Polarización, la palabra del año según la RAE que en México no pegó

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Colaboración Especial

Por Pablo Chiw

La Paz, Baja California Sur (BCS).L a palabra polarización tiene su raíz etimológica en el sustantivo latino polus, que significa polo o extremo.  El sufijo -ización proviene del latín -izatio, que indica la acción de hacer o el proceso de convertirse en algo. De acuerdo con la RAE fue la palabra del año a nivel mundial en términos de presencia en el lenguaje social.

Milagrosamente, la polarización se fue de México

Si cuando ganó AMLO las elecciones presidenciales hace 5 años el país se notaba profundamente dividido entre izquierda y derecha, hoy en día las y los derechairos le hicieron el fuchi al prefijo dere y se quedaron en chairos. Es más, ahora hasta la candidata de la derecha Berta Xóchilt Gálvez resultó más izquierdista que el Che Guevara al autodefinirse como indígena blanca izquierdista Marxista Trotskista y lo que se le sume en los meses por venir.

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La izquierda es trending topic y quien no se suba al Tren Maya de la zurdopolític se queda fuera de la jugada. Así las cosas, hasta en el PRIAN de Claudio X Gonzales están pensando en ponerse huarache con suela de llanta ponchada para apantallar hasta al mismo Fernández Noroña.

En los Unites Esteits el diario San Diego Union Tribune le da a doña Claudia Sheinbaum un majestuoso y envidiable 66% en la intención de voto para las elecciones presidenciales, mientras que diversos portales en internet ponen al Pedro Infante de la política mexicana Andrés Manuel Papi López Obrador como el segundo mejor presidente del mundo entero.

Hay muchos motivos por los cuales la izquierda está de moda, quizá porque ahora tenemos dos refinerías que hace unos años no teníamos o porqué en lugar de caerse en pedazos la economía, como deseaban las élites nacionales y pronosticaban las agencias internacionales, el país se consolido en el top 10 de las potencias mundiales, a lo mejor y es porque el salario mínimo fue llevado a máximos históricos y ahora la gente tiene más dinero en sus bolsillos, igual y haya influido que millones de mexicanos y mexicanas reciban sus becas del bienestar o simple y sencillamente sea porque el tío Richy de grupo Azteca tuvo que pagar los miles de millones de pesos que le debía a la Hacienda pública pero el caso es que la mayoría de quienes habitan en México están felices con la cuarta transformación y su súper peso pesado que salió bueno para los chingadazos en el cuadrilátero de las divisas internacionales.

En fin, ahora la izquierda en México está de moda, se pasea glamurosa por cielo en la flotilla de Mexicana de Aviación, por tierra a través de los rieles del espectacular Tren Maya y por los fondos marítimos en el Titanic naufragundo de Bertha Xóchilt Gálvez.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.




Jueces robot

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Para las ciencias informáticas, la inteligencia artificial se define como la Disciplina científica que se ocupa de crear programas informáticos que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico.

En términos llanos, es una herramienta tecnológica que a través de la aplicación de una combinación de algoritmos busca la creación de máquinas que emulen las capacidades humanas.

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Al inicio de la tercera década del siglo XXI la llamada inteligencia artificial ha incursionado exitosamente en prácticamente todos los campos del saber humano, y la administración de justicia no es la excepción entre los ámbitos de su aplicación.

El tema despierta enorme inquietud entre los estudiosos del derecho, particularmente en temas relacionados con los derechos humanos.

Mas allá de conflictos éticos, es importante analizar las repercusiones que en el ámbito nacional puede tener el uso de la IA en materia de administración de justicia, que para los detractores implica una seria amenaza a la privacidad y seguridad de las personas, y el riesgo de generarse una toma generalizada de decisiones injustas, discriminación, falta de objetividad, de sentido común y de humanismo.

Para sus promotores, la IA representa una valiosa herramienta que permitirá abatir sustancialmente el enorme rezago que arrastran todos los ámbitos de la administración de justicia y la simplificación de los procedimientos, lo que significaría un ahorro significativo en tiempo y costo.

La cuestión más álgida en el tema es la factibilidad de robotizar la impartición de justicia, mediante la aplicación de la IA a la resolución de conflictos mediante la emisión de sentencias.

