La libertad de expresión

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Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Es el derecho fundamental de toda persona a expresar ideas, opiniones e información sin temor a represalias, censura o castigo. Tiene una doble dimensión: individual: protege el derecho de cada persona a manifestar su pensamiento, y social: garantiza el acceso a información plural, esencial para la democracia.

Este derecho no es absoluto: puede limitarse para proteger otros derechos, como la honra, la seguridad nacional o el orden público. La libertad de expresión, como garante en la comunicación social, tiene raíces en:

  • Antigua Grecia:La parresía (libertad de hablar) era central en el ágora ateniense.
  • Revolución Francesa (1789): La Declaración de los Derechos del Hombre consagró la libre comunicación de ideas.
  • Primera Enmienda de EEUU (1791): Prohibió al Congreso restringir la libertad de prensa y expresión.
  • La Ilustración: Consolidó la idea de que el pensamiento libre es esencial para el progreso social.

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Marco constitucional

La Constitución Mexicana en el Artículo 6º protege la manifestación de ideas, el derecho de réplica y el acceso a la información, y en el Artículo 7º declara inviolable la libertad de difundir opiniones por cualquier medio; prohíbe la censura previa y restricciones indirectas.

La protección constitucional a la libertad de expresión consagrada en ambos artículos debe ser interpretada siempre, bajo el principio pro persona del Artículo 1º constitucional.

Tratados internacionales

México ha ratificado instrumentos clave que protegen este derecho:

Art. 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos consagra el Derecho a opinar y difundir sin fronteras.

Art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos prohíbe la censura previa y restricciones indirectas.

Jurisprudencia de la SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido criterios clave:

Amparo Directo en Revisión 1302/2009: Reconoce que particulares ejercen libertad de expresión a través de medios, y deben asumir responsabilidades.

Libertad de expresión vs. derecho al honor: La Corte ha delimitado el uso de expresiones vejatorias y maliciosas como límites válidos.

Protección del periodismo: Se ha consolidado el derecho al secreto profesional y la reserva de fuentes.

Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

“La Última Tentación de Cristo vs. Chile”: Censura previa incompatible con el artículo 13 CADH.

“Kimel vs. Argentina”: Condena penal por opinión vulnera la libertad de expresión.

“Herrera Ulloa vs. Costa Rica”: Reafirma la protección del periodismo crítico.

“Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México”: Reafirma el rol de la expresión en contextos de protesta y crítica al poder.

Legislación Secundaria

  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
  • Ley de Protección de Datos Personales
  • Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión

La libertad de expresión es indispensable para el ejercicio de otros derechos humanos, y se constituye en herramienta fundamental para mantener y desarrollar la democracia constitucional, pues es el derecho que permite a los gobernados formarse una opinión y participar en el debate de temas fundamentales en la vida pública del país.

En un mundo globalizado y en una sociedad que cuenta cada día con más y mejores herramientas de comunicación, la protección y respeto a la libertad de expresión cobra mayor vigencia y actualidad, gracias al amplio espectro de difusión masiva que la moderna tecnología brinda a los medios de comunicación masiva, destacando por su accesibilidad y bajo costo, los medios digitales en general y las redes sociales en particular.

Todos los medios de comunicación masiva tienen el compromiso social y deber constitucional de propiciar y permitir una mayor discusión de los temas de interés público y de propiciar expresiones con distintos puntos de vista que nutran el debate y la deliberación pública.

En contexto, cobra especial relevancia también el derecho de réplica, herramienta que garantiza que todas las personas tengan el mismo acceso a difundir información sobre un hecho en que se les aluda, para alcanzar con ello un equilibrio en la información plural disponible.

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Reforma Judicial: la contrapropuesta de la Corte

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Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). El pasado viernes 4 de octubre conmemoramos el bicentenario de la entrada en vigor de la Constitución Mexicana de 1824, tras la caída del efímero Primer Imperio de México. Fue el primer texto constituyente que denominó a nuestra nación como Estados Unidos Mexicanos, y la definió como una república representativa popular federal, libre e independiente, cuya única religión oficial y autorizada era el catolicismo.

El Congreso General Constituyente redactor fue convocado en 1823 y tomó como base el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana de enero de 1824, que sirvió para comprometer formalmente a los distintos estados soberanos a constituirse en una República federal, representativa y dotada de una división de poderes tras la caída del Primer Imperio.

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Su genealogía refiere haber tomado como modelo la conformación básica de la Constitución de los Estados Unidos de 1787, incorporando algunas disposiciones de la Constitución de Cádiz de 1812, así como de la Constitución de Apatzingán.

