Lupita Saldaña propone adiciones a la Constitución de BCS en materia de desaparecidos

FOTOS: Búsqieda X La Paz | Congreso del Estado.

La Paz, Baja California Sur (BCS). La Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia del Congreso del Estado, analiza desde ahora una iniciativa con proyecto de decreto que propone una adición a la Constitución local, en materia de personas desaparecidas y no localizadas.

Presentada por la diputada Lupita Saldaña Cisneros, reconoce constitucionalmente, en el apartado de “derechos humanos y sus garantías” una serie de derechos humanos relacionados con este flagelo jurídico y social que deben ser expresamente establecidos, como son el derecho a no ser víctima de desaparición, sea forzada o cometida por particulares y a garantizar su búsqueda; establece obligaciones al Estado como adoptar todas las medidas apropiadas para proteger a las personas contra las desapariciones; establecer una política de prevención y atención contra la desaparición de sus habitantes.

“Basta de la apatía, la ineficacia y la falta de decisión para enfrentar este delito que golpea de manera inmisericorde a nuestra población”, expresó la abanderada de Acción Nacional, destacando que se requiere que las autoridades formulen, implementen y refuercen las estrategias que ayuden a prevenir, investigar y sancionar los casos.

Argumentó que, lamentablemente, Baja California Sur también sufre un alto número de personas desaparecidas, especialmente desde hace nueve años y en el último año La Paz superó a Los Cabos.

Arguyó que, de acuerdo con las cifras de RED LUPA, en Baja California Sur el número de desaparecidos está aumentando de manera significativa del año 2022 al mes de mayo de 2025. En 2022 había 671 personas desaparecidas en el Estado; 925 en 2023 y 938 en 2024; hasta el 16 de mayo de 2025 eran mil 048, de los cuales 883, el 84.26% son hombres y 163, el 15.55%, son mujeres.

La mayoría de las mujeres desaparecidas son jóvenes, entre 15 y 29 años, mientras que el 71% de las personas desaparecidas en general tienen entre 20 y 44 años, y 46 tenían menos de 18 años, siendo la mayoría niñas; los casos comenzaron a ser registrados en la entidad a partir del 2004, que en 2016 aumentaron y no se han detenido, siendo 2021 y 2023 los años con la mayor cantidad de personas desaparecidas (2021 fue el de mayor número, con 106 personas que continúan desaparecidas).

“No debemos quedarnos al margen del clamor que surge de quienes buscan a sus familiares desaparecidos; hagámoslo por las y los sudcalifornianos, especialmente por quienes sufren a diario la ausencia, la incertidumbre y la carencia de información sobre el paradero de los suyos”, acotó desde tribuna Saldaña Cisneros. Su propuesta, implica adicionar un nuevo artículo 20 Bis a la Constitución Política de Baja California Sur.




Avances en búsqueda de personas desaparecidas en BCS: CEBP BCS

La Paz, Baja California Sur (BCS). Como resultado del esfuerzo conjunto entre autoridades de los tres órdenes de gobierno, familiares y colectivos de búsqueda, la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas (CEBP BCS) ha reportado que, en los últimos tres años, el 93.8% de las localizaciones atendidas han sido con vida.

Así lo informó la titular de la Comisión, Lizeth Collins Collins, quien subrayó el compromiso de la administración estatal en la atención a este importante tema, siempre bajo un enfoque de derechos humanos y siguiendo los principios rectores de la búsqueda, principalmente, la presunción de vida.

Collins Collins detalló que, entre septiembre de 2021 y el 5 de agosto de 2024, se lograron localizar 965 personas, de las cuales 905 fueron encontradas con vida.

Este notable avance ha sido posible gracias a la colaboración interinstitucional y al fortalecimiento de las capacidades operativas de la CEBP BCS, según se lee en el comunicado oficial. Además, se han mejorado las infraestructuras y el equipamiento, destacando la creación del Centro de Resguardo Temporal para Restos Humanos.

Esto, junto con la profesionalización del personal, ha permitido certificar a 21 servidores públicos adicionales en 2024, sumándose a los 12 ya certificados en 2023.

Por otro lado, Collins anunció que en este mes de septiembre se celebrará la sesión ordinaria del Mecanismo Estatal de Coordinación en materia de búsqueda de personas.

Aunque los avances han sido significativos, la titular reconoció que aún existen temas pendientes a los que se les brinda seguimiento de manera coordinada, con el objetivo de lograr mejores resultados, siempre de la mano de las familias y la sociedad.




Recibe BCS escáneres portátiles de huellas dactilares para identificación de cuerpos

FOTO: Archivo.

La Paz, Baja California Sur (BCS). Baja California Sur recibió por parte de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNB), escáneres portátiles de huellas dactilares para identificación humana, mismos que fueron donados a México por parte de la Embajada Alemana en el país, a través del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), informó la Comisionada Estatal de Búsqueda de Personas (CEBPBCS).

Se indicó que esta entrega se hizo a los estados, en el marco de la segunda sesión ordinaria del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas celebrada en la Ciudad de México, misma que estuvo encabezada por la titular de la CNB, contando con la participación de las 32 comisiones estatales y las Fiscalías Especializadas en la materia.

En el caso de la entidad, informó la CEBPBCS, recibió tres escáneres, equipamiento que ayudará a los trabajos forenses que realizan las autoridades competentes en este renglón.