En algunas naciones tecnológicamente avanzadas, los jueces robot ya son una realidad. En la República Popular de China, en tratándose de delitos menores, la resolución de los casos está a cargo de máquinas robóticas coloquialmente denominadas jueces robot, que a través de la aplicación de sofisticados algoritmos, tomando como base la información jurídico legal y criterios de aplicación pre establecidos de que fueron alimentados, sin importar la cantidad de información que para cada caso se requiera, de manera automatizada se encargan de realizar en fracción de segundos las operaciones de análisis evaluación y dictaminación que en el caso de los jueces humanos llevan meses e incluso, años realizar.

Con la implementación de los llamados jueces robot, se plantean atractivas ventajas, entre las que destaca la velocidad con que se emiten las resoluciones, lo que en términos estadísticos se traduce en economía y eficacia.

Por tratarse de máquinas que responden automáticamente a criterios programados, la uniformidad de criterio en las resoluciones está garantizada, por lo que se evita la emisión de criterios contradictorios y conflictos largos y costosos en la tramitación de recursos procesales.

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Se dice también que las máquinas son insobornables, por lo que se estima que su implementación abatiría la corrupción en la administración de justicia.

En este punto, en contrapartida se afirma que, si bien las máquinas son incorruptibles, quienes las manejan no lo son tanto.

Otra ventaja significativa es el abatimiento de la carga de trabajo y la solución prácticamente inmediata de conflictos sometidos a la dictaminación de los jueces robot, lo que garantiza la tan anhelada justicia pronta y expedita.

En contra de la implementación de los jueces robot, inmediatamente después de la elevadísima erogación que inicialmente implica la implementación, mantenimiento, soporte y actualización de la costosa tecnología que significa su funcionamiento, está la visión de quienes consideramos que el humanismo y el sentido de justicia indispensables para analizar, evaluar y dictaminar a partir de las variables personalísimas de las partes que cada caso implica, nunca podrán ser sustituidos por una máquina robótica.

Donde consideramos impostergable la tecnificación cibernética es en la simplificación del manejo, recepción, almacenamiento y distribución de la información y los procedimientos inherentes, en donde el sistema judicial de Baja California Sur presenta un atraso tecnológico de 11 años en comparación a otras entidades de la República.

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Las fallidas campañas contra la violencia

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). El siglo XXI se ha caracterizado por la constante tendencia alcista en los índices de la violencia en todos los entornos sociales, laborales y familiares de Baja California Sur. Estadísticamente, estudios practicados desde la iniciativa privada y organismos no gubernamentales, refieren coincidentemente un incremento en los indicadores de violencia en todos los campos de medición estadística: sexual, familiar, escolar y laboral.

Ante esta escalada, la respuesta oficial ha sido únicamente la simulación, el discurso y la publicitación de una costosa y estéril campaña mediática denominada párale a la violencia contra las mujeres, cuyos nulos resultados, estadísticamente irrelevantes, ponen de manifiesto la incompetencia, desinterés, apatía, falta de coordinación interinstitucional y la impericia en el tema, de quienes tienen a su cargo el compromiso inaplazable de erradicar la violencia de la cotidianeidad sudcaliforniana.

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El problema debe entenderse y atenderse desde un enfoque integral y con programas y acciones interinstitucionales, incorporando a la sociedad civil organizada en todas las fases del programa.

Entendemos que la violencia debe erradicarse integralmente, acorde a los lineamientos que presupone la seguridad pública, en los niveles de prevención, detección, disuasión, combate, persecución y sanción.

El primer campo, la prevención involucra definitivamente a todos los núcleos de la sociedad civil en su conjunto, y no existe en la entidad ningún programa de acción que incluya a los padres de familia participando en estos ejercicios, coordinados por autoridades escolares.

Después del hogar, las escuelas son las incubadoras más prolijas de violencia en todas sus variantes, y no hay programas tendientes a prevenirla, evitarla y erradicarla. Ningún centro escolar tiene un protocolo específico para contener y en su caso proscribir la difusión de videogramas y videojuegos entre los estudiantes, ni existe coordinación entre padres de familia y autoridades escolares tendientes a combatir estas actividades intra y extraescolares.

