La falsa acusación de abuso sexual contra un docente. ¿Qué sanción recibiría la denunciante en BCS?

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). En fechas recientes, las redes sociales difundieron ampliamente el caso de un profesor de educación media que se quitó la vida mientras enfrentaba una acusación de abuso sexual formulada por una alumna. Posteriormente, según lo divulgado públicamente, la propia acusadora habría reconocido que los hechos imputados nunca ocurrieron.

Al margen de las particularidades procesales del asunto y sin prejuzgar sobre circunstancias específicas que corresponderían acreditar a las autoridades competentes, el caso plantea una pregunta de enorme relevancia jurídica: Si una situación semejante hubiera ocurrido en Baja California Sur, y se demostrara que la imputación fue deliberadamente falsa, ¿qué responsabilidad penal podría enfrentar la denunciante?

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La respuesta exige analizar las figuras de falsedad ante autoridad, la protección reforzada que el legislador sudcaliforniano otorga a los trabajadores de la educación y las tensiones que existen entre la tutela de las víctimas reales de violencia sexual y la protección constitucional de la presunción de inocencia de las personas falsamente acusadas.

El bien jurídicamente protegido

Tradicionalmente, los delitos relacionados con declaraciones falsas protegen la correcta administración de justicia.

La doctrina penal contemporánea sostiene que estas conductas lesionan diversos bienes jurídicos:

La función jurisdiccional del Estado, la correcta procuración de justicia, el derecho de toda persona a ser sometida a un proceso basado en hechos verdaderos, y la libertad y el honor del individuo falsamente incriminado.

En un sistema penal acusatorio, la verdad procesal depende en gran medida de la calidad de la información aportada a fiscales y jueces. Una denuncia deliberadamente falsa no sólo afecta a la persona acusada, sino que desvía recursos públicos y compromete la credibilidad del sistema.

El Artículo 326 del Código Penal para Baja California Sur establece: A quien con el propósito de inculpar o exculpar a alguien indebidamente en un procedimiento penal o proceso penal, declare falsamente o proporcione información falsa ante el Ministerio Público o autoridad judicial en calidad de testigo o denunciante, será sancionado con pena de tres a seis años de prisión y multa de cien a quinientos días.

De esta disposición se desprenden los siguientes elementos típicos:

a) Sujeto activo: Puede ser cualquier persona. Una alumna, un familiar, una víctima simulada.

b) Conducta: Consiste en: declarar falsamente; o proporcionar información falsa. La falsedad debe ser objetiva y verificable. No basta que la acusación no logre demostrarse. Tampoco basta que el acusado sea absuelto.

Es indispensable acreditar que los hechos relatados eran falsos y que quien los comunicó conocía dicha falsedad.

c) Destinatario de la mentira: La información debe proporcionarse ante el Ministerio Público; o la autoridad judicial. Por ello, una publicación en redes sociales, por sí sola, normalmente no actualizaría este delito. La conducta típica se configura cuando la falsedad ingresa formalmente al procedimiento penal.

d) Elemento subjetivo. La ley exige: el propósito de inculpar o exculpar a alguien indebidamente.

Se trata de un delito eminentemente doloso. La equivocación, la confusión, el error de percepción o un recuerdo erróneo no son suficientes. Debe existir intención de engañar.

La agravante especial cuando la víctima es un docente

El Código Penal sudcaliforniano contempla una disposición particularmente relevante: Cuando la falsedad ante autoridad específica tenga por objeto afectar, desprestigiar o perjudicar a una persona trabajadora de la educación, con el propósito de dañar su estabilidad laboral, su reputación o su situación jurídica, la pena aplicable se incrementará hasta en una mitad.

Esta agravante constituye una respuesta legislativa al enorme impacto que las acusaciones falsas pueden generar en el ámbito educativo. Incluso antes de una sentencia, una acusación de abuso sexual contra un docente puede producir lo que los críticos de este tipo penal consideramos una sanción anticipada y muchas veces injusta:

  1. Separación temporal del cargo.
  2. Suspensión laboral.
  3. Estigmatización social.
  4. Daños psicológicos severos.
  5. Pérdida irreversible de prestigio profesional.

Precisamente por ello, el legislador consideró que el ataque contra un profesional de la educación merece una protección reforzada.

Penalidad aplicable

La pena base es: 3 a 6 años de prisión y 100 a 500 días multa. Con el incremento de hasta una mitad previsto para los casos que afecten a trabajadores de la educación, la sanción podría ser de 4 años y 6 meses hasta 9 años de prisión, además de la multa correspondiente.

