Inscriben a la UABCS en el Muro de Honor del Congreso de BCS

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Como reconocimiento a su contribución en la formación de profesionistas y al desarrollo de Baja California Sur, el gobernador Víctor Manuel Castro Cosío encabezó la develación de la leyenda “Universidad Autónoma de Baja California Sur, Sabiduría como meta, Patria como destino” en el Muro de Honor del Congreso del Estado.

En sesión pública solemne, con la presencia de representantes de los poderes Legislativo y Judicial, así como autoridades de los tres órdenes de gobierno, el mandatario destacó el papel fundamental que ha desempeñado la máxima casa de estudios a lo largo de cinco décadas, al preparar generaciones que hoy contribuyen en distintos ámbitos de la vida estatal.

Durante su mensaje, subrayó que la educación superior debe trascender la enseñanza técnica, al considerar indispensable fortalecer valores como el humanismo, la solidaridad y el respeto hacia los demás. “Si no hay humanismo, si no hay amor a los semejantes y a la paz, no se estará cumpliendo con la misión educativa”, expresó.

Asimismo, planteó la necesidad de consolidar una institución comprometida con el desarrollo integral, que impulse tanto el crecimiento material como el humano, además de promover el cuidado del medio ambiente y principios que favorezcan la convivencia social.

Por su parte, el rector Dante Arturo Salgado González agradeció, en nombre de la comunidad universitaria, la distinción de inscribir el nombre y lema en el recinto legislativo, lo cual —señaló— reciben con gratitud y respeto.

Como parte del acto, se presentó una reseña sobre el origen y evolución de la UABCS; posteriormente, autoridades y exrectores realizaron la develación de las letras doradas, que permanecerán como testimonio del reconocimiento del pueblo sudcaliforniano a su aportación al desarrollo de la entidad.

Esta acción se enmarca en la conmemoración del 50 aniversario de su fundación, en 1976, durante la administración de Ángel César Mendoza Arámburo.




La Sierra de la Laguna y el silencio que gobierna

 

FOTOS: Gobierno de México.

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). En Baja California Sur, el agua no es un tema sectorial ni una bandera ideológica: es un asunto de seguridad colectiva. La Sierra de la Laguna —Reserva de la Biósfera y principal fábrica de agua del sur peninsular— no sólo sostiene ecosistemas; sostiene ciudades, economías y vida. Por eso, cualquier amenaza sobre ella exige algo elemental de quienes gobiernan: posición pública, liderazgo y acción preventiva.

Hoy, frente a proyectos inmobiliarios que se presentan bajo narrativas amables de “conservación”, “santuarios” o “ecoturismo”, la sociedad sudcaliforniana ha hablado con claridad. Organizaciones civiles, académicos, comunidades y sectores productivos responsables han advertido el riesgo que tales proyectos representan para la integridad hídrica y ecológica de la Sierra.

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El Frente Ciudadano en Defensa del Agua y la Vida en BCS ha seguido la ruta institucional: información, exigencia pública y combate jurídico ante la autoridad ambiental federal.

Sin embargo, en este escenario hay un hecho que no puede normalizarse: el silencio del titular del Poder Ejecutivo estatal y de las presidencias municipales de La Paz y Los Cabos, precisamente las demarcaciones directamente vinculadas al territorio en disputa.

Ese silencio no es neutro. Gobernar también implica hablar, fijar postura, advertir riesgos y ejercer las competencias que la ley otorga. Cuando la totalidad de la sociedad organizada se pronuncia y quienes detentan el poder territorial callan, se produce un fenómeno conocido en derecho público: la omisión institucional relevante.

No se trata de exigir declaraciones retóricas ni de pedir que autoridades locales sustituyan a instancias federales. Se trata de algo muy básico y mucho muy serio: el deber de cuidado y de prevención frente a un riesgo público conocido.

El derecho contemporáneo —constitucional, administrativo y penal— reconoce que existen situaciones en las que no actuar equivale, en los hechos, a permitir. En otras palabras: callar también produce efectos.

En materia ambiental, esos efectos son particularmente graves. El agua no se regenera con discursos tardíos. La degradación de una cuenca no se corrige con comunicados ex post. La experiencia histórica en Baja California Sur lo demuestra con crudeza: cuando la autoridad llega tarde, el daño ya está hecho.

