Propone Diputada incrementar sanciones en BCS para castigar el abuso sexual

FOTO: Archivo

La Paz, Baja California Sur (BCS). La diputada Arlene Moreno Maciel (PT) propuso reformar y armonizar el Código Penal para el Estado, para ampliar en Baja California Sur, la definición de abuso sexual, elevar las sanciones para los agresores y la obligación de acudir a talleres educativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres y/o prestar servicio social en favor del Estado, así como establecer la atención psicológica especializada para la víctima, hasta su total recuperación.

La iniciativa reforma y adiciona el Artículo 179 referente al delito de abuso sexual. Forma parte de una agenda nacional impulsada por la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, para armonizar el delito de abuso sexual.

Establece que en lo sucesivo, también se considerará abuso sexual a “quien sin consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre si, para un tercero o para el propio sujeto activo. También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo”.

Y es que la abanderada del PT recordó el reciente caso de agresión contra la Presidenta de la República, como ejemplo de que ninguna mujer está exenta de esta violencia, como lo viven miles de mexicanas cada día.

“Denunciar, es parte fundamental para erradicar estos abusos sexuales, así como lo hizo la presidenta e interpuso su denuncia, nosotras también debemos perder el miedo y no dejar pasar estas conductas que han perdurado en la sociedad”.

La propuesta mantiene que a quien cometa este delito se le impondrá una sanción de tres a nueve años de prisión, sin embargo eleva las multa de 200 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Moreno Maciel manifestó su convicción de legislar para construir espacios seguros, sanciones y normas con el máximo peso de la ley, pues es una de las formas en las que puede contribuir al bienestar de la sociedad y en especial a las mujeres.

La propuesta, modifica también el concepto de acto sexual, en el cual se incorporarán los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas.

De igual manera, no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad.




Estudio dogmático del delito de ciberacoso en BCS

 

FOTOS: Redes Sociales.

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS).

Artículo 183 Bis. Comete el delito de ciberacoso quien hostigue, amenace o envíe contenido no requerido en una o más ocasiones que por medio de las Tecnologías de la Información y Telecomunicación, redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea o cualquier espacio digital y cause un daño en la dignidad personal o cualquier otro bien tutelado por la norma.

Se le impondrá la pena de once meses y hasta seis años de prisión y multa de cincuenta a seiscientos días multa en el momento de la comisión del delito.

Cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la mínima y hasta dos terceras partes de la máxima.

Además, se instruirá a la autoridad competente a investigar los contenidos denunciados que se presuma constituyan el ciberacoso, y se solicitará la intervención inmediata para inhibir la práctica, a fin de generar un banco de datos con información pertinente que este en constante actualización por la terminología emergente sobre los delitos en el ecosistema digital.

1. Bien jurídico tutelado

El tipo penal protege principalmente:

La dignidad personal, entendida como el valor intrínseco del individuo frente a agresiones digitales.

Otros bienes jurídicos que pueden verse afectados, como la intimidad, la tranquilidad, la integridad psicoemocional, el honor o incluso la libertad.

Este enfoque plural exige interpretación conforme al principio de taxatividad y al bloque de convencionalidad (art. 1º constitucional y tratados internacionales).

2. Sujeto activo

Indeterminado: cualquier persona puede cometer el delito.

No exige cualidades específicas, lo que lo convierte en un tipo común.

3. Sujeto pasivo

Persona física titular de la dignidad u otro bien jurídico afectado.

Puede ser cualquier individuo que utilice medios digitales o esté expuesto a ellos.

4. Conducta típica

El tipo penal describe tres verbos nucleares:

Hostigar: conducta reiterada que genera molestia, presión o acoso.

Amenazar: anuncio de un mal futuro que genera temor.

Enviar contenido no requerido: remisión de mensajes, imágenes, videos u otros materiales sin consentimiento.

Notas dogmáticas:

Se trata de un tipo penal de acción. La conducta puede consistir en uno o varios actos. La reiteración (“una o más ocasiones”) amplía el espectro de punibilidad, pero no exige habitualidad.

5. Medio comisivo

Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC): incluye redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea, plataformas digitales, etc.

