Aprueban remitir iniciativa al Congreso de la Unión para incorporar a la Ley General de Salud la atención integral de la epilepsia

La Paz, Baja California Sur (BCS). El Congreso del Estado aprobó remitir al Congreso de la Unión, una propuesta mediante la cual en la Ley General de Salud deba ser materia de salubridad general el control, la atención, el tratamiento, vigilancia y la prevención de la epilepsia y demás padecimientos crónico neurológicos, bajo la premisa de que sea de competencia de la Federación, por conducto de la Secretaría de Salud.

La iniciativa planteada por la diputada Gabriela Montoya Terrazas busca la adición de la fracción VI Bis al Artículo 3° y la reforma a la fracción II del A. del Artículo 13 y el segundo párrafo del artículo 18 de la Ley General de Salud, frente a las disposiciones de la ley, las cuales establecen las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, distribuyendo competencias entre la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.

Añadió que la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que la epilepsia afecta aproximadamente a 2 millones de mexicanos, especulando incluso de miles que no han sido diagnosticados con epilepsia debido a la falta de atención médica, especialistas o centros de diagnóstico especializado. Por ello, para proporcionar una mejor calidad de vida a las y los pacientes, consideró necesario identificar los tipos de crisis, información que se conjugará con otras características clínicas como edad de inicio, condición neurológica, factores etiológicos, antecedentes familiares, entre otras, que derivarán del tratamiento y atención que ofrezcan las entidades por medio de la Secretaría de Salud.

En la discusión de tema la diputada Lupita Saldaña Cisneros expuso que la epilepsia es una enfermedad neurológica crónica más común de lo que se cree en México y en BCS, por lo que la falta de detección, tratamiento oportuno y acceso a medicamentos, genera riesgos para la vida y una fuerte carga económica para las familias, razón por la cual se mostró a favor de la iniciativa para incluirla en la Ley General de Salud y mejorar las políticas públicas que garanticen atención médica adecuada y oportuna.




Pide Diputada de BCS asegurar abasto de agua en escuelas para garantizar la limpieza

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La Paz, Baja California Sur (BCS). Con el objetivo de fortalecer las condiciones de salud, higiene y bienestar en los planteles educativos, la diputada Guillermina Díaz Rodríguez (PT) presentó ante el Congreso del Estado una proposición con punto de acuerdo para implementar una estrategia integral de limpieza, saneamiento y acceso al agua en las escuelas de nivel básico de la entidad.

La legisladora destacó que contar con aulas limpias, sanitarios dignos y acceso continuo a agua potable no constituye un privilegio, sino una condición esencial para garantizar una educación de calidad. Señaló que, a pesar de los avances en materia educativa, persisten rezagos en infraestructura y servicios básicos en diversas escuelas del país, lo que impacta directamente en la salud, asistencia y desempeños académicos de niñas, niños y adolescentes.

La Legislatura aprobó por mayoría el exhortar a las secretarías de Educación Pública y de Salud del Estado a implementar una estrategia integral que contemple acciones permanentes de limpieza, mantenimiento e higiene en los planteles escolares.

Plantea a la Secretaría de Finanzas la necesidad de destinar recursos extraordinarios para fortalecer estos programas y garantizar su sostenibilidad y un exhorto a los organismos operadores de agua municipales para asegurar el suministro continuo de agua potable en las escuelas.

Díaz Rodríguez puntualizó que atender esta problemática no solo responde a una obligación jurídica y ética del Estado, sino que también representa una inversión estratégica en salud pública y desarrollo social, al reducir enfermedades, mejorar la asistencia escolar y contribuir al cierre de brechas de desigualdad.

Finalmente, hizo un llamado a las autoridades estatales y municipales a coordinar esfuerzos para garantizar entornos escolares seguros, saludables y dignos, que permitan a las y los estudiantes desarrollar plenamente sus capacidades.




La facultad de congelar cuentas bancarias

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció legitimidad a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para congelar cuentas bancarias en asuntos de origen nacional, sin orden judicial, sin intervención del Ministerio Público y sin petición de un organismo internacional, con base en indicios suficientes de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo (AI 58/2022), al declarar constitucional el Artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, permitiendo que la SHCP incluya personas en la Lista de Personas Bloqueadas, facultando a la UIF a congelar cuentas bancarias como medida administrativa cautelar y preventiva.

La resolución sostiene que:

  • No se trata de una sanción penal.
  • No sustituye la investigación del Ministerio Público.
  • Persigue proteger el sistema financiero y cumplir compromisos internacionales.

Consideramos que el resolutivo de la SCJN viola los principios de legalidad, certeza jurídica y convencionalidad.

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Principios de legalidad y certeza jurídica

Los Artículos 14 y 16 constitucionales, así como elArtículo 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), exigen que toda afectación de derechos esté claramente regulada, fundada y motivada. El problema central radica en el estándar de indicios suficientes, que resulta inherentemente indeterminado y queda exclusivamente a la valoración discrecional de la UIF, sin parámetros objetivos claros en la ley. Esta vaguedad compromete la certeza jurídica, pues el ciudadano no puede prever cuándo su patrimonio será inmovilizado, ni existen criterios normativos verificables ex ante. Esta indefinición es un cunero de decisiones arbitrarias y, per se, injustas.

