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Las fallidas campañas contra la violencia

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). El siglo XXI se ha caracterizado por la constante tendencia alcista en los índices de la violencia en todos los entornos sociales, laborales y familiares de Baja California Sur. Estadísticamente, estudios practicados desde la iniciativa privada y organismos no gubernamentales, refieren coincidentemente un incremento en los indicadores de violencia en todos los campos de medición estadística: sexual, familiar, escolar y laboral.

Ante esta escalada, la respuesta oficial ha sido únicamente la simulación, el discurso y la publicitación de una costosa y estéril campaña mediática denominada párale a la violencia contra las mujeres, cuyos nulos resultados, estadísticamente irrelevantes, ponen de manifiesto la incompetencia, desinterés, apatía, falta de coordinación interinstitucional y la impericia en el tema, de quienes tienen a su cargo el compromiso inaplazable de erradicar la violencia de la cotidianeidad sudcaliforniana.

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FOTO: Internet

El problema debe entenderse y atenderse desde un enfoque integral y con programas y acciones interinstitucionales, incorporando a la sociedad civil organizada en todas las fases del programa.

Entendemos que la violencia debe erradicarse integralmente, acorde a los lineamientos que presupone la seguridad pública, en los niveles de prevención, detección, disuasión, combate, persecución y sanción.

El primer campo, la prevención involucra definitivamente a todos los núcleos de la sociedad civil en su conjunto, y no existe en la entidad ningún programa de acción que incluya a los padres de familia participando en estos ejercicios, coordinados por autoridades escolares.

Después del hogar, las escuelas son las incubadoras más prolijas de violencia en todas sus variantes, y no hay programas tendientes a prevenirla, evitarla y erradicarla. Ningún centro escolar tiene un protocolo específico para contener y en su caso proscribir la difusión de videogramas y videojuegos entre los estudiantes, ni existe coordinación entre padres de familia y autoridades escolares tendientes a combatir estas actividades intra y extraescolares.

Pareciera que la premisa fundamental en el combate a la violencia:  la mejor manera de combatirla, es prevenirla, no ha sido entendida por nuestras autoridades.

En el único ámbito en que se ha hecho énfasis es en el último escalón del esquema: la sanción. Pese a que es incuestionable el hecho de que aumentar las penas no inhibe el delito, nuestros egregios legisladores locales lo único que saben hacer es aumentar penalidades, simulando así estar combatiendo la violencia. Y ante este panorama, los encargados de la procuración de justicia responden a los casos mediáticamente relevantes, solicitando penas ejemplares, y muchas veces, a pesar del malestar colectivo, los casos quedan impunes por la deficiente redacción de las leyes, que generan vacíos y contradicciones legales.

En el ámbito laboral, no contamos con protocolos de prevención y atención a la violencia. Por citar un ejemplo, en algunos casos paradigmáticos ocurridos en un hotel, los empleados detectan manifestaciones de violencia entre huéspedes, que escalan rápidamente y terminan en feminicidio.

El estudio de la mecánica del evento, en muchos casos, nos dice que pudo evitarse el evento, si los empleados del hotel hubieran aplicado un protocolo específico, que permitiera a las autoridades policiales preventivas y/o persecutoras, intervenir antes de que el evento concluyera en un deceso, pero lo cierto es que no existen esos protocolos, los prestadores de servicios no están capacitados, los dueños de la industria hotelera no están dispuestos a invertir en capacitar a su personal. El resultado: Hechos delictivos relacionados con violencia, siendo prevenibles, evitables y erradicables, alcanzan niveles de fatalidad, como es el caso de feminicidios, sin que haya un interés real de empresarios y autoridades por aplicarse al respecto en el campo de la prevención.

Todos los programas escolares en la entidad deben incluir materias relacionadas con la prevención y erradicación de la violencia. El hogar y la escuela son los templos en los que se forjan las conductas violentas, y son los campos menos atendidos en este sentido por nuestras autoridades.

Los centros de trabajo, de reunión, de esparcimiento, deben contar con protocolos específicos, funcionales y adecuados para atender oportunamente cualquier indicativa de violencia, y debemos contar con canales de comunicación eficientes para que la autoridad policial preventiva intervenga de manera oportuna. Los pozos se deben tapar antes de que los niños se ahoguen.

Mientras todo el esfuerzo oficial se siga aplicando en simplistas campañas mediáticas, discursos y maquillaje estadístico, todo esfuerzo por prevenir y erradicar la violencia seguirá siendo estéril.