El medio es parte del tipo, por lo que debe probarse su uso para configurar el delito.

6. Resultado típico:

Daño en la dignidad personal o en “cualquier otro bien tutelado por la norma”.

Es un tipo material, exige resultado lesivo.

El daño puede ser psicológico, reputacional, emocional o de otra índole, pero debe ser demostrable.

7. Elemento subjetivo

Dolo genérico: conocimiento y voluntad de realizar la conducta típica.

No exige dolo específico ni finalidad concreta (como causar daño), aunque puede inferirse del contexto.

8. Antijuridicidad

Presunta, salvo causas de justificación (ej. ejercicio legítimo de derechos, consentimiento válido, etc.).

El consentimiento del receptor podría excluir la tipicidad si es libre, informado y revocable.

9. Culpabilidad

Requiere imputabilidad, conocimiento de la ilicitud y posibilidad de actuar conforme a derecho.

No se prevé modalidad culposa.

10. Consumación y tentativa

Consumación: se da con la producción del daño en la dignidad u otro bien jurídico.

Tentativa: posible si se inicia la conducta, pero no se produce el resultado por causas ajenas al autor.

11. Pluralidad de conductas

El tipo admite pluralidad de actos (“una o más ocasiones”), lo que permite:

Unidad de acción: si los actos son próximos y homogéneos.

Concurso real: si hay actos diferenciados en tiempo y forma.

12. Concurso con otros delitos

Puede concurrir con: Amenazas (Art. 218 CPBCS), Difamación o calumnia (si existieran tipos locales), Violación a la intimidad personal (si se difunden datos sensibles) y/o Delitos contra menores o violencia digital.

Interpretación jurisprudencial relevante

La SCJN y la Corte IDH reconocen que la dignidad humana es un derecho fundamental y eje estructural del sistema jurídico, lo que obliga a interpretar el delito de ciberacoso como una afectación directa a ese núcleo de protección. Para acreditar el daño, se requiere prueba electrónica robusta, contextualizada y jurídicamente válida.

Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)

Tesis 2007731: La dignidad humana no es una declaración ética, sino una norma jurídica vinculante que protege a toda persona frente a actos que la degraden, humillen o instrumentalicen.

Amparo directo en revisión 1200/2014: La SCJN estableció que la dignidad es el fundamento de todos los derechos humanos, y su afectación puede derivar en responsabilidad penal cuando se vulnera mediante actos sistemáticos o tecnológicos.

Tesis 2016923: La dignidad humana debe interpretarse conforme al bloque de constitucionalidad y convencionalidad, lo que obliga a los jueces a aplicar estándares internacionales en su protección.

Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)

Aunque no existe una sentencia específica sobre ciberacoso, la Corte IDH ha desarrollado criterios sobre:

Violencia digital y libertad de expresión: En casos como “La Última Tentación de Cristo” vs. Chile, se reconoció que el uso de medios digitales puede generar afectaciones graves a derechos fundamentales.

Protección reforzada de grupos vulnerables: La Corte ha sostenido que el Estado debe prevenir y sancionar actos que afecten la dignidad, intimidad y seguridad de personas en entornos digitales, especialmente mujeres, niñas y adolescentes.

Interdependencia de derechos: La afectación a la dignidad puede implicar violaciones simultáneas a la integridad personal, privacidad, honra y libertad.

Técnica probatoria para acreditar el daño

1. Prueba electrónica

Capturas de pantalla, registros de mensajes, correos, publicaciones: Deben ser autenticadas mediante peritajes informáticos.

Metadatos y trazabilidad: Se requiere demostrar origen, fecha, destinatario y contexto del contenido.

Conservación digital: Uso de herramientas como blockchain, hash o cadena de custodia digital para garantizar integridad.

2. Peritajes psicológicos y sociológicos

Acreditan el impacto emocional, psicológico o reputacional en la víctima.

Deben vincularse causalmente con los actos digitales denunciados.

3. Contextualización jurídica

El daño no se presume: debe probarse que la conducta afectó la dignidad u otro bien jurídico.

Se valora la reiteración, la intencionalidad, el contenido enviado y la vulnerabilidad de la víctima.

