progenitores, y en su ausencia, a los abuelos (Art. 475 CC BCS) y, por tanto, esta reforma viola lo dispuesto en el propio código respecto a las reglas relativas al ejercicio de la patria potestad, que establece claramente que, a falta de padres, ejercerán la patria potestad sobre el hijo menor, los abuelos paternos o maternos que mejor garanticen su protección y desarrollo (Art. 486 CC BCS).

A las personas que tienen al hijo bajo su patria potestad, incumbe la obligación de protegerlo y educarlo convenientemente, y tienen la facultad de amonestar y corregir (CC BCS), y este principio de orden disciplina y autoridad formativa rectora, se ve violentamente trastocado por esta reforma, que pretende permitir que un menor acuda ante los tribunales con el apoyo y patrocinio de una dependencia estatal, ya que el mismo código establece que quienes ejercen la patria potestad son los únicos y legítimos representantes de los menores que están bajo de ella (Art. 489 CC BCS).

Podemos concluir que esta reforma es una imposición de la agenda progresista, que no responde a ninguna realidad social en la entidad, y que en su afán de promover lo que llaman diversidad sexual, expone a los menores, los invita a tomar una decisión apresurada, ajena a la etapa de su vida en que carecen de la madurez psicoemocional necesaria para tomarla, y atenta contra la estructura básica de la sociedad que es la familia, al trastocar el principio rector  que es la autoridad que emana de la patria potestad, exclusiva de los padres, o en su ausencia, de los abuelos, y en todo caso, el menor deberá esperar a alcanzar la mayoría de edad para conducirse conforme a su propio criterio (Art. 506 Fracción III CC BCS).

Corresponde a la nueva legislatura estatal, escuchando el parecer de todos los sectores de la sociedad, en particular aquellos que aglutinan a los paterfamilias, decidir si modifica lo plasmado en esta desafortunada reforma a nuestro Código Civil estatal.

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Proponen dar mayor peso al castigo de homicidios por razones de orientación sexual

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La Paz, Baja California Sur (BCS). Por medio de un comunicado de prensa emitido por el Congreso del Estado se informó que, el diputado Luis Armando Díaz propuso la creación en el Código Penal del Estado, del delito de homicidio por razones de orientación sexual o identidad de género, como una necesidad para que los denominados crímenes de odio contra personas LGBT no queden impunes.

Al presentar la iniciativa mediante la cual se reforma el artículo 131 y se adiciona el 135 Bis del Código Penal, que tipifica el delito de homicidio por razones de orientación sexual o identidad de género bajo los supuestos, cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; se le hayan infligido lesiones, quemaduras, escoriaciones, contusiones, fracturas o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida. Cuando existan antecedentes de amenazas, acoso, violencia o lesiones en el ámbito familiar, laboral o escolar por la preferencia sexual; Existan antecedentes o elementos de odio, rechazo o discriminación hacia la orientación sexual o identidad de género de la víctima; El cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público; o la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento.

Actualmente el Código Penal contempla en las agravantes del homicidio, el de en razón de la preferencia sexual (artículo 131); con la reforma se elimina este apartado para la creación del tipo penal y se castigue con 25 a 50 años de prisión, en el nuevo articulado 135 Bis y sus supuestos. El iniciador expuso que en la legislación de Baja California Sur es necesaria la inclusión del crimen de odio por homofobia como un tipo penal autónomo, puesto que se requiere de una figura típica que proteja la vida de las personas con preferencia de género y/o una orientación sexual diversa al resto de la población.

Explicó que al constituirse como un tipo penal autónomo, su fuerza jurídica de creación será más precisa que solo colocar una agravante al tipo penal de homicidio. Así mismo, la creación de esta figura autónoma traerá aparejada la protección de la dignidad humana y la identidad sexual.

Finalmente, en esta propuesta se propone también en artículo 138 referente a lesiones por razones de odio o discriminación, se añaden los conceptos de orientación sexual e identidad de género, concluyó el comunicado de prensa.

 




Proponen iniciativa para evitar discriminación por orientación sexual

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La Paz, Baja California Sur, (BCS). Para que la procuración de justicia en Baja California Sur atienda los principios que rigen el procedimiento penal de manera imparcial, expedita, y evitar todo tipo de discriminación por orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales, respetando en todo momento la dignidad humana, la igualdad y la no discriminación, la diputada María Guadalupe Moreno Higuera, propuso se reformen y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Ejecución y Medidas de Seguridad en materia de procuración de justicia en los casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género, lo anterior dado a conocer por medio de un boletín de prensa por parte del Congreso del Estado.