La individualización concreta dependería de factores judiciales como:

  1. Grado de afectación.
  2. Modalidad de ejecución.
  3. Daño ocasionado.
  4. Circunstancias personales de la responsable.
  5. Nivel de culpabilidad.

¿Y si la acusación falsa provocó el suicidio del profesor?

Aquí surge uno de los problemas más complejos del caso. Desde una perspectiva estrictamente dogmática, el Artículo 326 sanciona la falsedad ante autoridad, pero no contempla expresamente una agravante por suicidio de la víctima falsamente acusada. Por ello, aun cuando el profesor se suicide, el delito base seguiría siendo el previsto en el Artículo 326.

La cuestión jurídica radicaría en determinar si el suicidio constituye una consecuencia jurídicamente atribuible a la conducta de la denunciante; o un acontecimiento autónomo que rompe el nexo de imputación objetiva.

La teoría de la imputación objetiva desarrollada por Roxin, y ampliamente utilizada en la dogmática contemporánea, exige que el resultado sea consecuencia de un riesgo jurídicamente desaprobado creado por el autor.

Sin embargo, la jurisprudencia comparada suele ser cautelosa al imputar penalmente suicidios derivados de actos previos de terceros, debido al papel que desempeña la autodeterminación de la propia víctima.

Por ello, en el estado actual de la legislación sudcaliforniana, no existe una respuesta legal expresa que agrave automáticamente la pena cuando una falsa imputación resulte la causa generadora del suicidio.

El problema del arrepentimiento

El legislador estableció en el Artículo 328 del Código Penal una causa privilegiada de punibilidad: Si el sujeto activo se retracta espontáneamente de sus declaraciones falsas antes de que se pronuncie resolución en la etapa procedimental en la que se conduce con falsedad, sólo se le impondrá la pena de multa.

Esta disposición busca incentivar la corrección temprana del engaño, lo cual es entendible pero jurídicamente complejo, ya que, desde una perspectiva de política criminal presenta dificultades importantes.

Supongamos que un profesor es suspendido; pierde su prestigio; enfrenta meses de investigación; sufre daños psicológicos irreversibles; y posteriormente, la denunciante se retracta. En tal escenario, la consecuencia legal en la vía penal podría reducirse únicamente a una multa. La medida puede resultar insuficiente frente a la magnitud de los daños ocasionados.

Desde una perspectiva de proporcionalidad, el Artículo 328 parece privilegiar la protección de la función jurisdiccional, pero no atiende adecuadamente los daños ya consumados sobre la reputación, la salud mental y la estabilidad laboral de la persona falsamente acusada.

Derecho comparado

España

El Código Penal español regula la denuncia falsa en el Artículo 456. La pena aumenta según la gravedad del delito imputado falsamente.

Cuando se atribuye falsamente un delito grave, la sanción puede alcanzar penas de prisión y multa significativas.

La legislación española distingue expresamente la gravedad de la falsa imputación en función del delito atribuido.

Chile

El ordenamiento chileno sanciona la denuncia calumniosa y diversas formas de acusación falsa ante autoridades judiciales.

La doctrina chilena destaca que la conducta afecta tanto a la administración de justicia como al honor de la persona incriminada.

Argentina

El Código Penal argentino contempla la falsa denuncia y la falsa imputación de delitos, enfatizando la protección del normal funcionamiento de la jurisdicción penal.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos

La Corte Interamericana ha sostenido reiteradamente que la presunción de inocencia constituye una garantía fundamental del debido proceso.

Entre otros asuntos, en los casos Ricardo Canese vs. Paraguay, Tibi vs. Ecuador y J. vs. Perú, el Tribunal ha enfatizado que nadie debe ser tratado como culpable antes de una sentencia firme.

La Corte también ha establecido que los Estados tienen el deber de proteger la honra y la dignidad de las personas frente a afectaciones arbitrarias, de conformidad con el Artículo 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Desde esta perspectiva, una falsa imputación de abuso sexual no solamente compromete la administración de justicia, sino también la dignidad humana; el honor; la reputación y en general, el proyecto de vida de la persona acusada.

Cuando el acusado es un docente, el daño suele amplificarse debido a la particular confianza social depositada en su función.

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Nuestro Máximo Tribunal Federal ha sostenido de manera constante que la presunción de inocencia posee una triple dimensión:

  1. Regla de trato.
  2. Regla probatoria.
  3. Estándar de juicio.

Bajo esta doctrina, una persona denunciada no puede ser considerada culpable mientras no exista sentencia condenatoria firme.

Asimismo, la Corte ha reconocido la protección constitucional del honor, la reputación y el libre desarrollo de la personalidad, derechos que pueden resultar profundamente afectados por imputaciones falsas de conductas sexuales.