Pareciera que la premisa fundamental en el combate a la violencia:  la mejor manera de combatirla, es prevenirla, no ha sido entendida por nuestras autoridades.

En el único ámbito en que se ha hecho énfasis es en el último escalón del esquema: la sanción. Pese a que es incuestionable el hecho de que aumentar las penas no inhibe el delito, nuestros egregios legisladores locales lo único que saben hacer es aumentar penalidades, simulando así estar combatiendo la violencia. Y ante este panorama, los encargados de la procuración de justicia responden a los casos mediáticamente relevantes, solicitando penas ejemplares, y muchas veces, a pesar del malestar colectivo, los casos quedan impunes por la deficiente redacción de las leyes, que generan vacíos y contradicciones legales.

En el ámbito laboral, no contamos con protocolos de prevención y atención a la violencia. Por citar un ejemplo, en algunos casos paradigmáticos ocurridos en un hotel, los empleados detectan manifestaciones de violencia entre huéspedes, que escalan rápidamente y terminan en feminicidio.

El estudio de la mecánica del evento, en muchos casos, nos dice que pudo evitarse el evento, si los empleados del hotel hubieran aplicado un protocolo específico, que permitiera a las autoridades policiales preventivas y/o persecutoras, intervenir antes de que el evento concluyera en un deceso, pero lo cierto es que no existen esos protocolos, los prestadores de servicios no están capacitados, los dueños de la industria hotelera no están dispuestos a invertir en capacitar a su personal. El resultado: Hechos delictivos relacionados con violencia, siendo prevenibles, evitables y erradicables, alcanzan niveles de fatalidad, como es el caso de feminicidios, sin que haya un interés real de empresarios y autoridades por aplicarse al respecto en el campo de la prevención.

Todos los programas escolares en la entidad deben incluir materias relacionadas con la prevención y erradicación de la violencia. El hogar y la escuela son los templos en los que se forjan las conductas violentas, y son los campos menos atendidos en este sentido por nuestras autoridades.

Los centros de trabajo, de reunión, de esparcimiento, deben contar con protocolos específicos, funcionales y adecuados para atender oportunamente cualquier indicativa de violencia, y debemos contar con canales de comunicación eficientes para que la autoridad policial preventiva intervenga de manera oportuna. Los pozos se deben tapar antes de que los niños se ahoguen.

Mientras todo el esfuerzo oficial se siga aplicando en simplistas campañas mediáticas, discursos y maquillaje estadístico, todo esfuerzo por prevenir y erradicar la violencia seguirá siendo estéril.

Es necesario integrar una comisión interinstitucional, multidisciplinaria que elabore los protocolos de prevención de la violencia, de aplicación específica en cada campo de la interacción social en la entidad. Si no prevenimos la violencia, nunca la vamos a eliminar.

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Inmunidad procesal e impunidad

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Incuestionablemente, la corrupción es el peor cáncer que padece la administración pública de los tres niveles en nuestro País, y encuentra su cobijo en la impunidad, pues históricamente la cifra de casos de corrupción judicialmente sancionados es estadísticamente insignificante, de ahí que se estime en el imaginario popular, que la corrupción es incombatible.

Para abatir el marco de impunidad que cobija a la corrupción, debemos exigir transparencia, claridad en el ejercicio de la cuenta pública y eliminar todos los procedimientos secretos, pues el ocultamiento en el quehacer oficial y todo ejercicio de gobernanza decisorio, debe realizarse de cara al pueblo y no a puerta cerrada.

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La corrupción cuenta además con el valioso apoyo del llamado cómplice infalible conformado por todo ciudadano que, teniendo conocimiento de un acto de corrupción, elige guardar silencio en lugar de denunciarlo. La apatía, indiferencia y desinterés ciudadano, es pues, otro factor que genera impunidad.

En ese orden de ideas, la participación ciudadana es fundamental en el combate a la corrupción, y por más voluntad política que hipotéticamente pudiera tener una administración pública, sin el aporte ciudadano resulta imposible acabar con la corrupción, pues para acabar con la impunidad debemos denunciar toda acción u omisión gubernamental que se constituya en acto de corrupción.