Por eso, la falta de pronunciamiento público y verificable de quienes tienen responsabilidad política y territorial directa no puede leerse como simple prudencia. Es una decisión. Y como toda decisión pública, es evaluable, criticable y eventualmente reprochable.

Desde una perspectiva jurídica, existe un principio ampliamente aceptado: quien tiene posición de garante respecto de un bien jurídico relevante —como el agua, el territorio o el equilibrio ecológico— no puede refugiarse en la inacción cuando el riesgo es evidente y conocido. La obligación no siempre es autorizar o prohibir; muchas veces es prevenir, coordinar, advertir y activar los mecanismos de protección disponibles.

Cuando esas obligaciones mínimas no se ejercen, la omisión deja de ser pasiva y se convierte en funcional: beneficia a quien impulsa el proyecto, debilita la defensa social y desplaza el conflicto hacia trámites técnicos donde la ciudadanía llega en desventaja.

Dicho con claridad: el silencio institucional termina operando como una forma de acompañamiento indirecto.

En este orden de ideas, el silencio es omisión, y nuestra legislación penal sanciona la comisión por omisión cuando se incumple el deber garante.

Lo expuesto constituye un señalamiento político y ético. En un estado con estrés hídrico estructural, no pronunciarse sobre la amenaza a la principal fuente de agua es fallar al mandato básico de gobierno.

La Sierra de la Laguna no necesita ambigüedades. Necesita compromisos públicos, acciones coordinadas y una señal inequívoca de que no habrá proyectos depredadores disfrazados de conservación.

La ciudadanía está cumpliendo su parte. Ahora corresponde a quienes gobiernan romper el silencio, porque en Baja California Sur, callar ante el riesgo del agua no es neutral: es tomar partido.

COROLARIO: Este apunte expresa una posición de interés público y se constituye en una exigencia al gobernador y a los presidentes municipales citados, desde la ciudadanía organizada: el ineludible cumplimiento del deber constitucional de protección del agua, el territorio y el medio ambiente.

 




Estudio dogmático del delito de ciberacoso en BCS

 

FOTOS: Redes Sociales.

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS).

Artículo 183 Bis. Comete el delito de ciberacoso quien hostigue, amenace o envíe contenido no requerido en una o más ocasiones que por medio de las Tecnologías de la Información y Telecomunicación, redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea o cualquier espacio digital y cause un daño en la dignidad personal o cualquier otro bien tutelado por la norma.

Se le impondrá la pena de once meses y hasta seis años de prisión y multa de cincuenta a seiscientos días multa en el momento de la comisión del delito.

Cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la mínima y hasta dos terceras partes de la máxima.

Además, se instruirá a la autoridad competente a investigar los contenidos denunciados que se presuma constituyan el ciberacoso, y se solicitará la intervención inmediata para inhibir la práctica, a fin de generar un banco de datos con información pertinente que este en constante actualización por la terminología emergente sobre los delitos en el ecosistema digital.

1. Bien jurídico tutelado

El tipo penal protege principalmente:

La dignidad personal, entendida como el valor intrínseco del individuo frente a agresiones digitales.

Otros bienes jurídicos que pueden verse afectados, como la intimidad, la tranquilidad, la integridad psicoemocional, el honor o incluso la libertad.

Este enfoque plural exige interpretación conforme al principio de taxatividad y al bloque de convencionalidad (art. 1º constitucional y tratados internacionales).

2. Sujeto activo

Indeterminado: cualquier persona puede cometer el delito.

No exige cualidades específicas, lo que lo convierte en un tipo común.

3. Sujeto pasivo

Persona física titular de la dignidad u otro bien jurídico afectado.

Puede ser cualquier individuo que utilice medios digitales o esté expuesto a ellos.

4. Conducta típica

El tipo penal describe tres verbos nucleares:

Hostigar: conducta reiterada que genera molestia, presión o acoso.

Amenazar: anuncio de un mal futuro que genera temor.

Enviar contenido no requerido: remisión de mensajes, imágenes, videos u otros materiales sin consentimiento.

Notas dogmáticas:

Se trata de un tipo penal de acción. La conducta puede consistir en uno o varios actos. La reiteración (“una o más ocasiones”) amplía el espectro de punibilidad, pero no exige habitualidad.