La doctrina constitucional mexicana también exige que los órganos estatales investiguen con perspectiva de derechos humanos, evitando tanto la revictimización de quienes denuncian verdaderos delitos sexuales como la criminalización injustificada de personas inocentes.

Crítica dogmática a la regulación en Baja California Sur

Aunque la reforma que protege a los trabajadores de la educación representa un avance importante, presenta algunas insuficiencias.

Primera. La agravante depende del propósito de perjudicar al docente. En muchos casos será extremadamente difícil demostrar dicho propósito específico. Sería técnicamente más adecuado vincular el aumento de pena al resultado efectivamente producido.

Segunda. La legislación no contempla consecuencias agravadas cuando la falsa imputación ocasiona daños extraordinarios, por ejemplo: pérdida definitiva del empleo; incapacidad psicológica; suicidio.

Tercera. El beneficio de arrepentimiento puede resultar excesivamente amplio, ya que permite que conductas potencialmente devastadoras concluyan únicamente con una multa, aun cuando los daños a la víctima ya sean irreversibles.

Cuarta. El sistema continúa centrando la protección en la administración de justicia y no desarrolla suficientemente la tutela penal del honor, la reputación y la integridad psíquica de la persona falsamente acusada.

Corolario

Si una alumna en Baja California Sur denunciara falsamente a un profesor por abuso sexual y posteriormente se demuestra que actuó con pleno conocimiento de la falsedad de su acusación ante el Ministerio Público o ante una autoridad judicial, podría configurarse el delito de falsedad ante autoridad específica previsto en el Artículo 326 del Código Penal estatal. Debido a que la víctima sería una persona trabajadora de la educación, la pena podría incrementarse hasta en una mitad, alcanzando potencialmente entre 4 años, 6 meses y 9 años de prisión, además de multa.

No obstante, desde una perspectiva dogmática y de derechos humanos, la regulación vigente presenta importantes deficiencias. Particularmente, no contempla una respuesta penal diferenciada cuando la falsa imputación produce consecuencias extraordinariamente graves, como la destrucción de una carrera profesional o incluso el suicidio de la persona acusada.

La protección de las víctimas reales de violencia sexual constituye una exigencia irrenunciable de un Estado democrático. Pero precisamente por ello, la credibilidad del sistema requiere también una respuesta firme frente a quienes, abusando de los mecanismos de denuncia, instrumentalizan el proceso penal para destruir injustamente la vida, la libertad y la dignidad de personas inocentes. La defensa simultánea de las víctimas verdaderas y de la presunción de inocencia no es una contradicción: es una exigencia esencial del Estado Constitucional de Derecho.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.




Salud en transición. Los desafíos de IMSS-Bienestar en BCS (II)

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Tierra Incógnita

Sealtiel Enciso Pérez

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Los retos que enfrenta IMSS-Bienestar en Baja California Sur no pueden atribuirse únicamente al cambio de administración. Especialistas en políticas públicas coinciden en que la federalización heredó problemas estructurales que durante años afectaron a los servicios estatales de salud. La diferencia es que ahora la responsabilidad administrativa, financiera y operativa recae principalmente en un organismo federal que debe coordinar una red nacional integrada por cientos de hospitales y miles de centros de salud distribuidos en 23 entidades federativas. El desafío consiste en administrar un sistema de dimensiones sin precedente en México. En octubre de 2023, el Gobierno de México informó que la federalización comprendía la transferencia de 707 hospitales y 13 mil 966 centros de salud para atender a más de 53 millones de personas sin seguridad social.

Uno de los problemas más visibles continúa siendo el abastecimiento de medicamentos. Aunque las autoridades federales han informado periódicamente avances en las compras consolidadas y en la distribución nacional de insumos, diversos hospitales y unidades médicas siguen registrando faltantes temporales de medicamentos especializados, material de curación y algunos equipos indispensables para determinados tratamientos. Estos problemas obedecen a una cadena logística compleja que incluye procesos de licitación, adquisición, almacenamiento, distribución y entrega final a cada unidad médica, especialmente en estados geográficamente aislados como Baja California Sur.