Es necesario integrar una comisión interinstitucional, multidisciplinaria que elabore los protocolos de prevención de la violencia, de aplicación específica en cada campo de la interacción social en la entidad. Si no prevenimos la violencia, nunca la vamos a eliminar.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.




Inmunidad procesal e impunidad

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Incuestionablemente, la corrupción es el peor cáncer que padece la administración pública de los tres niveles en nuestro País, y encuentra su cobijo en la impunidad, pues históricamente la cifra de casos de corrupción judicialmente sancionados es estadísticamente insignificante, de ahí que se estime en el imaginario popular, que la corrupción es incombatible.

Para abatir el marco de impunidad que cobija a la corrupción, debemos exigir transparencia, claridad en el ejercicio de la cuenta pública y eliminar todos los procedimientos secretos, pues el ocultamiento en el quehacer oficial y todo ejercicio de gobernanza decisorio, debe realizarse de cara al pueblo y no a puerta cerrada.

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La corrupción cuenta además con el valioso apoyo del llamado cómplice infalible conformado por todo ciudadano que, teniendo conocimiento de un acto de corrupción, elige guardar silencio en lugar de denunciarlo. La apatía, indiferencia y desinterés ciudadano, es pues, otro factor que genera impunidad.

En ese orden de ideas, la participación ciudadana es fundamental en el combate a la corrupción, y por más voluntad política que hipotéticamente pudiera tener una administración pública, sin el aporte ciudadano resulta imposible acabar con la corrupción, pues para acabar con la impunidad debemos denunciar toda acción u omisión gubernamental que se constituya en acto de corrupción.

Es por eso que, todo gobernado debe participar en ejercicios de contraloría ciudadana, y si se lleva a cabo de manera colectiva, organizada y sistematizada, las posibilidades de éxito se multiplican.

Es el caso de la denuncia que formulamos en contra del expresidente municipal paceño, por su participación comisiva en los delitos de uso indebido de atribuciones y coalición de funcionarios, cuando a través del Cabildo que presidía, otorgó un uso de suelo ilegal a un desarrollo inmobiliario cuya concreción amenazaba gravemente el abasto de agua potable en la zona urbana paceña, y comprometía el funcionamiento de los servicios públicos municipales, dada la magnitud del megaproyecto urbano, el cual se pretendía desarrollar en una zona de reserva ecológica estratégica contemplada en el Plan de Desarrollo Urbano.

Cuando todavía era presidente municipal el imputable, formulamos la denuncia, y aportamos los datos de prueba necesarios para poder acreditar que los hechos denunciados tienen al menos la apariencia de delito, y resulta presumible la participación comisiva del investigado y sus cómplices.

El Ministerio Público investido de Fiscal Anticorrupción cuenta con los elementos procesales formales y materiales necesarios para judicializar el caso e imputar al investigado, pero en estos momentos no es posible, porque gracias al cargo de representación que ostenta -actualmente es diputado federal por Baja California Sur, bajo las siglas de Morena-, goza de inmunidad procesal, no es posible procesarlo penalmente, mientras se desempeñe como representante de elección popular, pues mientras dure en ese encargo, goza de inmunidad procesal (fuero).

Es necesario para retirarle la inmunidad procesal, que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión emita una declaratoria de procedencia” o desafuero.

En el caso concreto, la solicitud de declaratoria de procedencia ya fue solicitada por el agente del Ministerio Público investido en la figura de Fiscal Anticorrupción de Baja California Sur, y se radicó en la Comisión Instructora bajo el número de expediente LXV/HCD/DP/02/2023 asignado por la Secretaría General de la actual legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Serán 4 diputados federales, dos de Morena, uno del PRI y uno del PAN los que recibirán todas las pruebas que se ofrezcan dentro de un plazo perentorio, concluido el cual dictaminarán si existen suficientes datos de prueba para proceder penalmente contra el investigado, o en su defecto, si la imputación les resulta notoriamente improcedente, la Cámara decidirá si se desecha la solicitud, y en tal supuesto el procedimiento podrá reanudarse, si posteriormente aparecen motivos para ello que así lo justifiquen. 

Si la Cámara declara que ha lugar a proceder contra el inculpado, éste quedará inmediatamente separado de su cargo y quedará sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes. En el Caso, lo será el Juez de Control del sistema penal acusatorio de Baja California Sur.

La declaratoria de procedencia (desafuero) no prejuzga sobre la responsabilidad penal del imputado, solo le retira la inmunidad procesal (fuero) para que sea juzgado por los tribunales judiciales competentes.