Presunción de inocencia (Art. 20 CPEUM y 2 CADH)

La SCJN afirma que el bloqueo no es una sanción penal. Sin embargo, desde la óptica interamericana, la naturaleza material del acto es la que determina la aplicación de garantías, no su denominación formal.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha sostenido que cuando una medida estatal tiene efectos punitivos, restrictivos o aflictivos, deben aplicarse las garantías del debido proceso, incluso en procedimientos administrativos.

El congelamiento absoluto de cuentas:

  • Paraliza la vida económica de una persona.
  • Afecta actividades empresariales, laborales y familiares.
  • Genera un efecto estigmatizante equiparable a una sanción anticipada.

En los hechos, se invierte la carga de la prueba: el afectado debe demostrar su licitud después de haber sido castigado patrimonialmente, lo cual es incompatible con la presunción de inocencia.

Derecho a la propiedad privada (Art. 21 CADH)

El bloqueo de cuentas constituye una privación temporal, pero total, del uso y goce de bienes, lo que la Corte IDH considera una injerencia grave en el derecho de propiedad.

Para ser válida, dicha injerencia debe cumplir con:

1.-Legalidad estricta.

2.- Finalidad legítima.

3.- Necesidad y proporcionalidad.

Déficit de proporcionalidad

  • La medida se aplica sin control judicial previo.
  • Puede extenderse por tiempo indefinido.
  • No se exige una afectación mínima o diferenciada (se bloquea todo).

Esto convierte la medida en una restricción excesiva, especialmente, cuando no existe investigación penal abierta ni control jurisdiccional inmediato.

Secreto bancario y vida privada (Art. 11 CADH)

El acceso, análisis y bloqueo de información financiera sin orden judicial afecta el derecho a la vida privada y al secreto bancario, reconocido como una extensión de la privacidad financiera. La SCJN valida que esto sea realizado por una autoridad administrativa, cuando los estándares interamericanos exigen control judicial reforzado para este tipo de injerencias intensas.

Compatibilidad con criterios de la Corte Interamericana

La Corte IDH ha establecido que en procedimientos administrativos sancionadores o cuasi-punitivos deben observarse control judicial efectivo, garantías previas, no meramente posteriores, y proporcionalidad estricta.

El modelo validado por la SCJN se apoya principalmente en una defensa ex post, lo cual no satisface el estándar interamericano, especialmente frente a impactos patrimoniales tan severos.

Compromisos internacionales versus control de convencionalidad

Es cierto que México tiene compromisos con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU en materia de terrorismo; no obstante, GAFI no autoriza suspender derechos humanos, ni en aras del supuesto cumplimiento internacional se exime al Estado mexicano del control de convencionalidad interno.

La propia jurisprudencia previa de la SCJN (Criterio 2018–2019) exigía orden judicial o solicitud internacional expresa.

Riesgos estructurales del modelo validado

  • “Administrativización” del castigo penal.
  • Desplazamiento del Ministerio Público.
  • Normalización de sanciones patrimoniales sin juez.
  • Erosión progresiva del estándar de debido proceso.

Corolario

Desde un enfoque de derechos humanos y derecho penal garantista, la resolución de la SCJN:

Es constitucional en sentido formal interno.

Es convencionalmente cuestionable frente a la CADH.

Debilita la presunción de inocencia, la certeza jurídica y la propiedad privada.

Amplía peligrosamente el poder punitivo-administrativo del Estado.

La medida exige correcciones legislativas y jurisprudenciales, urgentes e indispensables, específicamente en:

Փ Definición estricta de “indicios suficientes”.

Փ Control judicial inmediato.

Փ Plazos máximos y revisión periódica.

Փ Reparación efectiva por bloqueos indebidos.

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Exhortan Diputados a la SICT a dialogar con la población sobre obras en Chametla

FOTO: Congreso del Estado.

La Paz, Baja California Sur (BCS). Aprueba el Congreso del Estado, exhortar respetuosamente al titular del Centro de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) en Baja California Sur, para que contemple establecer un diálogo con la población de las subdelegaciones de El Centenario y Chametla, en La Paz, así como autoridades municipales, estatales y representantes del Colegio de Ingenieros y Arquitectos, presentada por el diputado Christian Fabrizio del Castillo Miranda.

Lo antes expuesto a fin de que se reconsideren los trabajos del tramo federal Chametla-Centenario, toda vez que las obras a realizarse impactan directamente a quienes habitan esas comunidades, por lo que, con el objeto de encontrar el diálogo solicitado se exhorta también al Gobernador a que realice las gestiones necesarias para que se considere la opinión de la población de El Centenario y Chametla, así como autoridades municipales, estatales y representantes del Colegio de Ingenieros y Arquitectos.