Destaca en su contenido el establecimiento de la división de poderes, con lo que se constituyó el PoderJudicial, sus atribuciones y funciones, con autonomía plena en el ejercicio de sus atribuciones, y dicho poder se depositó en la primera Corte Suprema, que desde entonces tiene la encomienda de garantizar el derecho de todos los ciudadanos a que se les administre justicia, de manera pronta, completa e imparcial, y se integró por once ministros y un fiscal, divididos en tres salas.

A doscientos años de la vida constitucional mexicana, la nación enfrenta una severa crisis generada por una reforma constitucional que, en gran parte de su contenido, resulta contraria a los principios y postulados básicos, consagrados en el texto anterior a la reforma, en los tratados internacionales suscritos por nuestro país, y en los principios que rigen su interpretación y aplicación.

Ante el embate a la autonomía judicial y la eliminación de la carrera judicial que la reforma constitucional aprobada al vapor, y más por consigna que por convicción, la Suprema Corte de Justicia de la Nación plantea una propuesta de reforma, que en un Estado democrático debe al menos ser escuchada y analizada por el Congreso de la Unión.

De manera sintética, la proposición se hace consistir en nueve aspectos torales a destacar entre 66 puntos que integran la propuesta alternativa de Reforma Judicial, que a continuación se enlistan:

1.- ÉTICA JUDICIAL: Revisión de procesos, estandarización de carreras, y transparencia.

2.- FORTALECER PODERES JUDICIALES LOCALES: Más recursos, reformas y juicios orales.

3.- DISEÑO NORMATIVO SUSTANTIVO Y PROCESAL: Eliminar arraigo y prisión preventiva; fortalecer el amparo.

4.- SEGURIDAD PÚBLICA: Desmilitarización y mejora en control de armas.

5.- INVESTIGACIÓN CRIMINAL: Mejora de protocolos, búsqueda de desaparecidos, formación de fiscales, policías y mecanismos de justicia.

6.- SERVICIOS FORENSES Y PERICIALES: Nueva ley general de servicios forenses y mayor independencia.

7.- DEFENSORÍA PÚBLICA: Más recursos, autonomía y carrera profesional.

8.- ATENCIÓN A VÍCTIMAS: Mejoras en atención médica y apoyo psicológico.

9.- EJECUCIÓN PENAL: Protección de vulnerables y adecuación de prisiones.

En ESTE ENLACE puedes consultar el texto completo de la propuesta.

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La inseguridad en BCS: de pasividades y revanchas

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La inseguridad es uno de los temas más delicados e importantes que atraviesa actualmente BCS. Foto: Internet.

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Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Mientras Baja California Sur se hunde en una violenta espiral que nos ubica por mucho en el contexto nacional como la entidad con mayor incremento de homicidios violentos, el gobernador, principal responsable de la seguridad pública estatal, aparece en imágenes que difunde su costoso aparato de comunicación social, recibiendo un ejemplar en facsímil de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, lo que demuestra lo poco que a nuestro gobernador le importa nuestra seguridad.

Lamentable es ver a nuestro gobernador ocupado en liviandades, en minucias publicitarias, cuando debería estar encabezando la estructura operativa del estado, en el combate al crimen organizado que opera impunemente en todo el territorio estatal.

Si el que “sabe cómo”, el que “no le tiembla la mano”, en lugar de empuñar la espada de la justicia para defendernos de la criminalidad, la estira para recibir un documento de ornato —copia de la Constitución de 1917—, entonces nos debemos sentir decepcionados, engañados, traicionados  y burlados por quien vino a nuestras casas y con falsa humildad tocó a las puertas a pedirnos trabajo, con la falsa promesa de reintegrarnos la tranquilidad.

Para ser contratado vía el voto popular, utilizó el procedimiento delictivo de engaño, al desplegar todo un esquema de sortilegio y encanto, tendiente a hacernos creer que él podía brindarnos la seguridad y tranquilidad que la incompetencia y corruptelas de su antecesor en el cargo había permitido que nos fuera arrebatada.

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Y una vez que a través del engaño y la maquinación logró ser elegido al tomar las directrices de la entidad, en lugar de desplegar el esquema necesario, adecuado y funcional para rescatar a nuestra entidad del embate delictivo, tomó un consecutivo de equívocas determinaciones, cuya repercusión tiene hoy en día a la entidad inmersa en la peor panorámica nunca antes presentada, de escalada delictiva, violencia urbana, ejecuciones, latrocinio, corrupción, incompetencia e impunidad.

Hemos sido defraudados.

Y lo más grave es que la seguridad del Estado se encuentra al garete. El jefe del ejecutivo estatal prefiere que le tomen fotos que se difunden en la red de culto a su imagen, desplegada a un alto costo presupuestal, cuando debería estar DE TIEMPO COMPLETO aplicando sus conocimientos y determinaciones en el combate a la criminalidad. En lugar de eso, delega la función en un grupúsculo de improvisados e incompetentes.