Es por eso que, todo gobernado debe participar en ejercicios de contraloría ciudadana, y si se lleva a cabo de manera colectiva, organizada y sistematizada, las posibilidades de éxito se multiplican.

Es el caso de la denuncia que formulamos en contra del expresidente municipal paceño, por su participación comisiva en los delitos de uso indebido de atribuciones y coalición de funcionarios, cuando a través del Cabildo que presidía, otorgó un uso de suelo ilegal a un desarrollo inmobiliario cuya concreción amenazaba gravemente el abasto de agua potable en la zona urbana paceña, y comprometía el funcionamiento de los servicios públicos municipales, dada la magnitud del megaproyecto urbano, el cual se pretendía desarrollar en una zona de reserva ecológica estratégica contemplada en el Plan de Desarrollo Urbano.

Cuando todavía era presidente municipal el imputable, formulamos la denuncia, y aportamos los datos de prueba necesarios para poder acreditar que los hechos denunciados tienen al menos la apariencia de delito, y resulta presumible la participación comisiva del investigado y sus cómplices.

El Ministerio Público investido de Fiscal Anticorrupción cuenta con los elementos procesales formales y materiales necesarios para judicializar el caso e imputar al investigado, pero en estos momentos no es posible, porque gracias al cargo de representación que ostenta -actualmente es diputado federal por Baja California Sur, bajo las siglas de Morena-, goza de inmunidad procesal, no es posible procesarlo penalmente, mientras se desempeñe como representante de elección popular, pues mientras dure en ese encargo, goza de inmunidad procesal (fuero).

Es necesario para retirarle la inmunidad procesal, que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión emita una declaratoria de procedencia” o desafuero.

En el caso concreto, la solicitud de declaratoria de procedencia ya fue solicitada por el agente del Ministerio Público investido en la figura de Fiscal Anticorrupción de Baja California Sur, y se radicó en la Comisión Instructora bajo el número de expediente LXV/HCD/DP/02/2023 asignado por la Secretaría General de la actual legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Serán 4 diputados federales, dos de Morena, uno del PRI y uno del PAN los que recibirán todas las pruebas que se ofrezcan dentro de un plazo perentorio, concluido el cual dictaminarán si existen suficientes datos de prueba para proceder penalmente contra el investigado, o en su defecto, si la imputación les resulta notoriamente improcedente, la Cámara decidirá si se desecha la solicitud, y en tal supuesto el procedimiento podrá reanudarse, si posteriormente aparecen motivos para ello que así lo justifiquen. 

Si la Cámara declara que ha lugar a proceder contra el inculpado, éste quedará inmediatamente separado de su cargo y quedará sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes. En el Caso, lo será el Juez de Control del sistema penal acusatorio de Baja California Sur.

La declaratoria de procedencia (desafuero) no prejuzga sobre la responsabilidad penal del imputado, solo le retira la inmunidad procesal (fuero) para que sea juzgado por los tribunales judiciales competentes.

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El laberinto de la revocación de mandato

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Se denomina revocación de mandato al procedimiento mediante el cual los ciudadanos pueden destituir por votación a un funcionario público antes de que concluya el periodo para el cual fue electo.

Teóricamente, los mismos que eligieron al gobernador lo pueden destituir. En el caso de Baja California Sur, la única causa reconocida constitucionalmente es la pérdida de la confianza, elemento subjetivo sujeto a motivaciones que no necesariamente representan la mejor alternativa para la vida democrática del Estado.

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El único requisito jurídico es que el procedimiento de revocación sea sancionado por la autoridad judicial, a efecto de garantizar el debido proceso y la tutela efectiva de los derechos humanos involucrados.

El que la ciudadanía pueda revocar el mandato, es una alternativa volitiva y caprichosa al proceso de destitución mediante juicio político ante el Congreso local, por alguna de las causales previstas en la ley estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

La destitución por revocación de mandato no requiere una falta grave, solo requiere la voluntad colectiva manifestada así en un voto mayoritario. 4 de cada 10 inscritos en el padrón electoral así lo pueden decidir, sin que exista motivo objetivamente palpable.