4. Valoración judicial

El juez debe aplicar el principio pro persona y valorar la prueba conforme a estándares de derechos humanos.

La afectación a la dignidad puede inferirse del contexto, pero requiere prueba directa o indiciaria suficiente




Bajo la sombra del miedo: la violencia de género que paraliza Baja California Sur

FOTOS: IA.

Vientos de Pueblo

José Luis Cortés M.

 

San José del Cabo, Baja California Sur (BCS). La violencia de género y los feminicidios en Baja California Sur son heridas abiertas que reflejan una realidad dolorosa y urgente. En esta tierra bañada por el sol y la fuerza del mar, la vida de muchas mujeres está marcada por el miedo y la desigualdad, un contraste brutal entre la belleza de sus paisajes y la crudeza de su experiencia cotidiana. En La Paz, Los Cabos y comunidades rurales, la violencia machista se manifiesta en hogares rotos, calles inseguras, y un sistema que, aunque avanza lentamente, todavía falla en proteger y otorgar justicia plena.

Las estadísticas hablan con la voz que nadie quiere oír: un número alto de mujeres han sufrido algún tipo de violencia —física, psicológica o económica—, y los feminicidios, con historias desgarradoras que cruzan tanto zonas urbanas como rurales, continúan siendo una terrible realidad. La violencia no discrimina; atraviesa el tejido social y toca a mujeres de todas las edades y condiciones. En las comunidades más alejadas, las barreras para denunciar son mayores, y los pocos recursos accesibles suelen ser insuficientes ante la magnitud del problema.

También te podría interesar: Hoteles sedientos: ¿quién paga el agua del boom en Los Cabos?

Esta lucha constante se refleja en las voces sobrevivientes, que narran el doble desafío de enfrentar la violencia y la indiferencia. Se escuchan historias donde la justicia no solo tarda en llegar, sino que demasiado seguido revictimiza a quienes buscan protección. Sin embargo, esas mismas voces también transmiten esperanza, fuerza y una creciente organización feminista que demanda cambios profundos, administrativos y culturales.

En medio de este contexto, una polémica reciente pareció agitar más las aguas ya turbulentas: Paco Ignacio Taibo II, director del Fondo de Cultura Económica, causó revuelo con declaraciones donde cuestionó la calidad de ciertos poemarios escritos por mujeres y manifestó su rechazo a que se incluyan obras femeninas por cuotas. Sus palabras, calificando algunas obras de “horriblemente asquerosas de malas”, desencadenaron críticas de escritoras y activistas que vieron en sus comentarios un reflejo de la misoginia y menosprecio hacia la producción femenina, poniendo en evidencia actitudes profundamente arraigadas que alimentan desigualdades.

Este episodio no es solo un choque cultural ni un desacuerdo literario: simboliza las resistencias invisibles que enfrentan las mujeres tanto en lo público como en lo privado. En Baja California Sur, donde la violencia contra la mujer es palpable y urgente, estas palabras retumban como un llamado a confrontar los discursos que perpetúan la desigualdad y el desprecio. La violencia de género no existe solo en los actos de agresión física, sino también en las formas en que se deslegitima y se erosiona la voz femenina.

Es una lucha en múltiples frentes, desde las políticas públicas hasta la educación y el lenguaje. Mientras programas como “Párale a la violencia” intentan crear redes de apoyo y prevención, la realidad demuestra que esos esfuerzos aún son frágiles frente a un fenómeno estructural y cultural. La batalla requiere compromiso y transformación a todos los niveles, desde las instituciones hasta las comunidades.

El desafío, claro está, no es menor. Romper con siglos de patrones patriarcales y desigualdades normalizadas es un trabajo arduo, cotidiano y profundo. Baja California Sur, con su mestizaje de modernidad y tradiciones, refleja esta compleja encrucijada. Pero, en esa misma complejidad, encuentra también la fuerza y la determinación de mujeres que se organizan, marchan, denuncian y construyen nuevos espacios de igualdad.

Porque entender la violencia de género es comprender que no es solo un problema femenino, sino un reto social que exige respuestas colectivas. Que no se trata solo de cambiar leyes, sino de cambiar cabezas y corazones. Y que solo así el sol que baña estas tierras podrá iluminar, de verdad, la dignidad y seguridad de todas.