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El laberinto de la revocación de mandato

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Se denomina revocación de mandato al procedimiento mediante el cual los ciudadanos pueden destituir por votación a un funcionario público antes de que concluya el periodo para el cual fue electo.

Teóricamente, los mismos que eligieron al gobernador lo pueden destituir. En el caso de Baja California Sur, la única causa reconocida constitucionalmente es la pérdida de la confianza, elemento subjetivo sujeto a motivaciones que no necesariamente representan la mejor alternativa para la vida democrática del Estado.

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El único requisito jurídico es que el procedimiento de revocación sea sancionado por la autoridad judicial, a efecto de garantizar el debido proceso y la tutela efectiva de los derechos humanos involucrados.

El que la ciudadanía pueda revocar el mandato, es una alternativa volitiva y caprichosa al proceso de destitución mediante juicio político ante el Congreso local, por alguna de las causales previstas en la ley estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

La destitución por revocación de mandato no requiere una falta grave, solo requiere la voluntad colectiva manifestada así en un voto mayoritario. 4 de cada 10 inscritos en el padrón electoral así lo pueden decidir, sin que exista motivo objetivamente palpable.

En contra partida, el juicio político exige la comisión por acción u omisión de un acto ilícito, en perjuicio del servicio público que puede o no afectar al erario, pero que trastoca los valores tutelados por el marco legal estatal. Puede incluso devenir en sanciones de tipo penal.

Creemos que, si un gobernador incumple con el mandato, debe ser sancionado, no solo destituido mediante una revocación, y, por otra parte, es posible que el gobernador esté haciendo bien su trabajo, pero una movilización eficiente de fuerzas políticas opositoras, pude destituirlo, solo por afectar intereses de particulares con el poder suficiente para manejar el procedimiento de revocación.

En otras palabras, la revocación no requiere causal comprobable y es el votante el que decide, mientras que en la destitución por juicio político es el Congreso el que decide, pero requiere causa cierta y probada en un procedimiento controversial sujeto a las reglas del debido proceso.

En teoría es muy sencillo el procedimiento para la revocación del mandato, pero en la práctica es un laberinto costoso y de resultado favorable poco probable suponiendo que quisiéramos revocar el mandato al actual gobernador, tendríamos que solicitar el procedimiento de revocación dentro de los primeros tres meses de su cuarto año de mandato. No antes, no después. Debe reunirse la firma de por lo menos el equivalente al 10% del total del padrón electoral inscrito en el Estado, y representar al menos a 3 municipios con un idéntico mínimo porcentual de cada uno de ellos.

Al 28 de julio de 2023, la Lista Nominal de Baja California Sur (https://ine.mx/transparencia/datos-abiertos/#/archivo/datos-por-rangos-de-edad-entidad-de-origen-y-sexo-del-padron-electoral-y-lista-nominal-2023) tenía 594,346 electores: 290,833 mujeres (48.9%) y 303,513 hombres (51.1%) divididos en cinco municipios: Los Cabos 256,997, La Paz 222,740, Comondú 57,111, Mulegé 43,917, Loreto 13,074, y 507 sudcalifornianos registrados en el extranjero, los cuales no fueron contemplados en la reforma constitucional.

Lo anterior significa que, para pedir la apertura del procedimiento de revocación de mandato, necesitamos reunir un total de 59,435 firmas de las cuales, considerando los 3 municipios menos poblados, 5,712 serían de Comondú, 4,392 de Mulegé y 1,308 de Loreto, los restantes 48,023 pueden ser de cualquier parte de la República Mexicana, pues la reforma constitucional (gracias a ese maldito vicio de copiar pegar sin leer antes de publicar) no establece como requisito radicar en Baja California Sur.

Se organiza todo el procedimiento ante el Instituto Estatal electoral, se lleva a cabo la votación y entonces, si consideramos que el actual gobernador ganó la elección con 125,736 votos y la reforma exige que participe por lo menos el 40% de los votantes en la entidad para revocarle el mandato se necesita el voto favorable por mayoría absoluta de entre un mínimo de 235,739 ciudadanos inscritos en la lista nominal de lectores.

​En síntesis, para revocar el mandato del actual gobernador, se necesitan en las urnas 117,871 votos a favor de la revocación, tras un proceso complicado y costoso, en el que está prohibido usar recursos públicos para la recolección de firmas, promoción y propaganda a favor o en contra.