Basta revisar la hoja curricular del encargado de la Subsecretaría de Seguridad Pública, para constatar que no tiene ni los conocimientos, ni la experiencia, ni la preparación, ni la determinación necesaria para llevar a buen puerto la encomienda.

Y lo mismo pasa con los titulares de las diferentes corporaciones estatales y municipales. Del procurador no hay nada más que decir. De sus magros resultados dan cuenta los más de veinte mil gobernados que inútilmente esperan que en su caso se proceda a procurar justicia.

El asesinato artero de dos agentes de la Policía Ministerial que fueron abatidos mientras realizaban una investigación relacionada con la ola de ejecuciones acaecidas en la entidad, puso de manifiesto el descaro e impunidad con que actúan los elementos criminales. Y la ausencia de reacción eficaz y oportuna por parte de las fuerzas del orden en el Estado, puso en evidencia su incapacidad para enfrentar la acometida de la criminalidad.

La pasividad del procurador llevó casi a una revuelta intestina en el seno de la corporación ministerial. Le dieron un ultimátum: “o nos autoriza o nos vamos por nuestra cuenta a localizar y detener a quienes mataron a nuestros compañeros”, le dijeron. Y finalmente autorizó, con más de 24 horas de retraso, la conformación de un contingente numeroso que como fuerza de reacción, acudieron al sur del Estado a vengar sus compañeros caídos.

Y entonces empezó la cacería indiscriminada, la persecución violenta, los allanamientos sin mandato judicial, las detenciones sin control ni garantismo. La fuerza policial combatiendo el fuego con fuego, la ilegalidad con ilegalidad.

¿Era necesario? Creo que sí. Si le preguntas a los elementos policíacos te dirán que sí, con pleno convencimiento, y si le preguntas al ciudadano medio, probablemente te dirá lo mismo. ¿Por qué habremos de respetar los derechos humanos de quienes delinquen, matan, extorsionan, envenenan a nuestros jóvenes?

¿Era necesario? Creo que sí. En estos momentos y tomando en cuenta todas las aristas, sí era necesario una respuesta contundente de nuestras fuerzas del orden, y el costo que implica el que en el proceso se violenten algunas normatividades, queda soslayado por el hecho de que es necesario poner un rotundo y contundente alto a esos delincuentes que se pasean impunemente por nuestras calles, y toman vidas como si ello les fuera permitido por derecho propio.

¿Era necesario? Sí, pero bien pudo evitarse. Porque es muy grave que en lugar de inteligencia y prevención, se use la violencia represora y vengativa.

¿Era necesario? Sí, pero bien pudo evitarse, si se hubieran tomado a tiempo las acciones preventivas y operativas funcionales y adecuadas.

¿Por qué la policía no actuó con la misma fuerza y contundencia desde la primera ejecución? Otra sería nuestra expectativa. No fue hasta que mataron a sus compañeros, que se dio la reacción que debió ser gestada desde el primer atisbo del problema. Cero tolerancia, cero concesiones.

Reaccionó la fuerza pública hasta que le mataron a dos de sus integrantes. Le mataron a “los suyos”. Triste y lamentable. Pero más triste constatar que nosotros, los simples ciudadanos, los de a pie, los “daños colaterales”, no somos de “los suyos”. Esa división entre fuerza pública y ciudadanía es muy bien aprovechada por el crimen organizado. “Divide y vencerás”, bien aplicado.

Debemos recuperar el rumbo de la legalidad, pero sobre todo, debemos exigir que el gobierno deje los discursos, los pretextos, las excusas y nos presente un plan de acción que nos permita vislumbrar una expectativa que cierre a este círculo de sangre y violencia que cada día se extiende más. Y Esperamos la misma reacción de fuerza policial para los asesinatos de civiles. Que no se reserve esa fuerza nada más para los casos en que agentes de policía sean victimados.

 




Centenario de la Constitución Mexicana y sus efectos en Baja California Sur

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Este 5 de febrero fue el Centenario de la Constitución Mexicana. Imágenes: Internet.

Érase una vez

Por Pablo Reynosa

 

“Todo el anhelo popular que más tarde encarnó en la Constitución de 17, sonó en las palabras de aquellos modestos oficiales y jefes en aquella memorable asamblea, pues significaba el deseo fervoroso de acabar con aquel organismo carcomido, egoísta y torpe que había creado la dictadura porfiriana y el grupo de favoritos que disfrutaron el país como una propiedad privada y exclusiva.”, Francisco J. Múgica. 

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). El 5 de febrero pasado fue un día importante en la historia de México. Se celebró el centenario de la promulgación de nuestra Carta Magna, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, bajo la cual nos regimos hasta el día de hoy, aunque su contenido ha sido reformado en 699 ocasiones y presenta casi un millar de modificaciones a la mayoría de sus artículos (una transformación de más del 80% de la versión original).