5. Medio comisivo

Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC): incluye redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea, plataformas digitales, etc.

El medio es parte del tipo, por lo que debe probarse su uso para configurar el delito.

6. Resultado típico:

Daño en la dignidad personal o en “cualquier otro bien tutelado por la norma”.

Es un tipo material, exige resultado lesivo.

El daño puede ser psicológico, reputacional, emocional o de otra índole, pero debe ser demostrable.

7. Elemento subjetivo

Dolo genérico: conocimiento y voluntad de realizar la conducta típica.

No exige dolo específico ni finalidad concreta (como causar daño), aunque puede inferirse del contexto.

8. Antijuridicidad

Presunta, salvo causas de justificación (ej. ejercicio legítimo de derechos, consentimiento válido, etc.).

El consentimiento del receptor podría excluir la tipicidad si es libre, informado y revocable.

9. Culpabilidad

Requiere imputabilidad, conocimiento de la ilicitud y posibilidad de actuar conforme a derecho.

No se prevé modalidad culposa.

10. Consumación y tentativa

Consumación: se da con la producción del daño en la dignidad u otro bien jurídico.

Tentativa: posible si se inicia la conducta, pero no se produce el resultado por causas ajenas al autor.

11. Pluralidad de conductas

El tipo admite pluralidad de actos (“una o más ocasiones”), lo que permite:

Unidad de acción: si los actos son próximos y homogéneos.

Concurso real: si hay actos diferenciados en tiempo y forma.

12. Concurso con otros delitos

Puede concurrir con: Amenazas (Art. 218 CPBCS), Difamación o calumnia (si existieran tipos locales), Violación a la intimidad personal (si se difunden datos sensibles) y/o Delitos contra menores o violencia digital.

Interpretación jurisprudencial relevante

La SCJN y la Corte IDH reconocen que la dignidad humana es un derecho fundamental y eje estructural del sistema jurídico, lo que obliga a interpretar el delito de ciberacoso como una afectación directa a ese núcleo de protección. Para acreditar el daño, se requiere prueba electrónica robusta, contextualizada y jurídicamente válida.

Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)

Tesis 2007731: La dignidad humana no es una declaración ética, sino una norma jurídica vinculante que protege a toda persona frente a actos que la degraden, humillen o instrumentalicen.

Amparo directo en revisión 1200/2014: La SCJN estableció que la dignidad es el fundamento de todos los derechos humanos, y su afectación puede derivar en responsabilidad penal cuando se vulnera mediante actos sistemáticos o tecnológicos.

Tesis 2016923: La dignidad humana debe interpretarse conforme al bloque de constitucionalidad y convencionalidad, lo que obliga a los jueces a aplicar estándares internacionales en su protección.

Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)

Aunque no existe una sentencia específica sobre ciberacoso, la Corte IDH ha desarrollado criterios sobre:

Violencia digital y libertad de expresión: En casos como “La Última Tentación de Cristo” vs. Chile, se reconoció que el uso de medios digitales puede generar afectaciones graves a derechos fundamentales.

Protección reforzada de grupos vulnerables: La Corte ha sostenido que el Estado debe prevenir y sancionar actos que afecten la dignidad, intimidad y seguridad de personas en entornos digitales, especialmente mujeres, niñas y adolescentes.

Interdependencia de derechos: La afectación a la dignidad puede implicar violaciones simultáneas a la integridad personal, privacidad, honra y libertad.

Técnica probatoria para acreditar el daño

1. Prueba electrónica

Capturas de pantalla, registros de mensajes, correos, publicaciones: Deben ser autenticadas mediante peritajes informáticos.

Metadatos y trazabilidad: Se requiere demostrar origen, fecha, destinatario y contexto del contenido.

Conservación digital: Uso de herramientas como blockchain, hash o cadena de custodia digital para garantizar integridad.

2. Peritajes psicológicos y sociológicos

Acreditan el impacto emocional, psicológico o reputacional en la víctima.

Deben vincularse causalmente con los actos digitales denunciados.

3. Contextualización jurídica

El daño no se presume: debe probarse que la conducta afectó la dignidad u otro bien jurídico.