La justicia que soñamos comienza cuando la dignidad se convierte en derecho vivido, y la lucha por la igualdad se transforma en el fuego que nunca dejará de arder.

—–

AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.




Tiende BCS puentes de solidaridad internacional con Palestina

Foto: Gobierno de BCS

La Paz, Baja California Sur (BCS). El gobernador Víctor Manuel Castro Cosío recibió en Palacio de Gobierno a la embajadora del Estado de Palestina en México, Nadya Layla Rasheed, con quien dialogó sobre la situación que enfrenta su país y la importancia de fortalecer la cooperación bilateral.

Durante el encuentro, el mandatario estatal expresó su respaldo, el de su administración y el del pueblo sudcaliforniano, al reiterar que Baja California Sur mantiene un firme compromiso con la paz, el respeto a los derechos humanos y el diálogo como vía para resolver cualquier conflicto.

Castro Cosío destacó la relevancia de impulsar el intercambio cultural, académico y técnico con Palestina, al considerar que este tipo de acciones contribuyen al entendimiento mutuo y al desarrollo de sociedades más justas y solidarias.

Por su parte, la embajadora Nadya Rasheed agradeció el recibimiento y la solidaridad manifestada por las instituciones sudcalifornianas, señalando que estos gestos representan un mensaje significativo para su nación en momentos de alta complejidad.

Como parte de los acuerdos alcanzados, ambas partes se comprometieron a avanzar en dos líneas de acción principales:

  • la exhibición de material gráfico sobre la realidad palestina en los cinco municipios del estado, y

  • la exploración de esquemas de intercambio académico y técnico, particularmente en áreas vinculadas con la ciencia, la cultura y las energías renovables.

“Con esta visita reitero mi compromiso de trabajar junto a Palestina en la promoción de iniciativas que contribuyan al progreso compartido de nuestras comunidades, siempre con respeto, solidaridad y orientación hacia la consolidación de la paz y del bienestar”, concluyó Castro Cosío.




Avances tecnológicos y procuración de justicia

FOTOS: Canva.

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). De acuerdo con el Índice Estatal de Desempeño de Procuradurías Y Fiscalías (IEDF), Baja California Sur ocupa el penúltimo lugar nacional, con un índice del 22.2% en transformación digital, que comparado con el 94.4% del primer lugar ocupado por Nuevo León, nos habla del grave atraso tecnológico que enfrenta en el Estado la aplicación de avances tecnológicos en materia de procuración de justicia.

A esa limitación técnica, se agrega el rango salarial más bajo en las entidades con vida cara, lo que se traduce en servidores públicos mal remunerados. A lo anterior se suma la ausencia de adecuación en el ejercicio profesional de los operadores del sistema de procuración de justicia, a los estándares nacionales (anexo 1) e internacionales (anexo 2).

También te podría interesar: Delitos informáticos al alza

La aplicación de estos estándares, son definitorios para la calificación y evaluación del desempeño de los operadores del sistema, que se traduce en más y mejores apoyos y acceso a fondos nacionales e internacionales indispensables para optimizar el servicio y mejorar los emolumentos salariales-

Procuraduría o Fiscalía de Justicia

El presupuesto estatal asignado es el tercero más bajo en el rango nacional, lo cual hace muy difícil alcanzar una excelencia operativa, sin el apoyo de instituciones y organismos internacionales que aportan recursos materiales, tecnológicos y capacitación permanente a las entidades de la República Mexicana, para lo cual es indispensable migrar de procuraduría de justicia a fiscalía estatal de justicia.

Somos el único Estado que se niega a esta migración, entre otras razones, porque las fiscalías son independientes, mientras que el procurador es un empleado subordinado y dependiente orgánica y presupuestalmente del gobernador. BCS debe adoptar una estrategia integral que combine interoperabilidad digital, capacitación institucional, y participación ciudadana para transformar la procuración de justicia con tecnología.

¿Por qué BCS está rezagado?