Solo el Instituto Estatal Electoral promoverá de manera objetiva, imparcial únicamente con fines informativos, la participación ciudadana y será la única encargada de la difusión del evento.

Ningún particular podrá contratar propaganda en medios tendiente a influir en la opinión ciudadana, y durante la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada, se suspenderá la propaganda gubernamental. Solo podrá difundirse información relativa campañas de salud, servicios educativos y las necesarias para la protección civil

En conclusión, consideramos más efectivo, justo, funcional y económico fomentar la participación de los habitantes de la entidad en ejercicios de Contraloría Ciudadana, denunciar y llevar a juicio político al gobernador y/o a todo servidor público que incurra en responsabilidad durante el ejercicio de su mandato.

Cárcel e inhabilitación a funcionarios deshonestos, en vez de emprender complicados costosos, veleidosos, manipulables e inciertos procedimientos como el que se plantea en la reforma constitucional estatal que establece la llamada revocación de mandato.

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Impunidad y procesos penales

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). De acuerdo con los datos que arroja la décima edición del estudio anual que realiza México Evalúa, las cifras resultan alarmantes, con una tendencia ascendente del ya de por sí elevado índice de impunidad que prevalece en nuestro país. 

Tres vertientes son consideradas de manera preponderante en la evaluación anual de nuestro sistema de justicia penal:

  1. A) IMPUNIDAD

El estudio refiere que únicamente cuatro de cada cien delitos que se perpetran, son investigados.

A nivel nacional, durante el 2022 el promedio de impunidad fue de 96.3%, lo que implica un 04.5 puntos porcentuales más que en 2021.

 

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Las entidades que registraron mayor índice de impunidad son Hidalgo (99.6%), Colima (99.5%), Jalisco (99.5%) y Ciudad de México (99.1%), mientras que las que arrojaron menor tasa porcentual son Michoacán (82.0%), Baja California (87.7%), Chiapas (89.1%) y Sonora (89.3%). Baja California Sur (93.6%) se ubicó ligeramente debajo de la media nacional (96.3%).

La medición de impunidad por delito arroja un cálculo específico de los delitos denunciados a nivel nacional con el índice más elevado de impunidad: Violencia familiar (98.6%), desaparición (96.5%), extorsión (96.4%) y abuso sexual (96.1%).

Sólo el 4.3% de los procedimientos derivados de una carpeta de investigación pasaron a vinculación a proceso; la mayoría fue por robo (28.9%), narcomenudeo (13.3%) o lesiones (9.6%), lo que plantea la imperiosa necesidad de eficientizar la implementación de las salidas alternas para reducir la carga de trabajo que estos delitos absorbe, y poder dedicar más recursos a la investigación de delitos denominados de alto impacto, como el homicidio, violación, etc.

  1. B) DERECHOS HUMANOS DE LAS VÍCTIMAS

Únicamente el 14% de las personas víctimas atendidas por las Comisiones de Atención a Víctimas (CEAV) alcanzó la reparación del daño. En el mismo apartado, destaca que de las 2’065,630 carpetas de investigación aperturadas en 2022, que involucraron al menos a una persona víctima u ofendida, únicamente 156,590 fueron representadas por las CEAV durante el proceso penal.

  1. C) DERECHOS HUMANOS DE LOS PROCESADOS

Uno de los derechos reiteradamente vulnerados en el proceso penal mexicano es la presunción de inocencia, ya que el estudio indica que el 57% de las personas procesadas fueron sometidas a prisión preventiva durante 2022 a nivel nacional, 53% bajo la modalidad oficiosa, y sólo en 4 de cada 10 casos se hizo una evaluación de riesgo para determinar si era necesario encarcelar a la persona.

El estudio indica que, en promedio, un juicio oral penal tiene una duración de 486 días a nivel nacional, lo cual vulnera el derecho constitucional a que una persona sea juzgada en un plazo menor a un año, establecido en el artículo 20 constitucional.

El denominado control de la legalidad de la detención es un examen que oficiosamente debe realizar el juez de control, respecto a las condiciones en las que se llevó a cabo la detención y privación de la libertad de una persona, por lo que su incumplimiento compromete el derecho al debido proceso.

En promedio, las detenciones calificadas como ilegales descendieron porcentualmente del 15 al 10.5%, a nivel nacional, lo que representa un avance en este rubro.

Se formulan en el estudio diversas recomendaciones para elevar el acceso y la calidad de la justicia, entre las que destacan:

1.- Implementar un Modelo Nacional de Procuración de Justicia a partir de un análisis sobre distribución de competencias, asignación del presupuesto y priorización de fenómenos.

