Lista en BCS la demanda colectiva contra la Ley de Seguridad Interior

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FOTOS: Luis Roldán.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Una vez receptada y admitida por los tribunales federales de Baja California Sur, la primer demanda de amparo en contra del proceso legislativo que culminó con la publicación y entrada en vigencia de la Ley de Seguridad Interior, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017, la Contraloría Ciudadana (ONG) tiene lista la demanda colectiva que habremos de presentar la última semana del mes de enero, dentro del plazo que al efecto establece la Ley de Amparo, de 30 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la Ley.

Debido a que la elaboración y  presentación de la demanda de forma individual implica el consumo de muchas hojas de papel, dada la extensión de la demanda y al número de copias que deben acompañarla, se considera más conveniente elaborar y presentar la demanda en forma colectiva, lo que implicará un significativo ahorro en tiempo, tramitología y papel empleado.

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El procedimiento es muy sencillo. Quienes estén interesados en suscribir la demanda, únicamente deben —desde este momento y hasta el 26 de enero como límite—, proporcionar su nombre completo, tal y como aparece en su identificación oficial, al comité organizador de la Contraloría Ciudadana.

Las personas mayores de edad, sea nacional o extranjera, podrá proporcionar su nombre para ser integrado a la demanda enviando un inbox al Facebook Contraloría Ciudadana, La Paz, Bcs. La firma respectiva se recabará del 27 al 30 de enero, en las cabeceras municipales de la Entidad.

En síntesis: cada persona mayor de edad, residente en Baja California Sur, sin importar su nacionalidad o actividad económica, podrá firmar la demanda de amparo contra la Ley de Seguridad Interior.

En la fase inicial, únicamente deberá proporcionar vía inbox su nombre completo, indicando en qué cabecera municipal desea firmar la demanda. Posteriormente, entre el 27 y 30 de enero, deberá presentarse con identificación oficial a firmar en la mesa receptora que al efecto se pondrá a su disposición en cada cabecera municipal. Y eso es todo. Los abogados de la Contraloría Ciudadana se encargarán a partir de ese momento de toda la tramitología. Este procedimiento nos permite facilitar la participación de un mayor número de personas interesadas en interponer el amparo, a un costo mínimo.

¿Porqué una demanda de amparo?

Porque es el único recurso ciudadano con que contamos para combatir una Ley que resulta violatoria a los Derechos Humanos consagrados en los tratados internacionales suscritos por México, y garantizados por nuestra Constitución Política.

La aplicación de la Ley de Seguridad Interior permite la represión de la expresión crítica de los habitantes de la nación, mediante el uso de las fuerzas armadas, propiciando su intervención, prácticamente respecto de cualquier tipo de actividad, en tanto la misma sea calificada discrecionalmente por el Presidente de la República como una amenaza o riesgo a la seguridad interior, sin que existan parámetros para determinar objetivamente cuándo se afecta el desarrollo del país, el orden constitucional, el Estado de Derecho o la gobernabilidad democrática.

La Ley contraviene principios de transparencia y acceso a la información, protección a las víctimas y respeto a la defensa de los Derechos Humanos, pues establece que toda la información vinculada a su aplicación será reservada, con independencia de su contenido o relevancia, e impone a todos los organismos públicos o privados, la obligación de proporcionar a la autoridad toda la información que se les requiera respecto de asuntos que se consideren amenazas o riesgos a la seguridad interior.

Sin parámetros objetivos que la acoten y, por ende, con interpretaciones altamente discrecionales, puede suceder que –por ejemplo— cuando la Comisión Nacional de Derechos Humanos investigue violaciones a Derechos Humanos cometidas por miembros de las Fuerzas Armadas u otras autoridades federales, se vea obligada a entregar los expedientes respectivos a las propias instancias que investiga, violentándose los derechos de las víctimas y propiciando que en esos casos no exista verdad, justicia y reparación.

Esta disposición debilita, desde antes de que empiecen a operar, la autonomía y efectividad de las fiscalías e instancias anticorrupción autónomas que se han planteado, pues las mismas, de igual forma, estarían obligadas a entregar la información que se les solicite sobre las investigaciones que realicen.

La Ley pretende legalizar el uso de las fuerzas armadas, como mecanismo de represión y control político, lo que es inadmisible en un estado de derecho, democrático y popular.

Esperamos la nutrida participación de los residentes en el Estado, en este ejercicio de participación ciudadana.

No faltan las voces pesimistas –alentadas desde el poder público— que pretenden desanimar este esfuerzo colectivo, vaticinando resultados negativos. Recordemos que la apatía e indiferencia son los principales aliados del abuso del poder, y que la participación ciudadana es el único antídoto eficaz en su contra.

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Arturo Rubio Ruiz

Abogado por la UNAM. Nació en el Distrito Federal en 1956, pero es paceño por adopción. Tiene estudios de posgrado: dos maestrías y cursa actualmente un doctorado; fue docente en la UNAM en el Estado de México; también cuenta con diplomados en Barcelona y Madrid, en España, y en Buenos Aires, Argentina. Trabajó en la PGJDF, PGR y el Departamento de Justicia de Estados Unidos.

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