  • Fragmentación institucional: Sistemas no interoperables entre Fiscalía, Policía, Poder Judicial y Defensoría.
  • Infraestructura limitada: Falta de conectividad, equipos obsoletos y escasa inversión en software especializado.
  • Débil cultura digital: Poca capacitación en herramientas tecnológicas, resistencia al cambio y escasa evaluación de desempeño.
  • Ausencia de gobernanza tecnológica: No existe una unidad rectora que articule la transformación digital en justicia.

Presentamos una propuesta estructurada y viable para revertir el rezago tecnológico en Baja California Sur en materia de procuración de justicia:

  1. DIAGNÓSTICO Y PLANEACIÓN ESTRATÉGICA

Realizar un mapeo tecnológico de todas las instituciones involucradas en la procuración de justicia (Fiscalía, Policía Ministerial, Poder Judicial, Defensoría Pública).

Identificar cuellos de botella en procesos clave: recepción de denuncias, integración de carpetas, judicialización, seguimiento de víctimas.

Diseñar un Plan Estatal de Transformación Digital con metas medibles, presupuesto multianual y enfoque interinstitucional.

  1. DIGITALIZACIÓN DE PROCESOS CLAVE

Implementar el Informe Policial Homologado Móvil (IPH Móvil) como lo hizo Quintana Roo, para que policías registren hechos en tiempo real desde dispositivos móviles.

Integrar sistemas de gestión de carpetas digitales que permitan trazabilidad, interoperabilidad y control de tiempos procesales.

Automatizar la recepción de denuncias con plataformas web y kioscos digitales, apoyados por IA para clasificar delitos y orientar jurídicamente al ciudadano.

  1. USO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y ANALÍTICA

Adoptar sistemas de IA para análisis predictivo de patrones delictivos, priorización de casos y detección de corrupción institucional.

Utilizar algoritmos para asignación eficiente de recursos humanos (ministerios públicos, peritos, policías) según carga de trabajo y urgencia.

Desarrollar tableros de control en tiempo real para monitorear desempeño institucional y cumplimiento de plazos legales.

  1. CIBERSEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

Invertir en infraestructura de ciberseguridad, especialmente en protección de expedientes digitales, comunicaciones interinstitucionales y datos sensibles de víctimas.

Capacitar al personal en manejo ético y seguro de la información, conforme a estándares nacionales e internacionales.

  1. CAPACITACIÓN Y CAMBIO CULTURAL

Formar a operadores jurídicos en competencias digitales, incluyendo manejo de sistemas, firma electrónica, y análisis de datos.

Crear incentivos institucionales para la adopción tecnológica, vinculando desempeño con uso efectivo de herramientas digitales.

Promover una cultura de innovación y mejora continua, con laboratorios de justicia digital y espacios de co-creación con sociedad civil.

  1. PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y TRANSPARENCIA

Desarrollar portales de seguimiento ciudadano de denuncias, procesos y sentencias, con lenguaje claro y accesible.

Incorporar mecanismos de retroalimentación digital para evaluar el servicio de procuración de justicia y detectar áreas de mejora.

Fomentar alianzas con universidades, ONGs y sector privado para co-desarrollar soluciones tecnológicas y evaluar impacto.

  1. FINANCIAMIENTO Y GOBERNANZA

Aprovechar fondos federales y multilaterales destinados a justicia digital, como los previstos en el presupuesto tecnológico nacional.

Crear una Unidad Estatal de Justicia Digital que coordine la implementación, evaluación y escalamiento de soluciones tecnológicas.

Establecer indicadores públicos de avance tecnológico, comparables con otras entidades, para fomentar rendición de cuentas.

INDICADORES DE ÉXITO SUGERIDOS A TRES AÑOS
Փ % de carpetas digitalizadas: 90%
Փ Tiempo promedio de integración de carpeta:   -50%
Փ % de denuncias recibidas digitalmente: 60%
Փ Índice de satisfacción ciudadana: +30%
Փ Casos priorizados por IA:  100% Delitos Graves

Corolario

La migración de procuraduría a fiscalía es inobjetable. La modernización tecnológica es inaplazable. Mientras más retrasemos el proceso, más costoso será el mismo.

—–

AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.