En contra partida, el juicio político exige la comisión por acción u omisión de un acto ilícito, en perjuicio del servicio público que puede o no afectar al erario, pero que trastoca los valores tutelados por el marco legal estatal. Puede incluso devenir en sanciones de tipo penal.

Creemos que, si un gobernador incumple con el mandato, debe ser sancionado, no solo destituido mediante una revocación, y, por otra parte, es posible que el gobernador esté haciendo bien su trabajo, pero una movilización eficiente de fuerzas políticas opositoras, pude destituirlo, solo por afectar intereses de particulares con el poder suficiente para manejar el procedimiento de revocación.

En otras palabras, la revocación no requiere causal comprobable y es el votante el que decide, mientras que en la destitución por juicio político es el Congreso el que decide, pero requiere causa cierta y probada en un procedimiento controversial sujeto a las reglas del debido proceso.

En teoría es muy sencillo el procedimiento para la revocación del mandato, pero en la práctica es un laberinto costoso y de resultado favorable poco probable suponiendo que quisiéramos revocar el mandato al actual gobernador, tendríamos que solicitar el procedimiento de revocación dentro de los primeros tres meses de su cuarto año de mandato. No antes, no después. Debe reunirse la firma de por lo menos el equivalente al 10% del total del padrón electoral inscrito en el Estado, y representar al menos a 3 municipios con un idéntico mínimo porcentual de cada uno de ellos.

Al 28 de julio de 2023, la Lista Nominal de Baja California Sur (https://ine.mx/transparencia/datos-abiertos/#/archivo/datos-por-rangos-de-edad-entidad-de-origen-y-sexo-del-padron-electoral-y-lista-nominal-2023) tenía 594,346 electores: 290,833 mujeres (48.9%) y 303,513 hombres (51.1%) divididos en cinco municipios: Los Cabos 256,997, La Paz 222,740, Comondú 57,111, Mulegé 43,917, Loreto 13,074, y 507 sudcalifornianos registrados en el extranjero, los cuales no fueron contemplados en la reforma constitucional.

Lo anterior significa que, para pedir la apertura del procedimiento de revocación de mandato, necesitamos reunir un total de 59,435 firmas de las cuales, considerando los 3 municipios menos poblados, 5,712 serían de Comondú, 4,392 de Mulegé y 1,308 de Loreto, los restantes 48,023 pueden ser de cualquier parte de la República Mexicana, pues la reforma constitucional (gracias a ese maldito vicio de copiar pegar sin leer antes de publicar) no establece como requisito radicar en Baja California Sur.

Se organiza todo el procedimiento ante el Instituto Estatal electoral, se lleva a cabo la votación y entonces, si consideramos que el actual gobernador ganó la elección con 125,736 votos y la reforma exige que participe por lo menos el 40% de los votantes en la entidad para revocarle el mandato se necesita el voto favorable por mayoría absoluta de entre un mínimo de 235,739 ciudadanos inscritos en la lista nominal de lectores.

​En síntesis, para revocar el mandato del actual gobernador, se necesitan en las urnas 117,871 votos a favor de la revocación, tras un proceso complicado y costoso, en el que está prohibido usar recursos públicos para la recolección de firmas, promoción y propaganda a favor o en contra.

Solo el Instituto Estatal Electoral promoverá de manera objetiva, imparcial únicamente con fines informativos, la participación ciudadana y será la única encargada de la difusión del evento.

Ningún particular podrá contratar propaganda en medios tendiente a influir en la opinión ciudadana, y durante la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada, se suspenderá la propaganda gubernamental. Solo podrá difundirse información relativa campañas de salud, servicios educativos y las necesarias para la protección civil

En conclusión, consideramos más efectivo, justo, funcional y económico fomentar la participación de los habitantes de la entidad en ejercicios de Contraloría Ciudadana, denunciar y llevar a juicio político al gobernador y/o a todo servidor público que incurra en responsabilidad durante el ejercicio de su mandato.

Cárcel e inhabilitación a funcionarios deshonestos, en vez de emprender complicados costosos, veleidosos, manipulables e inciertos procedimientos como el que se plantea en la reforma constitucional estatal que establece la llamada revocación de mandato.

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