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Otro desafío importante es la disponibilidad de médicos especialistas. La entidad mantiene una demanda creciente de cirujanos, anestesiólogos, internistas, pediatras, ginecólogos, oncólogos y otras especialidades cuya contratación resulta complicada incluso para sistemas de salud con mayores recursos. La lejanía geográfica de la península, el elevado costo de vida en municipios como Los Cabos y la competencia entre instituciones públicas y privadas dificultan atraer y retener personal altamente capacitado. Las propias autoridades federales reconocieron desde el inicio de la transición que uno de los objetivos centrales del nuevo modelo consistía precisamente en fortalecer las plantillas médicas mediante nuevas contrataciones.  La infraestructura hospitalaria representa otro frente de atención. Muchos inmuebles fueron construidos hace varias décadas y requieren inversiones constantes en sistemas eléctricos, climatización, quirófanos, laboratorios, equipos de imagenología y mantenimiento preventivo. En el Hospital General con Especialidades Juan María de Salvatierra, por ejemplo, trabajadores denunciaron en distintas ocasiones fallas en los sistemas de aire acondicionado que incluso obligaron a reprogramar procedimientos quirúrgicos. Las autoridades estatales reconocieron que parte del deterioro correspondía a años de mantenimiento insuficiente acumulado antes de la federalización.

La transición también ha tenido repercusiones para el personal de salud. Durante estos años surgieron inconformidades relacionadas con la asignación de plazas, procesos de basificación, reconocimiento de antigüedad, prestaciones laborales y condiciones de trabajo. Estas diferencias motivaron manifestaciones, mesas de negociación y la conformación de nuevas organizaciones sindicales que buscan representar a trabajadores incorporados al esquema IMSS-Bienestar. Si bien las autoridades estatales y federales han instalado mesas de diálogo para atender estas demandas, algunos conflictos continúan abiertos. Desde la perspectiva de los pacientes, las consecuencias más sensibles aparecen cuando la capacidad instalada no logra responder a la demanda. Los tiempos de espera para consultas especializadas, cirugías programadas o estudios diagnósticos pueden prolongarse cuando existe saturación hospitalaria o falta de especialistas. Para una población que en muchos casos debe recorrer largas distancias desde comunidades rurales hasta hospitales regionales, cualquier retraso representa gastos adicionales de transporte, alimentación y hospedaje, además de incertidumbre respecto a su tratamiento.

Sin embargo, también existen avances que las autoridades consideran relevantes. La federalización ha permitido centralizar las compras de equipo médico, incrementar la inversión en rehabilitación de hospitales, homologar procesos administrativos y desarrollar proyectos tecnológicos como el expediente clínico electrónico, cuya implementación gradual busca facilitar el intercambio de información médica entre unidades de salud. Baja California Sur forma parte de las entidades contempladas para esta estrategia de digitalización. El futuro del sistema dependerá, en buena medida, de la capacidad institucional para resolver problemas que trascienden la simple transferencia administrativa. La consolidación de IMSS-Bienestar requiere recursos financieros suficientes, mecanismos eficientes de adquisición de medicamentos, mantenimiento permanente de infraestructura, estabilidad laboral para el personal médico y una planeación capaz de responder al acelerado crecimiento demográfico de municipios como Los Cabos y La Paz.

En este contexto, también será fundamental fortalecer la atención preventiva. Las enfermedades crónicas como diabetes, hipertensión, obesidad y padecimientos cardiovasculares representan una carga creciente para los servicios públicos de salud. Las autoridades federales han señalado que el nuevo Modelo de Atención para la Salud Bienestar pretende dar mayor importancia a la prevención, detección temprana y seguimiento comunitario de estas enfermedades, con el propósito de disminuir hospitalizaciones y complicaciones de alto costo. La experiencia de Baja California Sur refleja que la federalización constituye mucho más que un cambio administrativo. Significa reorganizar un sistema completo mientras continúa prestando atención médica todos los días. En ese proceso conviven inversiones en infraestructura, incorporación de nuevas tecnologías, contratación de personal, ajustes laborales y expectativas ciudadanas que exigen resultados inmediatos.

El éxito o fracaso del modelo no podrá evaluarse únicamente por el número de hospitales transferidos o por la cantidad de recursos invertidos. Su verdadero indicador será la experiencia cotidiana de los usuarios: encontrar un médico disponible, recibir medicamentos completos, acceder oportunamente a una cirugía o realizar estudios especializados sin demoras excesivas. Esa es, finalmente, la medida con la que la población juzga cualquier política pública de salud.

Para Baja California Sur, el reto continúa abierto. La federalización prometió construir un sistema más equitativo, gratuito y universal para quienes carecen de seguridad social. Alcanzar ese objetivo dependerá de que la coordinación entre Federación y Estado logre traducir los compromisos institucionales en mejoras tangibles para los pacientes. Mientras ello ocurre, hospitales, centros de salud y trabajadores siguen enfrentando diariamente el desafío de mantener funcionando un servicio esencial para miles de sudcalifornianos, en una entidad donde las condiciones geográficas y el crecimiento poblacional hacen que garantizar el derecho a la salud sea una tarea particularmente compleja.