Del Castillo Miranda explicó que el tramo carretero Cola de La Ballena – Chametla – El Centenario representa uno de los puntos más críticos en materia de movilidad y precisó que, de acuerdo con estimaciones técnicas basadas en aforos vehiculares de la SICT y diagnósticos de movilidad urbana en la zona de La Paz, circulan diariamente más de 18 mil vehículos, lo que genera condiciones de saturación y, sobre todo, un aumento en el riesgo de accidentes viales.

Señaló que ignorar la realidad implica perpetuar problemas estructurales de movilidad que afectan no solo a quienes habitan estas comunidades, sino a toda la ciudad de La Paz.

En la discusión del tema, la diputada Alondra Torres García manifestó su respaldo, enfatizando que se trata de un tema que involucra también al nivel federal, por lo que se le dará seguimiento continuo.

A su vez el diputado Venustiano Pérez Sánchez expresa apoyo al ser una propuesta relacionada con mejoras viales en Baja California Sur, destacando que el crecimiento poblacional y el aumento de vehículos han rebasado la infraestructura existente, lo que ha generado problemas de movilidad y accidentes frecuentes, del mismo modo criticó la falta de supervisión adecuada en la ejecución de proyectos carreteros y propuso realizar un análisis integral de los puntos críticos de la red vial para diseñar un plan estratégico que mejore la seguridad, reduzca accidentes y ordene el tránsito, enfatizando la necesidad de mayor responsabilidad técnica y planificación en las obras.




Aprueba Congreso de BCS el Plan “B» de la reforma electoral

La Paz, Baja California Sur (BCS). El presidente de la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y de Justicia, diputado Eduardo Van Wormer Castro, dio lectura al dictamen relativo al proyecto de decreto por el que se reforman los Artículos 115 y 116, y se adiciona al Artículo 134 de la Constitución Mexicana, que remitió la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, referente a la adecuación de las normas locales sobre el régimen municipal, la administración hacendaria, la representación proporcional y garantizar los límites presupuestarios establecidos.

Por lo que, el Congreso del Estado, a fin de modificar la Constitución Estatal y la Ley Orgánica Municipal, aprobó el dictamen; en consecuencia, dicha reforma permitirá modificar la conformación y elección de ayuntamientos, establece que cada municipio será gobernado por un ayuntamientos de elección popular directa integrado por, presidente(a) municipal, sindicatura y hasta quince regidurías, así mismo se obliga a cumplir con paridad de género (vertical/horizontal) e igualdad sustantiva en el acceso a dichos cargos.

En lo concerniente al presupuesto anual de las legislaturas locales, que no exceda del 0.70% del Presupuesto de Egresos de la entidad federativa correspondiente. Así mismo, deberá garantizar los principios de paridad, igualdad sustantiva y perspectiva de género, en la integración y funcionamiento de los órganos legislativos locales, así como prohibir la reelección de legisladores de los Estados para el periodo inmediato posterior al ejercicio de su mandato.

Las remuneraciones de las personas Consejeras Electorales, las Magistradas y Magistrados Electorales, titulares de las secretarías de órganos administrativos y titulares de áreas ejecutivas y técnicas u homólogos del Instituto Electoral, los organismos públicos locales electorales y los tribunales electorales de las entidades federativas, no excederán el límite establecido en el Artículo 127 de esta Constitución y no podrán adquirir o contratar con recursos públicos, seguros de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas, seguros de separación individualizados, cajas de ahorro especiales, regímenes especiales de retiro u otras prestaciones que no estén previstas por la ley, decreto, disposición general, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.

Lo anterior luego de que la Cámara de Diputados aprobara en lo general el denominado «Plan B» de la reforma electoral de la presidenta Claudia Sheinbaum. Razón por la cual el Congreso local deberá modificar la Constitución Estatal y la Ley Orgánica Municipal para actualizar el marco jurídico, establecer los mecanismos de disciplina financiera para los presupuestos municipales y estatales, definir los procedimientos para resolver conflictos hacendarios entre municipios y el gobierno estatal, y asegurar que los municipios tengan personalidad jurídica y administren libremente su hacienda.

Durante la discusión del tema, se mostraron en contra de la minuta y del dictamen la diputada Guadalupe Saldaña Cisneros y el diputado Christian Fabrizio del Castillo Miranda, quienes coincidieron al argumentar en contra del llamado “Plan B” discutido en la Cámara de Diputados, señalando que el proceso legislativo fue apresurado, irregular y marcado por confrontaciones, además de acusar que no se trata de una verdadera reforma electoral, sino de cambios administrativos con intenciones políticas.

En sentido positivo hicieron uso de la tribuna el diputado Venustiano Pérez Sánchez, la diputada Guadalupe Vázquez Jacinto y el diputado Omar Torres Orozco quien manifestaron que el “Plan B” es el primer paso para reducir privilegios en la política, especialmente en temas como las listas plurinominales, así como por garantizar derechos laborales, eliminar privilegios y canalizar recursos hacia programas sociales, educación, salud e infraestructura.