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Conmemoran 48 Aniversario de la Constitución de BCS

FOTO: Congreso del Estado

La Paz, Baja California Sur (BCS). En sesión solemne representantes de poderes y de la sociedad civil rinden homenaje a los integrantes del Congreso Constituyente de Baja California Sur en el marco del 48 aniversario de la promulgación y entrada en vigor de la Constitución Política de Baja California Sur, así se informó por medio de un comunicado de prensa por parte del Congreso del Estado.

De acuerdo con el comunicado, la Presidenta de la Mesa Directiva de la diputación permanente, diputada María Guadalupe Moreno Higuera hizo un reconocimiento a la diputada constituyente María Luisa Salcedo Morales, por abrir brecha a las mujeres en la función pública, El empoderamiento de las mujeres ha sido progresivo, y el ejercicio de los derechos políticos electorales es relativamente nuevo, sin embargo la lucha tiene más de 200 años y han existido siempre mujeres que se han distinguido no por quedarse calladas y alzar la voz en movimientos, en acciones trascendentes y tal es el caso de María Luisa Morales, quien ha servido bien a nuestra querida Baja California Sur y a varias generaciones de sudcalifornianos, expresó en la tribuna.

En representación de los poderes del Estado, el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Magistrado Daniel Gallo Rodríguez afirmó que el mejor tributo que se puede rendir a la Constitución estatal, es continuar trabajando juntos, desde los ámbitos particulares de competencia, para que cada vez más personas accedan a un nivel de vida más digno.

Dijo que en el Poder Judicial se cumple con las obligaciones que la constitución mandata: una justicia humana, moderna y cercana a la sociedad; refrendó el compromiso de seguir contribuyendo en la defensa de los derechos de las mujeres, las niñas, los niños, los adolescentes, los grupos vulnerables y de todo aquel ciudadano que demanda justicia, al mismo tiempo hizo un llamado a los ciudadanos a que ejerzan a plenitud los derechos contenidos en la Constitución y sean vigilantes de su cabal cumplimiento por los servidores públicos.

Por su parte, la diputada constituyente María Luisa Salcedo Morales, en representación de la sociedad civil, hizo un recuento de los hechos que dieron origen a la Constitución de Baja California Sur y dijo que ésta fue una demanda de los sudcalifornianos y de las mujeres, concluyó el comunicado de prensa.




Proponen creación del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje

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La Paz, Baja California Sur (BCS). El diputado Héctor Manuel Ortega Pillado propuso este martes 15 de septiembre adicionar un título Noveno Bis a la Constitución Política de Baja California Sur denominado “Las Relaciones Laborales entre los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y sus Municipios”; se reforma el Artículo 123 de la Constitución Política y el 125 de la Ley para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios de Baja California Sur, informó el Congreso de Baja California Sur.

Lo anterior, en una iniciativa con proyecto de decreto que tiene como objeto primordial reconocer y visualizar a rango de nuestra constitución local las relaciones de los trabajadores al servicio de los poderes del Estado y los Municipios, así como la creación de organismo que goce de autonomía constitucional para impartir justicia laboral burocrática.

Las reformas consisten en agregar los numerales 160 Quater, 160 Quinquies y 160 Sexies a la Constitución Política del Estado de Baja California Sur para integrar el nuevo Título.

El 160 Quater reconoce el derecho de los trabajadores al servicio del Estado y Municipios a organizarse libremente en sindicatos  para defensa de sus intereses, el 160 Quinquies contempla la creación del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Baja California Sur y el 160 Sexies los mecanismos para el proceso de elección del Magistrado Titular del Tribunal.

El diputado Ortega Pillado señaló que es necesario reconocer a rango constitucional, el supremo derecho de los trabajadores al servicio de los poderes del Estado y sus Ayuntamientos, de asociarse a través de sindicatos para el estudio, mejoramiento y defensa de sus intereses comunes.

Este reconocimiento y visualización, no solo se trata de llenar un vacío o una simple inclusión textual en nuestro máximo ordenamiento local, tiene la significancia de la reconocer la importancia de las y los trabajadores burócratas para el cumplimiento de los fines del Estado.

Es reconocer la fuerza humana, dijo, que día a día, aún ante la incomprensión y la crítica desarrollan sus labores con ahínco, esfuerzo y solidaridad con su Estado, desde múltiples trincheras del servicio público.

La iniciativa señala que el Tribunal deberá entrar en funciones el 1 de enero de 2022 y que el Gobierno del Estado deberá incluir en su presupuesto para ese año los recursos para su funcionamiento.

La Iniciativa también señala que la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur deberá armonizarse dentro de los 180 días siguientes de su entrada en vigor.




Proponen eliminar candidaturas comunes

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La Paz, Baja California Sur (BCS). Las diputadas María Petra Juárez Maceda (MORENA) y Sandra Guadalupe Moreno Vázquez (sin partido), presentaron iniciativa para reformar el Artículo 36 de la Constitución Política de Baja California Sur y derogar diversas disposiciones de la Ley Electoral del Estado, la cual propone eliminar las candidaturas comunes y ciudadaniza los procesos, es decir, que el voto de los ciudadanos sea el que determine si un partido político tiene registro, representantes, o sí recibe financiamiento público para sus actividades, informó el Congreso de Baja California Sur.

Durante la sesión virtual ordinaria de este jueves 21 de mayo, la iniciativa fue leída por la diputada Juárez Maceda, la cual consta de la modificación de, al menos, una veintena de artículos de la Constitución estatal y de la Ley Electoral del Estado, que abarcan también las aristas de propaganda, gastos, candidaturas de representación proporcional, regidurías de representación proporcional, regulación de candidaturas ciudadanas, entre otras, las cuales fueron turnadas a las comisiones de puntos constitucionales y de justicia y de asuntos políticos, para su revisión y dictaminación.