2.- Incorporar el Servicio Profesional en la Constitución, para garantizar los procesos de designación abiertos para titulares del sector y la publicidad de indicadores.

3.- Aumentar la colaboración entre el Ministerio Público y las Unidades de Medidas Cautelares para aprovechar evaluación de riesgos, optimizar medidas cautelares en libertad y evitar prisión oficiosa.

4.- Fortalecer presupuestalmente a órganos garantes de derechos: Comisiones Estatales de Atención a Víctimas, Defensorías y Unidades de Medidas Cautelares.

5.- Reactivar las comisiones de Ejecución Penal, contar con un plan formal de servicios post penales y dar seguimiento a su cumplimiento.

 

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Sin sindicato no hay paraíso

Colaboración Especial

Por Pablo Chiw

La Paz, Baja California Sur (BCS). Entre el patrón y el buen sindicato siempre deberá de haber tensión, pues siempre hay algo muy fundamental en disputa: el dinero.

Para los patrones e inversionistas el objetivo último es el lucro y la fórmula por excelencia es maximizar las ganancias y minimizar los costos. Son muchos los empresarios que se han vuelto multimillonarios aplicando despiadadamente esta fórmula, pero ¿Qué tiene de malo?

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El eterno problema es muy sencillo, el patrón desea pagar un sueldo raquítico, eliminar contratos permanentes, antigüedad, reparto de utilidades, retiro, seguro médico, primas vacacionales y todo aquello que le represente un gasto, así, al minimizar los gastos maximiza sus ganancias.

Los patrones hacen todo lo posible por minimizar sus gastos, sobre todo legalmente hablando, hay que recordar que a través de sus influencias políticas, directas e indirectas, lograron congelar el salario mínimo durante 22 años (Sin embargo, 2017). En 1992 era de 3,508 pesos mensuales y para el 2016 de 3,773 pesos mensuales. Sin lugar a dudas, un gran triunfo de los patrones, evidentemente muy malo para las y los trabajadores.

Si el dinero mueve el mundo y los patrones tienen mucho dinero, fácilmente pueden comprar políticos para que se establezcan leyes que les beneficien, algunos empresarios se saltaron ese paso y se convirtieron en empresarios políticos y llegaron a la presidencia en sus países como Vicente Fox, Donald Trump, Sebastián Piñera, Silvio Berlusconi. Obviamente y en todos los casos, se trató de candidatos ricos que beneficiaron a sus amigos ricos a través de propuestas de gobierno que les ayudarán a maximizar sus ganancias y minimizar sus gastos, desde pago de salarios hasta pago de impuestos. A esto se le conoce como “la derecha” en términos políticos.

Los Patrones son como Garrapatas.

Como todo el mundo sabe, las y los trabajadores son los que producen las ganancias, la riqueza y los patrones son los que la succionan hasta donde les sea posible y si pueden, se quedan con toda. Hay que recordar que hasta hace algunos años existía la esclavitud y aun hoy en día, hay quienes la quieren de vuelta. Por eso, el capitalismo es definido como un esquema parasitario de acumulación de riqueza.

Bueno, ya hemos platicado lo evidente, la ganancia debe ser repartida y entre más le toca al patrón, menos le toca al trabajador. Así son las cosas; su ganancia es mi pérdida y viceversa. Allí, es donde los sindicatos entran al quite, en Estados Unidos se llaman “uniones de trabajadores”, individualmente el trabajador es prácticamente intrascendente, pero en colectivo tiene la posibilidad de ejercer poder. Así, la unión hace la fuerza y el sindicato tiene la posibilidad de negociar los porcentajes de repartición de ganancia: con cuanto se queda el patrón y con cuanto se quedan los trabajadores.

Durante las últimas dos décadas, los patrones a nivel internacional se han encargado de desmantelar a los sindicatos, por obvias razones, esto ha sido genial para ellos, pues han logrado acumular ganancias históricas, al mismo tiempo, ha sido terrible para las y los trabajadores pues hemos visto niveles de pobreza también históricos. Pero así son las cosas, el sindicato siempre estará en riesgo de ser desmantelado, decapitado o corrompido. Por este motivo, cada trabajador que tiene la fortuna de estar sindicalizado debe comprender lo fundamental de involucrarse en la permanente e inagotable lucha sindical, guste o disguste, las y los trabajadores deben aprender a defender férrea y activamente sus derechos laborales pues ya saben el dicho: camarón que se duerme…

 

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