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Salud en transición. Los desafíos de IMSS-Bienestar en BCS (I)

FOTOS: El Universal | OEM.

Tierra Incógnita

Sealtiel Enciso Pérez

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Cuando una madre llega con su hijo enfermo a un centro de salud en un poblado apartado de Baja California Sur, poco importa quién administra el edificio, quién paga la nómina del médico o qué dependencia federal compró los medicamentos. Lo único que espera es encontrar atención oportuna, personal suficiente y el tratamiento que necesita. Sin embargo, detrás de esa consulta médica existe una profunda transformación administrativa que ha cambiado por completo la organización de los servicios públicos de salud en la entidad y que continúa generando retos para autoridades, trabajadores y usuarios.

La incorporación de Baja California Sur al modelo IMSS-Bienestar representa uno de los cambios institucionales más importantes que ha vivido el sistema estatal de salud en las últimas décadas. La transferencia de hospitales generales, centros de salud, unidades especializadas, personal médico, infraestructura y equipamiento desde el gobierno estatal hacia un organismo federal buscó construir un sistema único para atender gratuitamente a la población que no cuenta con seguridad social. Sin embargo, el proceso ha estado acompañado por dificultades operativas que siguen siendo motivo de debate.

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El origen de esta transformación se encuentra en la estrategia del Gobierno de México para sustituir el modelo operado anteriormente por el Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI), cuya desaparición dio paso a la consolidación del organismo público IMSS-Bienestar como responsable de la atención médica para millones de personas sin acceso al IMSS o al ISSSTE. La intención oficial consistía en terminar con la fragmentación del sistema de salud y centralizar la administración de hospitales, medicamentos, infraestructura y personal.

En Baja California Sur, el proceso comenzó formalmente en 2022, cuando el gobierno estatal firmó los acuerdos de incorporación al nuevo modelo. Durante la presentación del programa, el director general del IMSS, Zoé Robledo, informó que serían transferidas 66 unidades médicas: 57 centros de salud de primer nivel, seis hospitales generales y tres unidades de especialidades médicas. Asimismo, se anunció una inversión inicial superior a 231 millones de pesos destinada al mantenimiento, rehabilitación y equipamiento de la infraestructura hospitalaria. Las metas oficiales eran ambiciosas. Además del fortalecimiento de la infraestructura, el nuevo modelo prometía mejorar el abasto de medicamentos, incrementar la contratación de especialistas, homologar salarios, reducir las desigualdades entre estados y garantizar atención médica gratuita para toda la población sin seguridad social.

Incluso, durante los primeros meses de operación, las autoridades federales informaron que el abastecimiento de medicamentos había pasado de aproximadamente 73 a 99 por ciento, además de anunciar la llegada de médicos especialistas para cubrir vacantes históricas en hospitales como Loreto y otras regiones del estado. No obstante, la realidad cotidiana de un sistema sanitario resulta mucho más compleja que los indicadores administrativos. Baja California Sur enfrenta condiciones geográficas excepcionales. Su enorme extensión territorial, la dispersión de comunidades rurales y la separación física entre localidades mediante largas carreteras convierten la prestación de servicios médicos en un desafío permanente. Mientras ciudades como La Paz, Los Cabos o Ciudad Constitución concentran buena parte de la infraestructura hospitalaria, numerosas comunidades dependen exclusivamente de pequeños centros de salud donde la ausencia temporal de un médico puede significar recorrer cientos de kilómetros para recibir atención.

A estas condiciones naturales se suman problemas estructurales que no nacieron con IMSS-Bienestar, sino que arrastran décadas de rezago. Entre ellos destacan el déficit nacional de médicos especialistas, el envejecimiento de parte de la infraestructura hospitalaria, las dificultades para atraer personal médico hacia zonas alejadas y la creciente demanda de atención derivada del acelerado crecimiento poblacional de Baja California Sur. Los Cabos constituye un ejemplo claro. Su rápido desarrollo demográfico ha incrementado significativamente la demanda de servicios hospitalarios en pocos años, presionando una infraestructura diseñada para una población mucho menor.

La federalización tampoco significó una solución inmediata para los problemas administrativos. Durante el proceso de transferencia fue necesario integrar expedientes laborales, regularizar plazas, incorporar inventarios de equipo médico, redefinir responsabilidades entre Federación y Estado y establecer nuevos mecanismos de operación para cientos de trabajadores. En julio de 2024 incluso se formalizó, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, el convenio específico para la transferencia de bienes inmuebles relacionados con hospitales, clínicas y demás establecimientos de salud del estado al organismo IMSS-Bienestar, consolidando jurídicamente la federalización del patrimonio destinado a la atención médica.