Las iniciadoras expusieron que la Décima Tercer Legislatura, permitió que en la legislación electoral del estado se haya conservado esa forma de participación, pero que, a la fecha, ha perdido legitimidad, ya que los partidos que han concurrido a un proceso electoral, no ofrecen certeza sobre la cantidad de votos que reciben. Solo se conoce el número de votos que al final del proceso se determina en base en un convenio.

Las nuevas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos contiene las disposiciones para que los partidos políticos constituyan frentes, coaliciones y fusiones, es decir, las modalidades de alianzas que los partidos pueden realizar. Sin embargo, en el Artículo 36 de la Constitución estatal, se ha conservado la posibilidad de que los partidos políticos recurran a la figura de la candidatura común. Siendo esta disposición la base constitucional para que en el cuerpo normativo de la Ley Electoral del Estado se reconozca y se regulé esta figura, que de manera esencial viola la prohibición de trasferir votos a través de convenios, establecida en Artículo 87 de la Ley General de Partidos.

Entre las propuestas se encuentran la prohibición de obsequiar espacios a algún partido político, coalición, precandidato o candidato, aspirante o candidato independiente, salvo que opere para todos en la misma proporción (Artículo 65 III, Ley Electoral).

Sólo tendrán derecho a participar en la asignación de regidores de representación proporcional, los partidos políticos que en forma individual o mediante coaliciones, no hubiesen alcanzado el triunfo por mayoría relativa en el Municipio de que se trate, y hayan obtenido, por lo menos, el 3% de la votación total emitida en el Municipio de que se trate y, en caso de coaliciones, el 6% cuando se trate de dos partidos y hasta el 9% cuando la coalición este integrada por tres o más partidos políticos (Artículo 169, Ley Electoral).

Los candidatos independientes que hayan sido registrados, no podrán ser postulados como candidatos por un partido político que participe en forma individual o mediante coaliciones, en el mismo proceso electoral (Artículo 212, Ley Electoral).




Reforma Congreso de BCS Constitución para designar Auditor Superior

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La Paz, Baja California Sur (BCS). Con 15 votos a favor, el Congreso del Estado reformó la Constitución Política de Baja California Sur y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado para que, en lo sucesivo, el titular de la Auditoría Superior del Estado sea designado por el voto de las dos terceras partes de los integrantes presentes en la sesión de la Legislatura del Congreso del Estado, informó el propio Congreso de Baja California Sur.

La propuesta fue presentada por los diputados Héctor Ortega Pillado, Carlos Van Wormer, Ramiro Ruiz Flores (MORENA), Homero González, Joan Sebastián Quintino (Sin Partido), la diputadas del PT, Mercedes Maciel Ortiz, Soledad Saldaña Bañalez, Alba Josefina Ceseña (Sin partido), y plantea la armonización de los Artículos 66 quater de la Constitución estatal y los Artículos 83, 84 y 85 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Baja California Sur.

En el Artículo 84 de la Ley de Fiscalización se reformó también un párrafo a fin de que en la designación del Auditor Superior del Estado de Baja California Sur, a falta de propuesta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado de Baja California Sur, sea “por decisión del Pleno del Congreso del Estado”.

Y en la reforma del Artículo 85 de la Ley de Fiscalización determina que en caso de que ningún candidato de la terna propuesta para ocupar el cargo de titular de la Auditoría Superior del Estado, haya obtenido la votación de las dos terceras partes de los “miembros presentes en la sesión de la Legislatura, se volverá a someter una nueva propuesta en los términos del artículo anterior”.

El diputado Ramiro Ruiz Flores subió a tribuna para precisar que se trata de una armonización y que vendrá a ayudar a disminuir el rezago administrativo.




Proponen independencia de poderes para fiscal anticorrupción

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La Paz, Baja California Sur (BCS). “Con el propósito de combatir realmente la corrupción en Baja California Sur, es justo y necesario hacer una adecuación a la ley para que el Fiscal Anticorrupción garantice plena independencia de los Poderes del Estado y los requisitos para el aspirante sean más rígidos”, así lo expresó el diputado Homero González Medrano, luego de presentar una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el último párrafo del numeral 84 de la Constitución Política de Baja California Sur, informó el Congreso del Estado.

Lo anterior para complementar la serie de reformas constitucionales y legales que se han impulsado en los últimos años en el Estado, en materia de combate a la corrupción y armonizarlo con el marco jurídico federal, señaló en la exposición de motivos.

González Medrano, puntualizó que la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción debe estar dotada de condiciones que permitan ir en serio en el combate a la corrupción que pueda generarse en el ejercicio de gobierno, por ello la Fiscalía debe contar con las condiciones necesarias para, si es necesario, investigar hasta los funcionarios de más alto rango del Estado.

Esta propuesta, implica exigir entre los requisitos lo siguiente: presentar sus declaraciones de intereses, patrimonial y fiscal, de forma previa a la elección; no haber sido registrado como candidato, ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la fecha de emisión de la convocatoria; no desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la fecha de emisión de la convocatoria; no haber sido miembro, adherente o afiliado a algún partido político, durante los cuatro años anteriores a la fecha de emisión de la convocatoria, y no saber sido Secretario de Despacho del Poder Ejecutivo, ni Procurador General de Justicia del Estado, ni subsecretario en la Administración Pública Estatal, ni Magistrado del Tribunal Superior de Justicia, ni Magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa, ni Consejero de la Judicatura, a menos que se haya separado de su cargo seis años a la fecha de emisión de la convocatoria.