Las dunas costeras. El caso Todos Santos

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FOTO: Profepa / Interior: Internet.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). La Norma Oficial Mexicana NOM NMX-AA-120-SCFI-2016, que establece los requisitos  y especificaciones de sustentabilidad  de calidad de playas, en su numeral 3.11 define las dunas costeras como grandes acumulaciones de arena que se encuentran interconectados entre sí, influenciadas por condiciones ambientales, principalmente el viento, que las moldean y modifican su morfología. Las dunas funcionan como reservas sedimentarias de las playas, son hábitat de especies endémicas o en alguna categoría de riesgo, representan sitios únicos en términos de biodiversidad, singularidad paisajística o geomorfológica. Se encuentran divididas en tres categorías: embrionarias, primarias, secundarias, terciarias y dunas transgresivas o de evolución.

Las dunas costeras se forman por grandes acumulaciones de arena no consolidada, y representan un importante bastión de defensa contra las corrientes marinas, los vientos dominantes y la combinación de ambos factores al suscitarse fenómenos meteorológicos que impactan en la zona. Su preservación es vital para los asentamientos humanos cercanos. En el caso de Todos Santos, en opinión de expertos en la materia, la remoción de las dunas costeras pondría en peligro a toda la comunidad.

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Existen antecedentes en la Entidad que nos ilustran el panorama al respecto. A principios de siglo, una empresa hotelera que cuenta entre sus accionistas a importantes políticos mexicanos, construyó un hotel en la zona de El Médano, a un costado de la desembocadura del arroyo Salto Seco, en Cabo San Lucas. Para mejorar la vista desde sus habitaciones, la empresa removió las dunas —que a la sazón alcanzaban los nueve metros de altura—, contando para ello con la complacencia o complicidad de las autoridades ecológicas de los tres niveles de gobierno. Poco tiempo después entró un huracán y les cobró la factura. El agua alcanzó el nivel del tercer piso de la instalación hotelera. Para preservar el inmueble, levantaron un muro de 6 metros de altura. Entonces desapareció la playa, y el hotel bajó de categoría comercial. Entonces intentaron construir dos escolleras para rellenarlas y volver a tener playa, pero al hacer la batimetría, resultó que a10 metros de la orilla, ya tenía como 50 metros de profundidad y era imposible retener las piedras.

En el caso de Todos Santos, la remoción de las dunas costeras permitiría que un huracán devastara gran parte del asentamiento humano constituido en la zona.

En general, la línea costera del Estado depende en gran medida, de la fuerza de contención de las dunas, para su equilibrio, de ahí la importancia que implica su preservación. El Código Penal en vigor para el Estado, del numeral 367 al 372 previene y sanciona como delito –incluso agravado— que se sanciona con pena de prisión la ocupación o invasión de dunas; su cambio ilícito de uso de suelo; descargar o depositar residuos utilizados en la construcción sobre dunas; extraer suelo, arena o cubierta vegetal de éstas; provocar un incendio que las ponga en peligro; emitir gases o partidas sólidas o líquidas; y descargar, depositar o infiltrar aguas residuales, líquidos industriales, generar emisiones tóxicas, generar o manejar residuos que causen daños a las dunas.

Atendiendo a una denuncia ciudadana, la autoridad municipal clausuró la semana pasada, una obra en construcción que se fincaba sobre una duna costera en el área de Las Tunas en Todos Santos. El procedimiento previo puso en evidencia el desconocimiento que tienen nuestras autoridades municipales, de la importancia que representa para el equilibrio ecológico y la seguridad de la comunidad, la preservación y respeto a las dunas costeras. De hecho, el marco legal que protege las dunas es relativamente reciente, por lo que a finales del siglo pasado, su protección y preservación era nula o escasa.

Otro problema que enfrentamos en esta materia, es la confusa asignación de atribuciones y responsabilidades entre la federación, el Estado y el Municipio. Las autoridades de los tres niveles de gobierno tienen facultades y obligaciones en materia ambiental, la mayoría de ellas concurrentes, y dispersas en una difusa reglamentación. Esa concurrencia competencial permite que eludan sus responsabilidades, y se limiten en muchos casos, a realizar el cobro de derechos, sin llevar a cabo sus obligaciones de supervisión y sanción. Aunado a lo anterior, ninguna dependencia relacionada con el cuidado ambiental, cuenta con una plantilla de inspectores o supervisores suficientes para vigilar nuestros bastos litorales.

Todo lo anterior, sumado a la alta corruptibilidad de algunos servidores públicos, ha permitido y propiciado que algunos particulares pongan en peligro los ambientes costeros de la entidad, ocasionando daños ecológicos irreparables o de costosa reversión.

En conclusión, atendiendo a la importancia que reviste la preservación de nuestras dunas costeras, todos los habitantes de la Entidad tenemos la obligación cívica de denunciar cualquier acto que implique un atentado a la estabilidad de nuestro ambiente costero, en particular, de nuestras dunas. Tanto el  Ministerio Público como las autoridades municipales tienen la obligación de atender nuestra denuncia y ordenar de inmediato las diligencias mínimas indispensables para garantizar su protección. Para una mejor integración del expediente o carpeta de investigación respectiva, es conveniente tomar fotografías o videograbar la zona, y precisar la ubicación exacta del sitio.

Todos los habitantes y visitantes de la Entidad, debemos constituirnos en celosos vigilantes del sano equilibrio de nuestro entorno.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, esto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.

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Arturo Rubio Ruiz

Abogado por la UNAM. Nació en el Distrito Federal en 1956, pero es paceño por adopción. Tiene estudios de posgrado: dos maestrías y cursa actualmente un doctorado; fue docente en la UNAM en el Estado de México; también cuenta con diplomados en Barcelona y Madrid, en España, y en Buenos Aires, Argentina. Trabajó en la PGJDF, PGR y el Departamento de Justicia de Estados Unidos.

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