Reconocen paternidad de pareja gay. Las resoluciones relevantes de SCJN en 2018

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FOTO: Modesto Peralta Delgado / Interior: Internet.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Entre las resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a lo largo del 2018, cuyo criterio resulta obligatorio para todos los tribunales del país, destacan por su relevancia y trascendencia, las siguientes:

Derecho a convertirse en padres 

Un matrimonio homosexual de varones, mediante procedimiento de maternidad subrogada a que se sometió una mujer –con la fecundación lograda con el esperma proveniente de un miembro de la pareja y el óvulo de una donante anónima–, logró la procreación de un hijo con nexo biológico, por lo que solicitaron por escrito al Registro Civil de Yucatán inscribir al menor con los apellidos de ambos integrantes del matrimonio, el que les negó dicha inscripción argumentando que su legislación no lo preveía.

La Primera Sala de la SCJN determinó que se permite el establecimiento de la filiación jurídica incluso ante la falta de vínculo biológico y es factible establecerla con hijo nacido por técnica de reproducción asistida, pues no se requiere comprobar de liga biológica. El interés superior del menor exige establecer la filiación del menor, para su adecuado desarrollo y para contar con todos los derechos prestacionales derivados de la filiación, como los alimentarios, sucesorios; así como a recibir cuidados, educación y afecto, por lo que lo más conveniente en este caso es que sea cuidado por las personas que desean hacerse cargo de él y lo han hecho desde su nacimiento.

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La marihuana gana batallas

La reiteración que realizó la SCJN sobre la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del consumo recreativo de la marihuana, crea jurisprudencia, y autoriza el consumo personal de Cannabis con fines lúdicos y recreativos, pero solo para quien tramite un amparo para tal efecto, por lo que es necesario someterse a los lineamientos de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para obtener tal permiso.

Por otra parte, la Segunda Sala de la SCJN en su resolución otorgó a los amparistas la posibilidad de importar semillas de marihuana, o adquirirlas de sujetos previamente autorizados para ello, en los términos que precise la Cofepris.

Salud, encima de la religión

El Estado debe ordenar que se le realicen transfusiones sanguíneas a un infante, con el fin de salvar su vida, aun cuando sus padres rechacen dicho tratamiento debido a sus creencias religiosas.

La Primera Sala de la SCJN  consideró que si bien los padres tienen el derecho de tomar decisiones libres sobre sus hijos, tanto en el campo de la salud como en el ámbito de la educación religiosa, este derecho tiene como límite no poner en riesgo la salud y vida de los menores.

Demandas a agresores de la familia

Se reconoció la posibilidad de que una mujer y su hijo demanden de su agresor la reparación del daño por haber sido víctimas de violencia intrafamiliar, ya que este tipo de violencia constituye un hecho ilícito generador de responsabilidad civil porque los actos u omisiones representan una conducta dañina en la esfera física, emocional o psíquica de algún miembro de la familia.

Dicho comportamiento transgrede el derecho a vivir en un entorno familiar libre de violencia, el cual deriva de la protección que merecen los derechos a la vida, a la salud, a la dignidad de las personas, a la igualdad y al establecimiento de condiciones para el desarrollo personal.

Educación inclusiva 

Es discriminatoria la exclusión de alumnos con discapacidad del sistema educativo generalLa Segunda Sala determinó que las políticas y los recursos encaminados a formular prácticas genuinamente inclusivas deben primar sobre aquellas prácticas que tiendan a la separación, sea temporal o definitiva, de los educandos, atendiendo, entre otras consideraciones, a la discapacidad; para lo cual, progresivamente y hasta el máximo de los recursos posibles, se deberán tomar ajustes razonables, como lo son, entre otros, capacitar a profesores, adaptar las aulas a diferentes necesidades de los educandos y elaborar un plan de estudio que tome en cuenta las diferencias de los alumnos.

IMSS para trabajadoras del hogar

Por último, entre las resoluciones más trascendentes de la Superma Corte de Justicia de la Nación en este año, se encuentra que a partir de ahora será discriminatorio excluir a las empleadas domésticas del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La Segunda Sala emitió los lineamientos para la incorporación formal de un sistema especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar, estableciendo, en un plazo no mayor a 3 años, para que se logre obtener la seguridad social, efectiva, robusta y suficiente a la totalidad de las empleadas domésticas en el país.

AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, esto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

Abogado por la UNAM. Nació en el Distrito Federal en 1956, pero es paceño por adopción. Tiene estudios de posgrado: dos maestrías y cursa actualmente un doctorado; fue docente en la UNAM en el Estado de México; también cuenta con diplomados en Barcelona y Madrid, en España, y en Buenos Aires, Argentina. Trabajó en la PGJDF, PGR y el Departamento de Justicia de Estados Unidos.

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