Sin embargo, la transición administrativa ha generado incertidumbre entre diversos sectores laborales. Algunos trabajadores han manifestado inquietudes respecto a procesos de basificación, antigüedad, condiciones contractuales y definición de responsabilidades administrativas entre las autoridades estatales y federales, mientras que organizaciones sindicales han solicitado mayor claridad sobre los mecanismos de incorporación al nuevo esquema. Estas preocupaciones han sido documentadas durante los últimos años conforme avanzó la implementación del modelo.

A la par, diversos usuarios continúan reportando dificultades relacionadas con tiempos de espera, disponibilidad de medicamentos especializados, programación de cirugías y consultas con especialistas. Si bien muchas de estas problemáticas existían antes de la federalización, la expectativa generada por el nuevo sistema ha incrementado el escrutinio público sobre sus resultados.

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La playa es pública… pero ¿por dónde se entra? Los accesos perdidos de BCS

IMÁGENES: IA.

Vientos de Pueblo

José Luis Cortés M.

 

San José del Cabo, Baja California Sur (BCS). En mayo de 2025, personal del Ayuntamiento de La Paz llegó a tres caminos que conducían al Pacífico. En El Pescadero, dos accesos habían sido cerrados con piedras y otros objetos. En Cerritos, una caseta sin licencia pretendía cobrar por el paso. La intervención municipal retiró los obstáculos después de denuncias ciudadanas. No hubo una batalla espectacular: sólo maquinaria, funcionarios y la evidencia material de una pregunta que recorre la península como una grieta: si la playa es pública, ¿quién garantiza el camino hasta ella?

La ley parece tajante. Las playas y la franja federal contigua son bienes de uso común; su acceso no puede ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado. Cuando no existe una vía pública, la legislación prevé que la autoridad ambiental acuerde accesos con propietarios colindantes, mediante compensación y servidumbres. También contempla multas de tres mil a doce mil unidades de medida y actualización, e incluso la revocación de concesiones en casos reincidentes.

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Pero entre la letra y la arena se abre un territorio de competencias fragmentadas. La Federación administra la zona marítima; el municipio controla usos de suelo, licencias, catastro y vialidades; los estados regulan el desarrollo urbano; los particulares defienden sus predios. La playa puede ser pública y el terreno anterior, privado. En ese intersticio prosperan los caminos borrados, las rutas desviadas y la incertidumbre que suele favorecer a quien posee abogados, planos y tiempo.

En 2024, una investigación periodística local documentó conflictos en Pichilingue y El Caimancito. En Pichilingue, cercos y mobiliario de un club de playa obstaculizaban el tránsito; autoridades municipales y federales clausuraron el establecimiento. En El Caimancito, otro negocio retiró sombras y camastros tras ser notificado por ocupación irregular. Los episodios mostraron que la privatización de hecho no siempre requiere cerrar por completo: también puede consistir en ocupar tanto espacio público que el visitante común se sienta intruso.

La presión crece al ritmo del valor de la costa. Los Cabos registraba en la información estratégica estatal de 2025 un total de 185 hoteles y 21,744 habitaciones: tres de cada cuatro cuartos disponibles en Baja California Sur. En 2024, la ocupación hotelera municipal fue de 70 por ciento; el destino contaba además con 18 campos de golf. El censo de 2020 ya situaba a Los Cabos como el municipio más poblado del Estado, con 351,111 habitantes.

En una península árida, el crecimiento no ocupa solamente suelo: exige agua, vialidades, energía, saneamiento y vivienda. En julio de 2026, el organismo operador de Los Cabos mantenía calendarios de tandeo para numerosas colonias de San José del Cabo. Estos datos no prueban que un hotel cierre una playa ni que un campo de golf cause por sí solo la escasez doméstica. Sí revelan la escala de las demandas que compiten en el mismo territorio y la desigual capacidad de sus usuarios para asegurar suministro, acceso y paisaje.

Tampoco toda limitación es privatización. Balandra mantiene cupos y horarios por tratarse de un área natural protegida; en 2025 el aforo oficial era de 450 personas por turno. Proteger dunas, manglares y zonas de anidación puede exigir restricciones legítimas. La diferencia moral y jurídica está en quién decide, con qué evidencia y para beneficio de quién: conservar un ecosistema no equivale a reservarlo para clientes.

En junio de 2026, La Paz aprobó un reglamento municipal que ordena crear un inventario público y georreferenciado de playas y accesos, actualizarlo al menos una vez al año, señalizar rutas, impedir cobros y obstáculos, inspeccionar caminos y exigir que nuevos desarrollos costeros prevean accesos públicos. La norma reconoce, en su propia exposición, que el desarrollo inmobiliario ha generado controversias sobre el ingreso a bienes nacionales. Sin embargo, en los portales oficiales revisados para esta crónica no fue posible confirmar que el inventario ya se encuentre publicado.