Durante esta reunión, se presentaron los informes de la situación que guardan el Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense (MEIF) y la Comisión Nacional, se aprobaron los lineamientos de operación y funcionamiento del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Se trató la integración de la Comisión de Implementación del Protocolo Homologado para la búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas, así como la firma de convenios y entrega de los escáneres.

La CEBP reiteró el compromiso de seguir coordinando esfuerzos y recursos, para atender este tema, siempre en total colaboración con familiares, colectivos e instituciones de los tres órdenes de gobierno, a fin de acompañar en los diferentes procesos a las familias de las víctimas de este delito.




Qué hacer en caso de una desaparición forzada

FOTOS: Internet.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Durante el primer trienio del sexenio estatal anterior, en Baja California Sur disminuyó drásticamente el número de ejecuciones, al tiempo que se inició una escalada en el de personas desaparecidas, estimándose en 500 el número de desaparecidos durante dicho periodo, lo que llevó a la publicación el 16 de agosto de 2019, de la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, cuyo principal objetivo, al decir del Legislativo, es buscar a las personas desaparecidas y no localizadas y esclarecer los hechos; así como para prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas, coordinando para ello la actividad de las autoridades competentes del ámbito estatal y municipal.

El ordenamiento en cita es letra muerta, pues a la fecha no existe el marco de precisión competencial, ni el esquema de coordinación interinstitucional necesario para que la ley sea operativa y eficaz. Lo cierto es que, hasta el mes pasado, el abandono oficial sobre el tema era la constante, y de no ser por los familiares de los desaparecidos, que con recursos propios y sin apoyo oficial coordinan los operativos de búsqueda en tres diferentes colectivos, en la entidad, nadie buscaría a los desaparecidos.

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Recientemente el Procurador de Justicia estatal anunció la implementación de un programa ambicioso de coordinación y operación en la búsqueda de desaparecidos y la investigación de los hechos, ajustando su actuación al protocolo homologado para la búsqueda de personas desaparecidas y la investigación del delito de desaparición forzada aprobado el 20 de agosto de 2015, por el pleno de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, el cual busca establecer para todas las Procuradurías del país los mismos criterios de búsqueda e investigación de casos relacionados.

La denuncia

La búsqueda deberá iniciarse desde el momento en que se recibe la noticia. No es optativo ni discrecional aplicar el protocolo. Siempre es obligatorio. Lo más recomendable es acercarse a un colectivo de víctimas, cuyos integrantes han pasado ya por una experiencia similar y en todo caso, solicitar orientación y apoyo al Centro de Orientación Ciudadana de la FGR, al teléfono 800-00-85-400 que opera las 24 horas del día, los 365 días del año.

Información que debe aportarse

  • Datos de identidad de la persona desaparecida: nombre, edad, fecha de nacimiento, domicilio, ocupación, así como una detallada descripción física: estatura, peso, complexión, color de piel, forma de la cara, color y largo del cabello, tamaño de la frente, forma y grosor de cejas; color y tamaño de ojos, forma y tamaño de nariz y boca, detalle de las cicatrices, lunares, tatuajes, pecas, manchas, intervenciones quirúrgicas, entre otros datos.
  • ¿Sabe cuándo desapareció?
  • ¿Cuándo fue la última vez que vio a la persona?
  • ¿Cuándo fue la última vez que tuvo contacto con la persona y por qué medio?
  • ¿A dónde se dirigía la última vez que se supo de la persona?
  • ¿Quién tuvo el último contacto con la persona?
  • ¿Lugares que frecuentaba?
  • Reconstrucción de recorrido o rutina diaria.
  • Acompañar a la denuncia una fotografía reciente del desaparecido

Toda la información que se proporcione es confidencial y será ingresada por el M.P. al Sistema Nacional de Información Ministerial sobre Personas Desaparecidas (SNIMPD), donde debe activarse de inmediato el mecanismo de búsqueda urgente emitiendo una alerta a la Red Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas (RNBPD).

De manera urgente, el M.P. debe:

Ҩ Solicitar a autoridades y particulares que preserven y entreguen evidencias sustantivas que servirán para la resolución del caso (ropa, correos electrónicos, documentos, objetos personales).

Ҩ Recabar de manera inmediata todos los videos posibles en la zona de desaparición.

Ҩ Alertar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que informen de inmediato sobre operaciones financieras realizadas con tarjetas bancarias (crédito, débito, cheques) de la persona desaparecida.

Ҩ Solicitar al Instituto Nacional de Migración (INM) que avise a los puntos fronterizos a fin de saber si la persona sale del país.

Cada caso en particular planteará diferentes vertientes en la indagatoria, pero en todos los casos que sean denunciados, el Ministerio Público está obligado a investigar los hechos y buscar a la persona desaparecida, sin importar las situaciones particulares de la desaparición, y aunque lo anterior pareciera obvio, en la práctica, no lo es. Infortunadamente, es frecuente que las autoridades intenten, o al menos insinúen, que la persona desaparecida estaba vinculada al crimen organizado, buscando desanimar a los denunciantes, realizando comentarios que aludan a que el desaparecido “andaba en malos pasos” o en el caso de mujeres apuntar a la minimización del evento, toda vez que seguramente “se fueron con el novio” o que “se lo buscaron”.

Comentarios y sugerencias como las apuntadas, que buscan restarle gravedad a la desaparición o incluso, justificarla, resultan un acto de tortura para los familiares del desaparecido, y es importante apuntar que la criminalización o estigmatización de las víctimas y/o sus familiares es un delito que debe denunciarse ante el órgano de control interno de la PGJE.

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