La iniciativa que se canalizó a la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia, sostiene que en nuestro Estado, las, los y les lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transexuales, transgenero, intersexuales y queers, enfrentan diversos obstáculos en el ejercicio de sus derechos y libertades, así como el precario acceso a servicios de salud digna, acceso a la educación, al empleo, e incluso en el escrutinio público e institucional al reconocimiento de su proceso de identidad.

En tribuna, la legisladora de Morena, afirmó que, en su mayoría, las personas que tienen una orientación sexual, identidad o expresión de género diversa encuentran barreras sociales motivadas por prejuicios de una sociedad en construcción y omisiones legales como resultado de la poca legislación en la materia. Desde ese contexto, los derechos humanos representan una garantía jurídica universal que protege a los individuos de las acciones que violentan sus libertades fundamentales y dignidad humana; es por ello, que toda persona con independencia de su orientación o preferencia sexual o identidad de género goza del pleno derecho a la protección y administración de justicia por parte del Estado.

Para lograr estas garantías, y validación, ejecución y práctica se incluye lo dispuesto por nuestra legislación federal, local, tratados internacionales ratificados por el estado mexicano y protocolos e instrumentos de actuación establecidos. Moreno Higuera sostuvo que tener una orientación no heterosexual o una identidad de género diferente, no omite la obligación del estado para garantizar el pleno ejercicio y protección a la dignidad humana, de la misma manera, faculta la protección para implementar acciones para respetar, proteger y garantizar los derechos humanos con independencia de la situación jurídica en la que se encuentren, concluyó el comunicado.




Conmemora el Día Internacional Contra la Homofobia, Transfobia y Bifobia

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San José del Cabo, Baja California Sur (BCS). Para conmemor el Día Internacional Contra la Homofobia, Transfobia y Bifobia, rememorado en todo el mundo el 17 de mayo, el Gobierno de Los Cabos informó mediante un boletín de prensa que, realizó una conferencia en la casa de la cultura Alfredo Green González en San José del Cabo, llamada Igualdad y No Discriminación, la cual fue presentada por la ponente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Mónica Laura Segura Díaz, y contó con la asistencia de la juventud cabeña.

Al respecto, el coordinador municipal de Derechos Humanos, Egdar Bertín Olachea informó que el objetivo principal de la conferencia es fomentar una cultura ciudadana libre de violencia por discriminación de orientación sexual e identidad de género.

Por lo anterior, el servidor público recordó que del 17 al 20 de mayo se celebrarán actividades conmemorativas por la Semana de la Diversidad Sexual y de Género en el municipio.

Para concluir, el boletín de prensa mencionó que se encuentra disponible la página de Facebook de la Coordinación Municipal de Derechos Humanos de Los Cabos, donde se publica la agenda de las diferentes actividades que se realizarán por la Semana de la Diversidad Sexual y de Género.




Prevén armonizar despenalización del aborto e identidad de género en Congreso del Estado: Morena

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La Paz, Baja California Sur (BCS). La fracción parlamentaria del Movimiento de Regeneración Nacional en Baja California Sur, impulsará en materia específica la armonización de la Ley Laboral, (que ha estado postergada por más de dos años); generar la Ley de Amnistía del Estado; y armonizar la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre la despenalización del aborto y la Ley de Archivos, informa el Congreso del Estado a través de un comunicado de prensa.

El diputado José María Avilés Castro, Presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política y Coordinador de la bancada de MORENA, afirmó que en materia genérica, en coordinación con los integrantes de la XVI Legislatura, se trabajará con los temas de  transparencia y anticorrupción.

Reconoció que si bien los temas de la despenalización del aborto e identidad de género son causa de polémica entre la sociedad sudcaliforniana, el Congreso sólo va armonizar, porque es una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es un tema irreversible y por lo tanto, sólo se trata de plasmar en las leyes locales lo que ya se definió.

“Ningún juez puede encarcelar a una mujer que de manera voluntaria, decidió abortar en los primeros tres meses de gestación, vamos hacer lo que sea necesario para plantear a la sociedad, que esta fue una decisión de la Corte, por unanimidad”.

En ese contexto, el trabajo de los diputados locales es armonizar la ley, vincularlo con los códigos que aplican en esa parte. Avilés Castro expuso que para el mes de diciembre, la bancada de Morena presentará formalmente su agenda de trabajo, fecha en la que por ley se presenta la agenda común de todos los que integran la legislatura., concluye el boletín de prensa del Congreso del Estado.