Ahí comienza la prueba verdadera. Un reglamento sin mapa, presupuesto, inspecciones y sanciones puede convertirse en otra puerta dibujada sobre un muro. La salida exige catastros abiertos, servidumbres registradas, accesibilidad para personas con discapacidad, coordinación efectiva con Semarnat y Profepa y una obligación simple: que cada autorización costera demuestre, antes de construirse, por dónde seguirá entrando la comunidad.

Quienes pagan el cierre son las familias que cargan hieleras por brechas más largas, los pescadores que pierden rutas tradicionales, los trabajadores turísticos que sirven frente al mar pero no siempre pueden disfrutarlo, y una ciudad que aprende a confundir desarrollo con exclusividad. La costa no se privatiza únicamente cuando alguien compra la vista. Se privatiza cuando el horizonte continúa siendo público, pero llegar hasta él deja de serlo. El mar pertenece a todos sólo mientras exista un camino que no obligue a pedir permiso.

Referencias

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Ley General de Bienes Nacionales, texto vigente con última reforma publicada el 14 de noviembre de 2025.

  1. XVIII Ayuntamiento de La Paz. Gaceta Electrónica número 17, 4 de junio de 2026: Reglamento de Acceso a Playas y Zona Federal Marítimo Terrestre.
  2. Ayuntamiento de La Paz. Primer Informe de Actividades 2025, acciones de recuperación de accesos en Cerritos y El Pescadero.

BCS Noticias. Liberan tres accesos bloqueados a playas en El Pescadero y Cerritos, 26 de mayo de 2025.

Secretaría de Turismo y Economía de Baja California Sur. Información Estratégica 2025: Los Cabos.

Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Resultados del Censo de Población y Vivienda 2020 para Baja California Sur.

OOMSAPAS Los Cabos. Calendario de tandeo para San José del Cabo, julio de 2026.

Daniela Reyes, Playas libres: desocupan las playas de El Caimancito y Pichilingue, Diario Humano, 17 de septiembre de 2024.

  1. Ayuntamiento de La Paz. Continúa el acceso controlado a Playa Balandra durante temporada vacacional, 3 de agosto de 2025.

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El desafío de proteger al negocio. Robos a negocios en Baja California Sur (II)

FOTOS: BCS Noticias | El Sudcaliforniano.

Tierra Incógnita

Sealtiel Enciso Pérez

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Uno de los mayores desafíos para combatir el robo a negocios en Baja California Sur no radica únicamente en detener a los responsables, sino en evitar que el delito ocurra. Las autoridades reconocen que la prevención resulta más compleja conforme crecen las ciudades y aumenta la actividad económica. En municipios como Los Cabos y La Paz, donde diariamente abren cientos de establecimientos comerciales y circulan miles de personas, mantener presencia policial permanente en todas las zonas resulta materialmente imposible. Las propias estadísticas muestran esta concentración territorial. De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), durante el primer trimestre de 2026 se iniciaron 138 carpetas de investigación por robo a negocio, mientras que Los Cabos y La Paz concentraron la mayor parte de las denuncias por delitos de robo en sus distintas modalidades, reflejo del peso económico y demográfico que ambos municipios tienen dentro del Estado.

Especialistas en seguridad pública señalan que este tipo de delitos suele estar vinculado con factores de oportunidad. Comercios con escasa iluminación exterior, ausencia de cámaras de videovigilancia, manejo de efectivo durante horarios nocturnos, personal reducido o locales ubicados en colonias con poca vigilancia se convierten en objetivos más atractivos para los delincuentes. En muchos casos, los responsables aprovechan apenas unos minutos para ingresar, sustraer mercancía o dinero y abandonar el lugar antes de que llegue una patrulla. Las corporaciones policiacas han respondido mediante estrategias de proximidad social, patrullajes focalizados y coordinación entre la Policía Estatal Preventiva, las policías municipales, la Guardia Nacional y las Fuerzas Armadas. Además, el fortalecimiento del sistema de videovigilancia C4 y el uso de herramientas tecnológicas para el análisis de imágenes han permitido esclarecer diversos casos y obtener mayores elementos de prueba para integrar carpetas de investigación. Sin embargo, las autoridades reconocen que la tecnología, por sí sola, no sustituye la presencia preventiva en las calles.