Se valora la reiteración, la intencionalidad, el contenido enviado y la vulnerabilidad de la víctima.

4. Valoración judicial

El juez debe aplicar el principio pro persona y valorar la prueba conforme a estándares de derechos humanos.

La afectación a la dignidad puede inferirse del contexto, pero requiere prueba directa o indiciaria suficiente




Impulsan talento musical con la integración de la Orquesta de Cámara del ISC

La Paz, Baja California Sur (BCS). Con el objetivo de impulsar la formación y el perfeccionamiento musical en Baja California Sur, el Instituto Sudcaliforniano de Cultura (ISC) dio a conocer a las y los ganadores de la convocatoria para integrar la Orquesta de Cámara, quienes participarán en su presentación oficial el próximo 4 de diciembre, en la Sala de Conciertos La Paz “Mtro. Luis Peláez García”.

Las y los elegidos recibirán un estímulo económico conforme a su nivel de ejecución musical, con montos que van de 12 mil a 6 mil 500 pesos. Además, quienes residen fuera de la ciudad de La Paz podrán acceder a un apoyo adicional de hasta 3 mil pesos para cubrir gastos de traslado y hospedaje.

Como solista invitado participará Jaime Alberto Mora Rodríguez. En violines primeros fueron seleccionados Guillem Errando Simón, Santiago Ehécatl Gálvez Ortega, Ángel Alberto Aguirre Cota y Dana Rachelle Flores Díaz; y en violines segundos, Francisco Javier Domínguez Petit, Carlos Alberto Santos López, Sofía del Pilar Tiscareño Bermúdez y Andrea Johanna García González.

En la sección de violas fueron designados Kemely Bueno Prieto y Jesús Alberto Ibarra Contreras, mientras que en cello participarán Bernardo Izcalli Virgen Barragán, Anabel Chávez Díaz y Esaúl Castillo Sánchez.

En contrabajo quedó integrada Alma Miroslava Valadez Manríquez; en flauta, Emmanuel Agúndez Encarnación; en oboe, Dante Ulises Bazúa López; en fagot, Félix Manuel Terrón Gutiérrez; y en piano, Óscar Antonio González Manríquez.

Los ensayos previos a la presentación se llevarán a cabo los días 2, 3 y 4 de diciembre en la misma Sala de Conciertos. Para más información, se invita a consultar las redes sociales del ISC y de la Escuela de Música del Estado, o comunicarse al teléfono 612 122 22 86, de lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas.




Reconocen en BCS a nueva generación de agentes de investigación

La Paz, Baja California Sur (BCS). El gobernador Víctor Manuel Castro Cosío presidió la ceremonia de graduación y reconocimiento de 20 nuevos Agentes Estatales de Investigación Criminal, quienes se incorporan a la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) de Baja California Sur.

Acompañado por el procurador Antonio López Rodríguez, el mandatario estatal destacó que esta generación asume un compromiso que trasciende la preparación académica, al comprender las causas que afectan a la sociedad y actuar con responsabilidad.

El grupo, integrado por 12 hombres y 8 mujeres, completó mil horas de capacitación presencial en la Universidad de la Policía del Estado de Sinaloa (UNIPOL), abordando ejes transversales como derechos humanos, atención a víctimas, perspectiva de género y gestión policial.

Castro Cosío subrayó que la seguridad y la justicia requieren servidores públicos capaces de combinar teoría y práctica para transformar realidades.

“Mi llamado a los nuevos agentes es a consolidar los aprendizajes adquiridos durante su formación, ya que la práctica es indispensable para aplicar los conocimientos teóricos; es la combinación de ambas lo que permitirá avanzar”, expresó.

Durante la ceremonia, realizada en el Centro de Convenciones de La Paz, se entregaron los documentos de conclusión de estudios, así como reconocimientos a quienes obtuvieron calificaciones destacadas. En el acto, familiares de las y los graduados colocaron la insignia oficial de la PGJE, símbolo de la responsabilidad que ahora asumen.

Al finalizar, el Gobernador reconoció a esta generación de Agentes Estatales de Investigación Criminal, cuya dedicación y capacitación serán clave para desempeñarse con profesionalismo y contribuir a la confianza de la ciudadanía sudcaliforniana en su labor diaria.