La importancia que reviste el 100 aniversario de nuestra Constitución Política federal, debe ser tomada como punto de referencia para sumergirnos en los principios, valores y reglas que contiene, pero, además, para recordar aquellos hechos históricos básicos que giran en torno a su promulgación y que todo mexicano debe de conocer.

El 5 de febrero de 1917 fue establecida por el Congreso Constituyente de Querétaro y entró en vigor el 1° de mayo del mismo año; fue promulgada por el entonces presidente Venustiano Carranza, tras una lucha que duró más de diez años: la Revolución Mexicana, aunque el movimiento inició formalmente el 20 de noviembre de 1910.

La Constitución Política que rigió nuestro país hasta 1917 fue la de 1857, y entre los principales cambios que se hicieron encontramos: la eliminación de la reelección presidencial y la erradicación del cargo de vicepresidente. Cuenta con 136 artículos y 19 artículos transitorios.

Continuamos siendo un gobierno republicano, representativo, democrático y federal, y se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Se ratificó el sistema de elecciones y se dio más soberanía a las entidades federativas.

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Sus efectos en BCS

Por lo que a Baja California Sur se refiere, el llamado nacional de Venustiano Carranza al restablecimiento de la democracia hizo eco entre los habitantes del Distrito Sur del Territorio de Baja California, para quienes no resultó ajena la situación de guerra y de inseguridad, de pasiones políticas y de pobreza económica, que derivó del golpe militar del general Victoriano Huerta y los consecuentes sacrificios de Francisco I. Madero y José María Pino Suárez.

En esa tesitura, uno de los primeros gobernadores del Distrito Sur, el Lic. Enrique Moreno (1916 – 1917), elevó a Santa Rosalía, B. C., al rango de cabecera municipal y solicitó al Congreso Constituyente de Querétaro la conversión del Territorio de Baja California a Estado de la Federación. Sin embargo su iniciativa no prosperó.

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La representatividad política del Distrito Sur del Territorio de Baja California en los foros nacionales se presentó inicialmente con algunas irregularidades. Primero, no le fueron aceptados los diputados electos al Congreso Constituyente de Querétaro y después pasó sin representación en la XXVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, no fue sino a partir de la siguiente legislatura que se ha hecho acto de presencia de manera ininterrumpida, con destacadas intervenciones parlamentarias de algunos de los diputados de la entidad.

Baja California Sur, en su calidad de Estado Libre y Soberano, vio la luz el 8 de octubre de 1974.

Al día de hoy, los sudcalifornianos escribimos momento a momento nuestra historia y compartimos con otros mexicanos el documento donde se inscriben los valores de legalidad, igualdad, justicia, tolerancia, solidaridad y democracia que nos permiten convivir en sociedad: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.




En Comondú, conmemoran el Centenario de la Constitución Mexicana

 

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Conmemoración del Centenario de la Constitución Mexicana en Ciudad Constitución. Fotos: Ayuntamiento de Comondú.

Ciudad Constitución, Baja California Sur (BCS). Francisco Pelayo Covarrubias, alcalde de Comondú, encabezó el acto cívico conmemorativo del Centenario de la Constitución Mexicana y XLIV Años de Fundación de Ciudad Constitución, informó el Ayuntamiento de Comondú.

Estuvieron presentes el secretario general del Gobierno del Estado, Álvaro de la Peña Angulo, representante del gobernador Carlos Mendoza Davis; el presidente  del Tribunal Superior de Justicia, Daniel Gallo Rodríguez; el comandante de la Tercera Zona Militar, general Édgar Humberto Flores García; y otras autoridades del los tres niveles de gobierno.

Allí, Pelayo Covarrubias dijo que hoy se rendía tributo a los Constituyentes de 1917, quienes supieron estar a la altura de los intereses supremos del pueblo mexicano, «y corresponde ahora a nosotros defender nuestra Constitución. Hagámoslo con sensatez y respeto, enalteciendo  con nuestra actuar a  la nación, vamos hacer con dignidad , con responsabilidad y compromiso, con amor a nuestra patria, porque en México nadie, absolutamente nadie debe estar por encima de la Constitución».

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En el marco de este acto, el Presidente Municipal de Comondú hizo entrega de un reconocimiento al coronel Cecilio Martínez Arcos, «porque el 17 Regimiento de Caballería Motorizada, del cual es Comandante, fue considerado por la Sedena como uno de los regimientos más destacados del país, siendo un orgullo para los comundeños«.

Previo al acto cívico, en la Plaza de Armas Ignacio Zaragoza de Ciudad Constitución se llevó a cabo ofrenda floral y guardia de honor en el monumento al general Agustín Olachea, quien fue fundador de la colonización del Valle de Santo Domingo, para continuar con el desfile del Centenario sobre el bulevard Olachea.

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