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Otro obstáculo importante es la llamada cifra negra. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la mayoría de los delitos cometidos en Baja California Sur no llegan a denunciarse formalmente. Muchas víctimas consideran que el trámite implica pérdida de tiempo, desconfían de las instituciones o estiman que el daño económico no justifica iniciar un procedimiento penal. Esta situación limita la capacidad de las autoridades para identificar patrones delictivos, asignar recursos policiales y perseguir penalmente a los responsables. Para los comerciantes, las consecuencias van mucho más allá de la pérdida inmediata de mercancías. Cada robo representa inversiones adicionales en cámaras de seguridad, alarmas, reforzamiento de puertas, contratación de vigilancia privada y pago de pólizas de seguro más costosas. En pequeños negocios familiares, una sola sustracción puede significar la pérdida de semanas completas de ingresos, afectando incluso el pago de salarios o la reposición de inventarios.

Los organismos empresariales también advierten que la percepción de inseguridad influye en la confianza para invertir. Aunque Baja California Sur mantiene indicadores delictivos inferiores a muchas entidades del país, el comercio organizado considera indispensable fortalecer la prevención para evitar que el crecimiento económico sea acompañado por un incremento sostenido de los delitos patrimoniales. En Los Cabos, por ejemplo, representantes empresariales han señalado que el robo a negocio continúa siendo una de las principales preocupaciones del sector, aun cuando no se observe un incremento acelerado en las cifras oficiales. No obstante, las autoridades sostienen que existen resultados alentadores. La Procuraduría General de Justicia del Estado informó que durante 2025 los delitos patrimoniales presentaron reducciones en distintos rubros, incluido el robo a negocio, que disminuyó alrededor de 2 % respecto al año anterior. Asimismo, destacó el incremento en órdenes de aprehensión cumplimentadas, recuperación de vehículos y aseguramiento de objetos robados como parte del fortalecimiento de la Agencia Estatal de Investigación Criminal.

Sin embargo, la disminución porcentual no elimina la necesidad de fortalecer las capacidades institucionales. El acelerado crecimiento demográfico de Baja California Sur obliga a ampliar continuamente el estado de fuerza policial, incrementar la capacitación de los agentes, modernizar el equipamiento tecnológico y consolidar sistemas de inteligencia criminal capaces de anticipar los movimientos de grupos dedicados al robo patrimonial. Otro reto consiste en fortalecer la coordinación con los municipios. Las policías preventivas son la primera línea de respuesta ante una llamada de emergencia, mientras que la investigación corresponde al Ministerio Público y a la Policía de Investigación. Cuando esta coordinación funciona de manera eficiente, aumentan las posibilidades de detener a los responsables en flagrancia o recuperar los bienes sustraídos. Cuando existen retrasos o deficiencias en la comunicación institucional, las investigaciones pueden perder información valiosa durante las primeras horas posteriores al delito.

Las perspectivas para los próximos años dependerán de varios factores. Por un lado, continuará el crecimiento económico impulsado por el turismo, la construcción y los servicios, especialmente en Los Cabos y La Paz. Ese dinamismo generará nuevas oportunidades comerciales, pero también exigirá mayores capacidades de vigilancia y prevención. Por otro lado, las inversiones en tecnología, inteligencia policial y profesionalización de los cuerpos de seguridad podrían traducirse en mejores resultados si van acompañadas de una mayor participación ciudadana mediante la denuncia. La prevención situacional también aparece como una estrategia relevante. Expertos recomiendan mejorar el diseño urbano de las zonas comerciales mediante iluminación adecuada, cámaras conectadas a los centros de monitoreo, botones de emergencia, capacitación del personal para actuar durante un asalto y campañas permanentes de cultura de la denuncia. Estas medidas reducen las oportunidades para la comisión del delito y fortalecen la colaboración entre comerciantes y autoridades.

El combate al robo a negocios en Baja California Sur muestra, en consecuencia, un panorama mixto. Las cifras oficiales reflejan avances en algunos indicadores y una mayor capacidad de investigación por parte de las instituciones de seguridad. Al mismo tiempo, persisten limitaciones asociadas al crecimiento urbano, la insuficiencia de personal policial, la cifra negra y la necesidad de fortalecer la prevención.

Más allá de las estadísticas, el verdadero desafío consiste en garantizar que cada comerciante pueda abrir su negocio con la certeza de que su patrimonio estará protegido. Alcanzar ese objetivo requerirá mantener la coordinación entre autoridades estatales, municipales y federales, consolidar la confianza ciudadana en las instituciones de procuración de justicia y continuar invirtiendo en inteligencia, tecnología y proximidad policial. Sólo mediante una estrategia integral será posible reducir de manera sostenida un delito que, aunque ha mostrado signos de contención, continúa representando uno de los principales desafíos para la seguridad y el desarrollo económico de Baja California Sur.

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